Laboral, fiscal y litigios: Los cambios regulatorios que generan oportunidades para los negocios en México

La reforma laboral ha generado certeza jurídica a los inversionistas, especialmente en los rubros de justicia laboral y la regulación de los contratos colectivos. / Canva.
La reforma laboral ha generado certeza jurídica a los inversionistas, especialmente en los rubros de justicia laboral y la regulación de los contratos colectivos. / Canva.
La nueva interpretación de las disposiciones que rigen las medidas cautelares en el Código de Comercio y los Códigos de Procedimientos Civiles han alivianado la gestión de los litigios.
Fecha de publicación: 17/08/2023

Los cambios regulatorios en México, en un escenario de incertidumbre geopolítica global, han generado paradójicamente un clima de oportunidad en el país. En efecto, luego de superar los desafíos para adecuarse a las reformas en materia fiscal y laboral, el sector corporativo ha conseguido robustecer su ejercicio y reordenar sus organizaciones creando un clima propicio para la expansión y el crecimiento. 

Leslie Palma
Leslie Palma

A decir de Leslie Palma, socia de la práctica laboral en Greenberg Traurig - México, la reforma laboral ha generado certeza jurídica a los inversionistas, especialmente en los rubros de justicia laboral y la regulación de los contratos colectivos. Esta certeza ha atraído a un mayor número de inversionistas a México, generando oportunidades de negocio en diversos sectores.

“La apertura de una nueva empresa genera automáticamente empleos, pero también son importantes las oportunidades que se crean por la necesidad de efectuar sinergias y contar con una cadena de suministro eficaz en las diferentes ramas que deben proveer recursos materiales o servicios al nuevo inversionista. En ese sentido, es indispensable que las personas estén preparadas técnica y profesionalmente”, asegura.

Erika Baez
Erika Baez

En el frente fiscal, para Erika Baez, experta en la materia y socia de la sede mexicana de Greenberg Traurig, en los últimos años se han aprobado diversas reformas con el doble objetivo de evitar prácticas de evasión y fortalecer el control y cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes. 

“Los contribuyentes han estado en constante cambio respecto al manejo de sus negocios a fin de contar con los controles internos y asesoría externa suficientes para atender los requisitos de cumplimiento, como aquellos relacionados con el beneficiario controlador, revelación de esquemas reportables, operaciones relevantes, reestructuras corporativas, entre otros. En este sentido, los contribuyentes han enfocado sus esfuerzos en identificar mejoras y oportunidades en sus negocios para generar beneficios económicos razonablemente esperados, así como las medidas necesarias para mantener la documentación de soporte con la cual atender el cumplimiento de las obligaciones fiscales”.


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Alejandro Ostos
Alejandro Ostos

Otro frente importante que ha conseguido una mejor gestión de los litigios y una mejora del clima en la resolución de controversias es el procesal civil y mercantil. Esto, en parte, debido a la obtención de medidas cautelares enfocadas en poner presión sobre la parte en contra de quien se decretan. El surgimiento de esta tendencia se origina en una nueva interpretación de las disposiciones que rigen a las medidas cautelares en el Código de Comercio y los Códigos de Procedimientos Civiles. Alejandro Ostos, socio de la oficina de Greenberg Traurig en México y especialista en la materia, nos da mayores alcances.

“Los órganos jurisdiccionales han migrado de una interpretación estricta y frecuentemente conservadora de las disposiciones que regulan esta materia a una interpretación más liberal y permisiva en torno al otorgamiento de medidas cautelares. Lo anterior no solo significa la posibilidad de valerse de este tipo de herramientas para asegurar la posibilidad de ejecutar la resolución en un litigio próximo a iniciarse, también ha generado la necesidad de impugnar el otorgamiento de medidas cautelares para buscar su revocación o la fijación adecuada de las garantías o contragarantías a cargo de las partes en litigio”, detalla.

Greenberg Traurig está próximo a cumplir doce años en el país norteamericano y su expansión en lo que va del 2023 ha sido notable. A continuación, sus socios líderes en tres prácticas clave, Leslie Palma (laboral), Erika Baez (fiscal) y Alejandro Ostos (litigios), dan pormenores de las tendencias que rodean el mercado mexicano y cómo los cambios regulatorios siguen propiciando su desarrollo y la atracción de inversión extranjera.  


