El limbo legal de Airbnb en Chile (y otras plataformas similares)

Hay dos proyectos legislativos que aún no se han discutido. / Unsplash, Stephen Wheeler.
Hay dos proyectos legislativos que aún no se han discutido. / Unsplash, Stephen Wheeler.
Si bien hay fallos en contra de estas plataformas por parte de la Corte Suprema, solo afectan a los asuntos sujetos a cada resolución
Fecha de publicación: 05/06/2021

En mayo se dio a conocer que la Tercera Sala de la Corte Suprema falló en contra del arriendo de inmuebles de corta estancia mediante plataformas digitales similares a Airbnb. Dicho fallo, de acuerdo con Ricardo López, socio de la firma chilena NLD Abogados, señala que la acción infringe el Reglamento de Copropiedad. 

“El reglamento, de manera expresa, limita el uso de los inmuebles al habitacional, no al comercial. El criterio manifestado aplicaría a los arriendos de inmuebles habitacionales realizados con un fin comercial por menos de 15 días”, comentó el abogado en entrevista para LexLatin.


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De acuerdo con el especialista en derecho público, litigios, arbitrajes y reestructuración, en Chile está regulado el arriendo de inmuebles así como las actividades de hotelería u hospedaje y, en estas normas, se ofrecen ciertas garantías para los contratantes. Dichas garantías no se cumplen con los arriendos realizados por medio de las plataformas digitales. 

“El fundamento más importante es que el Reglamento de Copropiedad en este caso circunscribe el uso del departamento a la habitación, excluyendo a los arriendos breves que no son más o menos permanentes”, explicó el socio de NLD.

Esta no es la primera resolución en contra de este tipo de negocios en el país. Un fallo anterior esclareció un asunto sobre la legitimación que tenía la administración de un edificio para prohibir a los propietarios arrendar sus departamentos por períodos menores a 30 días. Si bien esta sentencia afecta negativamente al uso de las plataformas, solo afecta al caso específico que resuelve y, de acuerdo con Ricardo López, la Corte Suprema aún no ha perfilado su postura pues los fallos han ido en sentidos contradictorios. 

En un contexto normativo, en 2019 se presentó el proyecto de Ley 20.423 para modificar la Ley del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo y una iniciativa para modificar la Ley 19.537 sobre Copropiedad Inmobiliaria. Sin embargo, estos proyectos aún no han sido aprobados. 

Sobre los proyectos Ricardo López refiere que “se pretende regular tres aspectos del mercado de los arriendos de inmuebles mediante aplicaciones, centrándose en el arrendamiento de departamentos completos. La idea es regular el período máximo del alquiler de departamentos completos, limitar el poder decisorio de los propietarios masivos en las decisiones de los copropietarios y fortalecer las facultades fiscalizadoras en esta materia”.

A decir del entrevistado, el derecho no puede permanecer impávido ante los cambios tecnológicos y sociales, por lo que él encuentra una solución en buscar un justo equilibrio que regule al mercado con suficiente flexibilidad, otorgando garantías a los consumidores, pero también a los copropietarios y a quienes presten los servicios. “Por ejemplo, por medio de la contratación obligatoria de seguros se debe pagar tributos. Y me parece legítimo que la comunidad de un edificio en particular decida limitar o prohibir esta actividad”, expresó.


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