Crisis empresarial: ¿Con qué opciones cuentan las empresas para salir del mercado?

Si el accionista desea una salida parcial y enfocar su negocio en su ccre business, puede desprenderse de sus activos secundarios a través de su venta. / Canva.
Si el accionista desea una salida parcial y enfocar su negocio en su ccre business, puede desprenderse de sus activos secundarios a través de su venta. / Canva.
La Ley General del Sistema Concursal concede la opción a una empresa con obligaciones vencidas por el inicio de un Procedimiento Concursal Ordinario.
Fecha de publicación: 14/12/2023

Frente al desafiante contexto económico y político en el que nos encontramos, muchos empresarios en Perú deciden finiquitar parcial o totalmente algunos de sus negocios. Si bien es una decisión difícil, tomarla en el momento oportuno y de una manera planificada debería resultar en una salida razonable del mercado, sin mayores pérdidas.


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Sí bien existen una serie de alternativas y caminos legales para finiquitar un negocio, la decisión dependerá de la situación operativa, financiera, tributaria, legal y sectorial de la empresa. 

La Ley General del Sistema Concursal (LGSC), entre otras alternativas, concede la opción a una empresa con obligaciones vencidas e impagas o con pérdidas relevantes de optar por el inicio de un Procedimiento Concursal Ordinario (PCO) en el que participará activamente la Comisión de Procedimientos Concursales del Instituto de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), facilitando los acuerdos entre la empresa deudora y sus acreedores. 


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Entre los grandes beneficios de esta alternativa se encuentran el marco de protección legal del patrimonio de la empresa deudora y la posibilidad —dependiendo de su situación económico-financiera— de aprobar y ejecutar un Plan de Reestructuración. Al respecto, resulta importante precisar que este procedimiento también podría ser solicitado por los acreedores impagos de la empresa deudora con obligaciones vencidas por más de 30 días y cuando los montos superen las 50 UIT (equivalentes a USD 66.204). 

Es más, tanta es la importancia actual del Sistema Concursal que, a fines de julio del presente año, el Poder Ejecutivo remitió al Congreso de la República un proyecto de ley con modificaciones significativas al Sistema Concursal con el objetivo de mejorar y reforzar el procedimiento.

Por otro lado, la Ley General de Sociedades (LGS) otorga la posibilidad de decidir por una disolución, liquidación y extinción privada, con la que -a través de una decisión de la Junta General de Accionistas- se optará por disolver, liquidar y extinguir la empresa, nombrando a un liquidador encargado y responsable del referido proceso. 


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En el escenario ideal, si los activos cubren los pasivos, el liquidador hará líquidos todos los activos de la empresa y cancelará todas las deudas sociales, devolviendo al final el remanente social a los accionistas, si lo hubiera. Si los pasivos no son cubiertos en su totalidad, el liquidador deberá recurrir al Poder Judicial y solicitar la quiebra judicial de la empresa ante el juzgado especializado, lo que prolongaría el proceso. En este caso, recién con la sentencia judicial, se emitirán los certificados de incobrabilidad a los acreedores impagos y se declarará la quiebra judicial y se ordenará inscribir la extinción de la empresa ante los Registros Públicos de Lima.

Ahora bien, si el accionista desea una salida parcial y enfocar su negocio solo en su core business, puede optar por desprenderse de sus activos secundarios a través de una venta de activos, una venta de acciones, reorganizaciones societarias como una escisión empresarial, entre otras alternativas. Es importante resaltar que en la elección de la alternativa de desprendimiento del activo secundario del empresario vendedor será determinante el costo fiscal aparejado a la transacción.


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Actualmente, vemos un incremento significativo de procesos de disolución, liquidación y extinción al amparo de la LGS, inicios de PCO, bajo la LGSC, sendos anuncios de empresas emblemáticas en industrias como minería, agroindustria y retail bajo procesos de reestructuración organizacional, desvinculación de directivos y trabajadores, fusiones y escisiones, desprendimiento de activos secundarios, alianzas estratégicas y contratos de joint venture para ahorros operativos y búsquedas de sinergias, que corroboran plenamente lo señalado. 

Una salida del mercado de una empresa en dificultades no tiene que ser dramática ni resultar en mayores pérdidas para los accionistas, ya que con una debida planificación y una decisión tomada en el momento oportuno, puede realizarse de una manera satisfactoria y hasta exitosa para sus accionistas, con la resiliencia que se requiere.

*Walter Aguirre es socio fundador de Aguirre Abogados & Asesores. Antes de fundar AAA, se desempeñó como líder del Área Legal Corporativa de PricewaterhouseCoopers (PwC) – Perú y en el 2011 fue destacado al Área Legal Corporativa de las oficinas de PwC – Londres y PwC – Madrid. Cuenta con más de 30 años de experiencia en derecho corporativo, civil y comercial y ha participado en las principales fusiones y adquisiciones de empresas, due diligence y estructuras de reorganización corporativa llevadas a cabo en Perú.

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