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Las oportunidades del nearshoring, el autocumplimiento y el crecimiento organizacional

El fomento de oportunidades de inversión en el Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec trae consigo un nuevo impulso para el nearshoring, ¿qué retos específicos está generando en materia laboral?

Leslie Palma: La infraestructura en el Istmo de Tehuantepec será muy atractiva y estratégica para las compañías trasnacionales. En este ámbito, uno de los aspectos más importantes que considera una empresa inversionista es la geolocalización y la infraestructura para el transporte de sus productos.

Un desafío importante es la contratación de fuerza laboral calificada de la zona, considerando que, con datos del INEGI, la gente del norte tiene mayor escolaridad que la gente que vive en el sur. Las empresas que pretenden realizar contrataciones o incluso reubicar el talento encuentran este reto. 

Asimismo, es importante considerar que las empresas deben proporcionar e implementar capacitaciones de actividades especializadas. Por ejemplo, por muchos años Asia fue líder en dispositivos electrónicos, por lo tanto, las empresas deben estar dispuestas a proporcionar capacitación y formación continua a sus empleados.

En conclusión, en materia laboral existirán varios retos como:

  • Procesos de selección acertados y asertivos.
  • Programas de capacitación inicial y continua.
  • Apertura a la práctica bilingüe en las instalaciones de la empresa y uso de intérpretes.
  • Oferta de salarios que generen valor a los candidatos.
  • Desarrollo de capacidades y habilidades de empleados.
  • Programas de evaluación de desempeño. 
  • Adecuación tecnológica para la administración de personal.

En materia de nearshoring, ¿qué aspectos debería incluir un régimen fiscal que contribuya con el desarrollo de este sector? ¿Hay alguna iniciativa que se esté discutiendo que valga la pena reseñar?

Erika Baez: El nearshoring, como estrategia de negocio, se ha incrementado cada vez más en países como México, entre otros aspectos, por la reducción de costos operativos.

No obstante, en México existe una gran necesidad desde el ámbito fiscal de generar estímulos o regímenes especiales para poder incrementar la inversión extranjera directa (IED). A manera de ejemplo, actualmente México es uno de los países que tiene la tasa corporativa más alta en comparación con los países miembros de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), que es del 30 %. Aunado a esto, México se encuentra dentro de la lista de países con un sistema burocrático de contabilidad y cumplimiento de obligaciones fiscales complicado. 

Frente a este panorama y a fin de fortalecer el nearshoring, podría implementarse una tasa impositiva más competitiva a nivel mundial, como facilidades administrativas en el cumplimento de obligaciones fiscales.

Asimismo, se podrían generar medidas que fomenten la reinversión de las inversiones extranjeras para evitar fugas de capital y seguir generando rendimientos en México. Lo anterior, considerando que estos aspectos serían eficientes si a su vez se implementan medidas que generen una mejor distribución de los recursos recaudados.

En medio de una reforma laboral que sigue acomodándose en diversos sectores, ¿qué tan estratégico es optar por iniciativas de autocumplimiento? ¿Cuáles son los estándares o marcos más convenientes de revisar? 

Leslie Palma: En mi opinión, los empleadores que opten por la verificación laboral voluntaria o por el autocumplimiento están tomando una decisión estratégica, aun cuando se sigue reformando la ley e implementado nuevos programas. Estamos en una etapa de mucho dinamismo y buscando alcanzar estándares globales de cumplimiento.

El autocumplimiento es un mecanismo alterno a una inspección laboral, incentiva a los empleadores a que, de manera sencilla, transparente y amigable, den cumplimiento a las obligaciones que derivan de la normatividad laboral vigente.

Esto se produce en materia de capacitación, adiestramiento y productividad; en materia de seguridad y salud en el trabajo y, por supuesto, en condiciones generales de trabajo. Esto implica, por ejemplo, que los contratos de trabajo cumplan con los requisitos mencionados en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo, que las jornadas de trabajo no excedan los límites legales, la NOM-035-STPS, el protocolo para erradicar la violencia, que estén constituidas las actas de las comisiones mixtas en las diversas materias —reglamento interior de trabajo, capacitación, seguridad e higiene, reparto de utilidades—.

Este programa tiene beneficios para los empleadores porque les da certeza jurídica de que cumplen con la normatividad actual y no recibirán visitas de inspección ordinarias durante un año en las materias a las que estén incorporados, salvo en casos de accidentes o denuncias por parte de los empleados.


