Fraudes en procesos arbitrales, ¿hay suficiente prevención?

Debido precisamente a su flexibilidad y al poder que tiene el árbitro, ha habido muchos casos de abusos. / Unsplash, Tingey Injury Law.
Debido precisamente a su flexibilidad y al poder que tiene el árbitro, ha habido muchos casos de abusos. / Unsplash, Tingey Injury Law.
Urge replantear las funciones del Renace respecto a los centros de arbitraje.
Fecha de publicación: 29/06/2023

En mérito al arbitraje, las personas que tienen una relación comercial deciden someter sus disputas a la decisión de un tercero imparcial e independiente. Este tercero, llamado árbitro, analiza los argumentos de las partes en conflicto y emite una decisión definitiva y vinculante que resuelve la controversia.

El arbitraje es una alternativa a los tribunales judiciales y, a diferencia del proceso judicial, en este sistema las partes tienen flexibilidad para establecer las reglas procedimentales y elegir a los árbitros que resolverán el caso. Es común que las personas recurran a un centro de arbitraje especializado que cuenta con reglas de procedimiento, una lista de árbitros y tarifas preestablecidas para administrar el proceso.

Sin embargo, debido precisamente a su flexibilidad y al poder que tiene el árbitro, ha habido muchos casos de abusos. Podemos citar entre los más conocidos los arbitrajes del caso Orellana, en los que se simularon procesos arbitrales con el fin de despojar de su propiedad a terceros. Para esto, los delincuentes diseñaron un contrato en el que ejercían la disposición sobre un bien del que ninguno era propietario o titular de derechos. 


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Otro caso destacado es el de los árbitros de Odebrecht, donde se descubrió el contubernio entre la defensa del Estado y el contratista para designar un Tribunal Arbitral cuyos árbitros aceptaban sobornos para favorecer a la constructora.

En general, la práctica del arbitraje en el Perú es exitosa. Constituye una herramienta para fomentar la inversión y una alternativa para solucionar conflictos más eficientemente que el Poder Judicial. Pese a esto, las distorsiones y fines fraudulentos con los que se ha utilizado —y se viene utilizando— el arbitraje, por parte de árbitros y centros de arbitraje cuya única finalidad es delinquir, le ocasionan desprestigio y llaman nuestra atención para tomar conciencia de la necesidad de cuidarlo y generar formas inteligentes de prevención de estas conductas.

Una modalidad actual que utilizan los centros de arbitraje criminales para tomar por asalto a sus víctimas es a través de un proceso arbitral que se inicia por iniciativa de una parte contra un tercero con el cual no ha suscrito convenio arbitral alguno. El centro designa como encargado del proceso a un árbitro único, generalmente una persona sin mayor acreditación y totalmente dependiente del centro. Este árbitro cita a la potencial víctima sin su consentimiento y procurando que no reciba la notificación. 


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Además, obstaculiza su defensa y emite laudos injustos o dispone medidas cautelares y de embargo, que afectan los bienes de la víctima. Esto coloca a la víctima en una posición vulnerable y debe buscar asesoría legal para que la justicia ordinaria pueda detener el andamiaje arbitral y evitar que dispongan de sus bienes.

A raíz de la frustración generada por casos como los mencionados, han surgido normas orientadas a generar restricciones y prevenir el fraude. 

Precisamente, como consecuencia del caso de los árbitros de Odebrecht, se emitió el Decreto de Urgencia 020-2020, que estableció la creación del Registro Nacional de Árbitros y de Centros de Arbitraje (RENACE). En la justificación de esta norma se señaló: 

"Resulta urgente y necesaria la modificación del marco normativo vigente en los procesos arbitrales en los que interviene como parte el Estado peruano, a fin de fortalecer la institución del arbitraje y evitar la proliferación de casos en los que las malas prácticas resten eficacia al arbitraje y causen graves perjuicios al Estado peruano".

El Renace está a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y contiene información sobre los árbitros y centros de arbitraje a nivel nacional, incluyendo las declaraciones juradas de intereses de los árbitros que participan en disputas en las que el Estado peruano está involucrado. 


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Sin embargo, es importante señalar que la información registrada en el Renace es proporcionada de manera voluntaria por los interesados y el Renace no se hace responsable de su veracidad. Además, el registro es voluntario, ya que no se requiere ninguna autorización especial para funcionar como centro de arbitraje. Hasta la fecha, hay 2.532 árbitros y 190 centros de arbitraje inscritos en este registro.

Lo cierto es que el Renace no es útil como una entidad de prevención, ya que carece de cualquier control y no asume la responsabilidad de fiscalizar la información presentada, ni realizar una debida diligencia para la concesión del registro. Su única función es publicitar, sin distinguir entre lo bueno y lo malo. 

Por tanto, urge replantear las funciones de esta institución respecto a los centros de arbitraje o en todo caso establecer mecanismos de fiscalización de las acciones de estas entidades, con el fin de proporcionar mayor información al mercado y poder cerrar aquellos cuya única finalidad sea delinquir.

*Daniel Linares Aviléz es socio fundador de Linares Abogados.

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