Colombia aprueba decreto para facturación electrónica

Colombia aprueba decreto para facturación electrónica
Colombia aprueba decreto para facturación electrónica
Fecha de publicación: 27/11/2015
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A principios de esta semana, el ministro de Hacienda de Colombia, Mauricio Cárdenas; la ministra de Comercio, Cecilia Álvarez Correa; y, el ministro de Tecnologías de la Información y Comunicación, David Luna firmaron el decreto 2242 de 2015, con el cual se reglamentan las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal.

En este estatuto tributario se establece “que todas las personas o entidades que tengan la calidad de comerciantes, ejerzan profesiones liberales o presten servicios inherentes a estas, o enajenen bienes producto de la actividad agrícola o ganadera deberán expedir factura o documento equivalente, independientemente de su calidad de contribuyentes o no contribuyente de los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial.”

El decreto especifica que el ámbito de aplicación es para “las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y sean seleccionadas (…) para expedir factura electrónica” además de “las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y opten por expedir factura electrónica” más quienes “no siendo obligadas a facturar de acuerdo con el Estatuto Tributario y/o decretos reglamentarios, opten por expedir factura electrónica.”

La factura electrónica es un documento que soporta todas las transacciones de compra de bienes y servicios y que emplea internet como medio de distribución. Al regular la facturación electrónica, el Gobierno trata de optimizar la competitividad de Colombia, a través de la disminución de los costos de transacción.

La entrada en vigencia del decreto obligará a quienes facturen electrónicamente a adecuar sus sistemas de información, de acuerdo con las condiciones establecidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la nación (Dian) para obtener la habilitación.

El decreto también ordena usar un formato preestablecido y estándar para la elaboración de documentos electrónicos. Además, las facturas electrónicas deberán ser firmadas por personas autorizadas empleando dispositivos de firma digital.

Entretanto, la Dian ejecutará un plan piloto con empresas que se presten voluntariamente para participar en este nuevo modelo. Adicionalmente, antes de 2017, la Dirección pondrá a disposición de las micro, pequeñas y medianas empresas un servicio gratuito para facturación electrónica de sus transacciones.
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