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Considerando el dinamismo del mercado mexicano, concretamente en materia de M&A, ¿cuáles son sus principales recomendaciones para un crecimiento organizacional eficiente y adecuado al contexto?

Erika Baez: Para lograr un crecimiento organizacional eficiente se debe tener en consideración que cualquier operación genera efectos fiscales y, por tanto, el cumplimiento de formalidades requiere de tiempo y tiene costos administrativos. En este sentido, en la medida en que las empresas tengan una estructura organizacional reducida, actividades perfectamente identificadas, gobierno corporativo eficiente y controles internos para el cumplimiento de obligaciones fiscales permitirá que sean más eficientes y se puedan adaptar a la regulación actual y a cualquier otro cambio futuro. 

Por su parte, en caso de llevar a cabo operaciones corporativas como fusiones, escisiones, adquisiciones, reducciones de capital, entre otras, se podrían seguir las siguientes recomendaciones:

  1. Identificar la razón de negocios que conlleva a realizar la operación en cuestión y que esta esté relacionada con un beneficio económico. Para tales efectos, se deberá tener la documentación suficiente que soporte dicha razón.
  2. Tener la documentación que soporte la materialidad de la operación, esto significa que no bastará con tener el acta o contrato relacionado con el acto corporativo.
  3. Cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales, específicamente en las fichas de trámite que se publican en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea fiscal. 
  4. Revisar los plazos en que surtan efectos las operaciones en materia fiscal a fin de poder considerar la operación efectivamente realizada y evitar contratiempos en el negocio y otras operaciones subsecuentes. A manera de ejemplo, para efectos de llevar a cabo una fusión, entre otros requisitos, se deberá solicitar una verificación de cumplimiento de obligaciones ante la autoridad fiscal, que está sujeta a los plazos de contestación por parte de la autoridad y estos, a la fecha, han sido de varios meses.

Litigios y resolución de controversias, otro frente de avances 

¿De qué manera los procesos mercantiles son ahora más ágiles en México?

Alejandro Ostos: Desde enero de 2020, la vía oral mercantil se convirtió en aplicable para litigar asuntos de cuantía determinada y sin limitación de cuantía. Esta vía implica un procedimiento más expedito que, como su nombre lo indica, privilegia la oralidad y no cabe el recurso de apelación. 

Consecuentemente, la vía oral mercantil constituye una herramienta que recorta significativamente el tiempo necesario para obtener una sentencia definitiva en los asuntos en que -al menos- algunas de las prestaciones tengan cuantía determinada. 

El plazo promedio necesario para tramitar un juicio por esta vía, incluyendo el trámite del juicio de Amparo directo que procede en contra de la sentencia de primera instancia, es de entre 10 y 12 meses. Este plazo no toma en cuenta el plazo necesario para la ejecución de la sentencia y el cobro de las prestaciones objeto de la misma. 


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¿Qué oportunidades de desarrollo se pueden estar gestando para el crecimiento del Third Party Funding en el país? ¿Alguna(s) industrias en particular que opte(n) por este método? ¿Alguna regulación podría impedirlo?

Alejandro Ostos: El Third Party Funding (TPF) constituye una herramienta fundamental para el arbitraje de inversión. Tales procedimientos jurisdiccionales suelen ser muy demandantes en términos de las horas que los abogados debemos invertir para diseñar la estrategia, presentar la solicitud de arbitraje, sustanciar el procedimiento y reunir y desahogar las pruebas necesarias para tener éxito. 

Recurriendo al Third Party Funding, los inversionistas afectados acceden a la posibilidad de asesorarse adecuadamente sin distraer el flujo de otras fuentes o negocios, para hacer frente a los honorarios y costos propios de este tipo de procedimientos. 

En la actualidad, las políticas implementadas por el Gobierno Federal parecieran estar gestando un número importante de arbitrajes de inversión que, seguramente, necesitarán o se beneficiarán del TPF. 

Adicionalmente, el financiamiento por terceros ha comenzado a cobrar auge y relevancia para financiar litigios de particulares derivados de Contratos de Obra Pública, Contratos de Prestación de Servicios o Contratos de Asociación Público-Privada que requieren plazos significativos para dar resultados y sobre los que los fondeadores tienen relativa certeza de que el resultado será favorable al particular. 

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