Los primeros cambios fiscales a un mes del Gobierno de Fernández en Argentina

El Impuesto sobre Bienes Personales sufrió modificaciones y se creó el impuesto PAÍS / Archivo
El Impuesto sobre Bienes Personales sufrió modificaciones y se creó el impuesto PAÍS / Archivo
El Impuesto sobre Bienes Personales sufrió modificaciones y se creó el impuesto PAÍS
Fecha de publicación: 08/01/2020

Con la reglamentación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en la Emergencia Económica, aprobada por el Senado el 21 de diciembre de 2019, quedan instaurados los primeros cambios en materia fiscal del Gobierno de Alberto Fernández en Argentina. El primer cambio radica en el Impuesto sobre los Bienes Personales. Inicialmente, el proyecto presentado por el oficialismo duplicaba las alícuotas: de 0,25 a 0,75 % quedaban entre 0,50 y 1,25 %. Sin embargo, el decreto 99/2019 de la reglamentación de la ley aumenta las alícuotas hasta 2,25 % para quienes tengan bienes en el exterior.

El Gobierno establece, además, que quienes repatrien activos financieros de por lo menos un 5 % del valor total de sus bienes en el exterior, hasta el 31 de marzo, quedarán exceptuados de este impuesto. Este incentivo a la repatriación de capitales, sin el pago de impuestos a los Bienes Personales se sostiene únicamente si los fondos permanecen depositados en el país hasta el 31 de diciembre.

El otro gran cambio impositivo de Fernández es el Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS): un gravamen del 30 % aplicado a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera; al pago de bienes y servicios en el exterior; de servicios prestados por sujetos no residentes; de servicios en el exterior contratados por agentes de viajes y turismo y de servicios de transporte internacional de pasajeros.

Los servicios digitales que se paguen en dólares originalmente estaban incluidos pero fue modificado el tributo al 8 %. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también excluyó del impuesto PAÍS a las empresas que deban pagar obligaciones financiadas en dólares. Otra excepción que se hizo de este tributo, es la compra de transporte terrestre a países limítrofes.

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