Por varios años, cuando un abogado extranjero preguntaba si había que notificar una fusión con efectos en República Dominicana a alguna autoridad de competencia, la respuesta era breve y, para mucho, cómoda: no existía un régimen general de notificación previa. Esa conversación está a punto de cambiar por completo.
El 26 de febrero de 2026, la presidenta del Consejo Directivo de ProCompetencia, María Elena Vásquez Taveras, depositó ante el Poder Ejecutivo el Anteproyecto de Ley Orgánica Antimonopolio y de Competencia Económica, recibido por el consultor jurídico Jorge Subero Isa, quien se comprometió a impulsarlo ante el Congreso Nacional. La propuesta busca derogar y reemplazar la Ley 42-08 General de Defensa de la Competencia, vigente desde 2017.
Ricardo Pellerano Nadal, asociado sénior de la firma Pellerano Nadal y especialista en derecho de competencia, la califica como la reforma más profunda al marco antimonopolio dominicano desde que el país suscribió el DR-CAFTA. Aclara, sin embargo, que se trata de un anteproyecto en discusión y que no hay certeza sobre si el texto será aprobado, cuándo será promulgado ni si las reglas finales serán idénticas a las propuestas.
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El contexto que le da peso político a la reforma
El anteproyecto no llega solo. Recoge directamente las recomendaciones del Examen Inter-Pares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) al derecho y política de competencia del país, realizado en 2024, y forma parte de las metas del proceso de adhesión a ese organismo. En marzo de 2026, República Dominicana y el BID firmaron una carta de intención para apoyar ese proceso durante las Reuniones Anuales del Grupo BID en Paraguay. El 7 de mayo de 2026, durante la Conferencia Anual de la Red Internacional de Competencia en Manila, ProCompetencia se convirtió en el único organismo del mundo en ganar dos categorías del Concurso de Abogacía de la Competencia 2026, organizado con el Banco Mundial.
Ese mismo mes, el BID presentó en Santo Domingo su informe insignia sobre mercados y desarrollo, en el que estimó que América Latina y el Caribe podría aumentar el PIB per cápita un 11 % y reducir la desigualdad un 6 % si lograra mercados más competitivos.
Para el especialista en competencia económica, la señal que envía la reforma al mercado regional es que República Dominicana avanza hacia un régimen más sofisticado y alineado con estándares internacionales. Advierte que eso no se traduce automáticamente en mayor complejidad ni en menor atractivo para invertir, sino en la necesidad de planificar las operaciones con mayor rigor regulatorio. Si la reforma viene acompañada de plazos razonables, criterios claros y respeto al debido proceso, el país puede consolidar su posición como la jurisdicción caribeña más confiable para la inversión extranjera.
El control previo de concentraciones
El anteproyecto introduce tres grandes cambios estructurales. El primero y más significativo, es el control previo de concentraciones económicas, un mecanismo que hoy no existe en la normativa dominicana.
Bajo la propuesta, las operaciones de fusión, adquisición o integración que superen un umbral de ingresos brutos de DOP 200 millones deberían ser notificadas a la autoridad antes del cierre. La transacción no podría ejecutarse sin autorización previa. El procedimiento contempla una revisión inicial, una eventual revisión en profundidad y una decisión final. En cuanto a los plazos de transición, el texto prevé que la ley entraría en vigor a los 180 días después de su promulgación y publicación, mientras que el procedimiento de control de concentración entraría en vigor en un plazo no mayor a 190 días contados a partir de la promulgación de la ley. Por tanto, no se trata de un régimen actualmente aplicable, sino de un cambio regulatorio que las empresas deben empezar a anticipar.
El abogado señala que la primera reacción de las empresas suele ser de alarma, pero que la clave está en entender qué activaría realmente la notificación y en diseñar cada transacción con la flexibilidad necesaria para adaptarse si el régimen entra en vigor durante la negociación o entre la firma y el cierre.
"Las empresas con operaciones de M&A en curso o en evaluación deberían incorporar desde ahora un análisis de competencia en la estructuración de sus transacciones, especialmente cuando existan cierres diferidos, negociaciones largas, sectores concentrados o actividades con efectos relevantes en el mercado dominicano. La recomendación no es paralizar operaciones, sino diseñarlas con suficiente flexibilidad para adaptarse si el nuevo régimen entra en vigor durante la negociación o entre firma y cierre", explica.
En operaciones entre competidores, el asociado sénior también subraya la importancia de controlar el intercambio de información comercial sensible mediante asesores externos y protocolos claros, para evitar riesgos de coordinación o ejecución anticipada de la operación.
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Inspecciones sorpresa y evidencia digital
El segundo cambio tiene que ver con las herramientas de investigación. La ley vigente permite requerir información y practicar diligencias probatorias, pero con limitaciones procesales conocidas. El anteproyecto propone un régimen considerablemente más robusto: inspecciones sorpresa sin previo aviso, autorización judicial, auxilio de la fuerza pública y acceso a locales, oficinas, medios de transporte e incluso domicilios particulares vinculados con una investigación.
El especialista identifica la evidencia digital como el punto más sensible de este cambio. Correos, sistemas informáticos, dispositivos electrónicos, almacenamiento en la nube, comunicaciones no leídas o eliminadas y dispositivos utilizados por empleados o representantes podrían quedar sujetos a revisión.
