AFTIC canceló varias frecuencias de Nextel en Argentina

AFTIC canceló varias frecuencias de Nextel en Argentina
AFTIC canceló varias frecuencias de Nextel en Argentina
Fecha de publicación: 25/09/2015
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La Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones (Aftic) canceló a Nextel (proveedor de servicios de telefonía móvil) el uso de varias frecuencias, por el supuesto vencimiento de varias de sus autorizaciones y adjudicaciones.

Este movimiento se produce poco más de una semana después de que el Grupo Clarín anunciara la compra de 49% de la empresa, con opción de comprar el 51% restante.

La resolución, publicada en el Boletín Oficial de Argentina (como resolución 325), indica que la telefónica debe abandonar parte de su espectro, lo cual ocasionaría el cese de sus operaciones en varias localidades argentinas. Esta decisión se basa en expedientes de 2001, de la exComisión Nacional de Telecomunicaciones (ahora Aftic), en los cuales la compañía había pedido una prórroga para seguir operando en estas frecuencias y que el gobierno central desestimó durante este mes.

Con la disposición, Nextel está obligado a apagar 20% de las antenas del corredor Buenos Aires-Mar del Plata, 44% del corredor Córdoba-Mendoza, 40% en el corredor Rosario-Córdoba y 8% en el corredor Santa Fe-Paraná, para –según un informe técnico de la empresa- “mantener la cantidad mínima de canales por sector”. Sin embargo, esto produciría “una disminución de la cobertura y la calidad de la red, llegando a dejar zonas sin cobertura”.

Se supo que lo que Aftic declaró como caduco fueron las licencias otorgadas luego del año 2000, lo que significa que centros urbanos como el de Buenos Aires, Córdoba, Rosario y Mendoza no serán afectados, siendo posible que, de hacerse efectivo el fallo, la cobertura en algunos nodos de Buenos Aires será limitada o estará ausente.

La 325 fue firmada por el directorio del ente gubernamental. Adicionalmente, existe la resolución 326 en la que se indica que la compra del Grupo Clarín es violatoria del artículo 13 de la Ley Argentina Digital, por no haberse celebrado bajo la autorización de Aftic.

En la contraparte, los abogados del conglomerado mediático aseveran que en este artículo se establece que la autorización previa debía hacerse en los términos de la reglamentación vigente y que este no ha sido dictado aún, por lo cual la normativa indica que debe aplicarse el marco legal anterior, donde la autorización de Aftic solo debía ocurrir en caso de traspaso de control.

La sentencia 326 conmina a Nextel a anular la transferencia a Clarín en el término de un mes, bajo la advertencia de que pudiera declararse caduca la licencia de la telefónica en el mercado argentino de telecomunicaciones.
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