OMC falló a favor de Panamá en litigio por caso de listas negras

OMC falló a favor de Panamá en litigio por caso de listas negras
OMC falló a favor de Panamá en litigio por caso de listas negras
Fecha de publicación: 29/09/2015
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La Organización Mundial del Comercio (OMC), a través de un panel de controversias, dictaminó que Argentina violó varias normas contempladas en el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) y el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT, por sus siglas en inglés) al imponer medidas financieras, cambiarias, de registro y fiscales a un grupo de naciones.

Las disposiciones de Argentina tenían como objetivo los servicios y proveedores de naciones que no intercambiaban información con su país. Esta imposición fue estimada por Panamá como violatoria y discriminatoria, por lo que esa nación denunció al estado suramericano ante la OMC hace poco más de tres años.

La Organización dictaminó que Argentina actuó unilateralmente en contra de las obligaciones que le corresponden en este asunto por lo que recomendó normar en conformidad con la legislación internacional. Sobre esto, el ministro panameño de Comercio e Industria, Melitón Arrocha, dijo que la resolución de la OMC comprueba que las naciones miembro de la institución “no pueden adoptar medidas discriminatorias (…) que afecten el comercio, principalmente de servicios financieros, sin respetar a cabalidad las normas y compromisos adquiridos ante esta organización.”

Las medidas en litigio contra Argentina fueron retención por intereses o retribuciones pagados, presunción de incremento patrimonial no justificado, valoración de transacciones basada en precios de transferencia, regla de lo percibido para la imputación de gastos, requisitos relativos a los servicios de reaseguro, requisitos relativos al acceso al mercado argentino de capitales, requisitos para el registro de sucursales y requisito de autorización cambiaria, las cuales, según la nación centroamericana afectaron la repatriación de inversiones, el comercio de servicios en reaseguros y el comercio de instrumentos financieros.

En las conclusiones, el Grupo Especial (designado por el Director General de la OMC) recomendó al Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la Organización solicitar a Argentina reajustar sus medidas de conformidad al AGCS ya que “las ocho medidas impugnadas por Panamá son incompatibles con el principio de Nación Más Favorecida” además de discriminatorias debido a que “otorgan un trato menos favorable a los servicios y proveedores de servicios de países no cooperadores según la legislación argentina”.

A partir de la fecha de la emisión de esta resolución, ambas naciones tienen 60 días para apelar la decisión.
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