Norma de Carácter General N°502: Entra en vigencia regulación a los prestadores de servicios fintec

La segunda etapa de implementación de la Ley Fintec se podría extender hasta agosto de este año./ Unsplash - Mmyriam Jessier.
La segunda etapa de implementación de la Ley Fintec se podría extender hasta agosto de este año./ Unsplash - Mmyriam Jessier.
El instrumento marca el inicio de la implementación de la Ley 21.521, que fue promulgada en 2022.
Fecha de publicación: 05/02/2024

Este 3 de febrero, en Chile, comenzó a regir la norma de carácter general N° 502, que dictó unos días atrás la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para regular los prestadores de servicios fintech.

El instrumento se deriva de la conocida como Ley Fintec (Ley 21.521), que fue aprobada y promulgada en 2022, y marca el inicio de la implementación de la Ley, después de una primera etapa de modificaciones legales y normas complementarias.  

El organismo hizo una consulta durante varios meses a diversas entidades en el país y a reguladores y expertos del exterior, además de revisar normas similares. La normativa publicada regula el registro y autorización para la prestación de servicios financieros, requerimientos de gobierno corporativo y gestión de riesgos, exigencias de capital y garantías y las obligaciones de divulgación y entrega de información a los clientes y al público en general.


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La CMF también trabaja en una norma sobre requerimientos de información para la fiscalización de los prestadores de servicios fintech y en la regulación del sistema de finanzas abiertas.

La NCG N° 502 será aplicada a plataformas de financiamiento colectivo, sistemas alternativos de transacción, intermediación de instrumentos financieros, enrutamiento de órdenes, asesoría crediticia, asesoría de inversión y custodia de instrumentos financieros, que tienen el plazo de un año para presentar sus solicitudes de inscripción y autorización en relación con las actividades que realizan.

En el caso de los prestadores de servicios de asesoría de inversión se hace la salvedad de que no podrán seguir desempeñando su actividad desde el 3 de febrero si no están inscritos en el registro ni autorizados por la CMF, como especifica la norma de carácter general N° 494.

Como parte de los cambios que ha traído la Ley Fintec en Chile, fue reemplazada la norma N° 412 por una normativa de acreditación, mientras se avanza en un instrumento sobre fiscalización de los prestadores de servicios fintec y la regulación del sistema de finanzas abiertas en lo que es la segunda etapa de implementación de la Ley, proceso que se podría extender hasta agosto de este año.

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