El plagio de un profesor de secundaria a sus alumnos en Canadá

Acusaron a la junta escolar de despreciar la propiedad intelectual de los estudiantes de la secundaria / Unsplash; Markus Spiske.
Acusaron a la junta escolar de despreciar la propiedad intelectual de los estudiantes de la secundaria / Unsplash; Markus Spiske.
Mario Perron es objeto de una demanda colectiva que exige compensación por violar la ley de derechos de autor.
Fecha de publicación: 28/02/2024

Mario Perron fue un expositor independiente en la galería online Fine Art America, hasta que —hace cerca de dos semanas— se vio obligado a retirar “sus” obras (cerca de 100) y borrar su perfil de esta página. Esto sucedió debido a que, aunque estaban firmadas por él, sus obras no le pertenecían sino a sus alumnos de secundaria, a quienes les pidió que recrearan, como tarea para su clase de arte, una serie de retratos y autorretratos al estilo del pintor Jean-Michel Basquiat.

Perron es un profesor de Montreal (Canadá) quien se dedicó sistemáticamente a vender las pinturas de sus alumnos, luego de asignarles nombres alusivos a cada verdadero autor (usualmente los reales) como Julia's u Olivia’s Creepy Portrait

Pero Mario MJ Perron (como firmaba las pinturas) no solo se limitó a cargar y poner las obras de los niños en venta, sino que también creó una serie de productos como ropa, tazas, cojines y cortinas de baño, entre otros artículos, con las impresiones de los retratos infantiles.


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Su esquema, que algunos padres de los artistas originales han denominado “un taller de explotación laboral” (sweatshop, en inglés), ha sido condenado y clausurado; además, causó una debacle en la carrera pedagógica de Perron, quien —autodenominado como un “eterno estudiante de arte”— ahora es objeto de una demanda colectiva que exige compensación por violar la ley de derechos de autor nacional, así como por haber causado daños morales y punitivos. 

En su demanda, que involucra a la Junta Escolar Lester B. Pearson (LBPSB), de Québec, los padres alegaron que la exhibición y venta sin consentimiento de los retratos, que además identificaban a los alumnos, les podrían causar un daño moral y psicológico significativo. 

En total, dos de los padres exigen, tanto a Perron como a la LBPSB, 300.000 dólares canadienses por infracción de la Ley de Derechos de Autor (Copyright Act, R.S.C., 1985, c. C-42) y 50.000 dólares como compensación por daños morales y punitivos por violentar la propiedad intelectual de sus hijos, mientras otros ocho padres exigen un pago de 175.000 dólares por el mismo concepto.


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Los litigantes están representados por Martin DeBellefeuille, fundador y socio de la firma quebequiana BDeB Avocats et Consultants RH, quien señaló que los demandantes están impresionados por la falta de respuestas claras de la LBPSB y la secundaria Westwood Junior High School, que contrató a Perron.

La carta enviada por el abogado a las instituciones alega que la apropiación indebida de la propiedad intelectual de los estudiantes/artistas es un acto “aún más atroz porque surge del uso de material creado por estudiantes en un entorno escolar, bajo la vigilancia de una autoridad y vendido impunemente a precios elevados”. Asimismo, el documento acusa a la Junta y a la secundaria de no haber verificado exhaustivamente los antecedentes, credenciales y redes sociales de Perron antes de contratarlo.  

DeBellefeuille escribió a la Junta que la falta de sanciones y acciones pidiendo, al menos, la retirada de las obras de los sitios donde se vendían demuestran “cierto desprecio por la propiedad intelectual de los estudiantes de la escuela, así como una falta de comprensión de las leyes aplicables”.


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Base legal

DeBellefeuille aseguró que sus representados tienen derecho a exigir compensación monetaria bajo la sección 38 de la Copyright Act, que establece daños legales si el propietario de los derechos de autor los exige, se haya vendido la obra o no, y que este puede optar, antes de cualquier sentencia, a una indemnización por daños y perjuicios en una suma de no menos de $500 y no más de $20.000 “que el tribunal considere justa, con respecto a todas las infracciones involucradas en el procedimiento para cada obra u otra materia”, si las infracciones son para fines comerciales, o de no menos de $100 y no más de $5.000, si las infracciones son para fines no comerciales.

Ya que la escuela y la Junta están indirectamente involucradas, vale la pena acotar que esta ley establece que no se podrá conceder ninguna indemnización legal por daños y perjuicios a una institución educativa o una persona que actúa bajo su autoridad que ha cometido un acto mencionado en la sección 29.6 o 29.7 y no ha pagado regalías ni ha cumplido con los términos y condiciones establecidos en dicha ley; así como a una institución educativa, biblioteca, archivo o museo que sea demandada en las circunstancias mencionadas.

Ambas secciones establecen, en muy resumidas cuentas, que no existe infracción de los derechos de autor si se actuó bajo la autoridad de una institución de enseñanza (como cuando se fotocopia material con derechos de autor para fines educativos) y que no es tampoco una infracción de los derechos de autor que una institución educativa haga una sola copia de una obra con fines educativos.


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Esto pone en evidencia, a la luz de la ley canadiense, que Perron y la LBPSB deben responder económicamente por la violación de los derechos autorales de los alumnos, aunque —como dijo la Junta para disminuir el daño— Perron no vendió ninguna de las obras antes de ser descubierto.

Aún así, la Junta es señalada de no haber garantizado la evaluación correcta de Perron antes de permitirle dirigir una clase, por lo que incurrieron en una violación del Código Civil de Québec. 

Mientras tanto, la LBPSB emitió un comunicado en el que explicó que está investigando “exhaustiva y rápidamente” la controversia, aunque algunas requieren un período de investigación más prolongado “para garantizar una comprensión integral y una resolución adecuada.” 

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