"Las empresas deberían revisar desde ahora sus protocolos de inspección, preservación documental, uso de correos, WhatsApp y mensajería instantánea, dispositivos personales usados para fines laborales, almacenamiento en la nube y comunicaciones con competidores, gremios, distribuidores, proveedores y clientes. Esto debe involucrar no solo al departamento legal, sino también a gerencia, equipos comerciales, IT, recursos humanos, seguridad y recepción", sugiere el asociado senior.
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Sanciones que redefinen la exposición financiera
El tercer cambio es el nivel de las sanciones. Para infracciones muy graves, como acuerdos anticompetitivos y abusos de posición dominante, el anteproyecto prevé multas de hasta el 10% de los ingresos brutos del ejercicio fiscal anterior. Para infracciones graves, entre ellas la ejecución de concentraciones sin autorización previa y la obstrucción de investigaciones, la multa llegaría al 5%.
Para el vocero de Pellerano Nadal, este salto representa un cambio cualitativo en la exposición financiera de las empresas, no un simple ajuste de cifras. Los sectores con mayor exposición serían aquellos con mercados concentrados, barreras de entrada relevantes, contratación pública significativa o interacción frecuente entre competidores: construcción, energía, combustibles, electricidad, telecomunicaciones, servicios financieros, seguros, transporte, logística, puertos, salud, farmacéuticas, alimentos y bebidas, agroindustria, retail, distribución mayorista y plataformas digitales.
En el ámbito de licitaciones públicas, el abogado advierte que el propio anteproyecto excluiría los casos de colusión en compras públicas de los beneficios atenuantes que podría otorgar un programa de cumplimiento, lo que anticipa cuáles serán las prioridades de la nueva autoridad.
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La nueva autoridad y sus interrogantes
El anteproyecto también propone sustituir ProCompetencia por la Autoridad Nacional Antimonopolio y Competencia Económica (ANACE), un organismo autónomo y descentralizado con autonomía normativa, administrativa, financiera, funcional y técnica. El diseño institucional es más ambicioso que el régimen actual, pero el abogado plantea una distinción relevante entre lo que dice el texto y lo que ocurriría en la práctica.
"El diseño institucional propuesto es más robusto que el régimen actual, pero su éxito dependerá de la implementación. Si las nuevas facultades no vienen acompañadas de recursos, talento técnico y reglas claras de debido proceso, existe el riesgo de tener una autoridad con poderes amplios, pero con ejecución limitada o vulnerable a cuestionamientos", sostiene.
La coordinación de la ANACE con los reguladores sectoriales es otro aspecto que el especialista identifica como pendiente de mayor debate. En sectores como telecomunicaciones, electricidad, servicios financieros, transporte y salud, la convivencia de dos marcos de fiscalización exigiría criterios claros de delimitación. Sin ellos, el riesgo no es solo la duplicidad de trámites, sino la posibilidad de criterios contradictorios entre autoridades.
Qué deben revisar las empresas antes de que sea ley
Con una tramitación legislativa que podría extenderse entre 8 y 18 meses y una promulgación estimada entre finales de 2026 y el primer semestre de 2027, las empresas tienen una ventana concreta para prepararse. El abogado propone un cambio de mentalidad que va más allá del departamento legal.
"Las empresas deberían pasar de una lógica reactiva a una preventiva. Aunque el anteproyecto todavía no es ley, su contenido anticipa un régimen más exigente, en el que el riesgo antimonopolio deberá tratarse como un riesgo corporativo relevante, no como un asunto exclusivamente legal. En la práctica, esto implica revisar políticas de precios, descuentos, exclusividades, distribución, licitaciones, intercambios de información, participación en asociaciones gremiales y contactos con competidores, proveedores o distribuidores", comenta.
El propio anteproyecto da relevancia expresa a los programas de cumplimiento como atenuante en la determinación de sanciones, siempre que sean previos, efectivos y cuenten con elementos mínimos: compromiso de la alta dirección, oficial de cumplimiento, matriz de riesgos, controles internos, capacitación, canal de denuncias, monitoreo y auditoría. La excepción: los casos de colusión en compras públicas quedarían fuera de ese beneficio.
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Los puntos que necesitan más debate
El proceso legislativo es la oportunidad para afinar aspectos que, en su estado actual, presentan interrogantes relevantes. El especialista identifica cuatro áreas prioritarias: el diseño del control de concentraciones, con atención particular a umbrales, nexo local, metodología de cálculo de ingresos brutos y tratamiento de operaciones intragrupo, adquisiciones minoritarias y joint ventures; el alcance de las facultades de inspección frente a evidencia digital, que debería venir acompañado de reglas claras sobre privilegio abogado-cliente, cadena de custodia y protección de datos; la metodología de sanciones y los beneficios concretos por cooperar con la autoridad, y la coordinación de la ANACE con los reguladores sectoriales.
Sobre este último punto, el vocero es directo en precisar que en sectores como telecomunicaciones, electricidad, financiero, transporte o salud, la reforma será tan efectiva como lo sea su implementación institucional. Las empresas que empiecen a prepararse hoy tendrán una ventaja real cuando la ley entre en vigor.







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