Caso Texaco Chevron: un análisis sobre la ética profesional

El caso Chevron, relacionado con un litigio por contaminación en la Amazonia, comenzó hace ya más de 25 años / Pixabay.
El caso Chevron, relacionado con un litigio por contaminación en la Amazonia, comenzó hace ya más de 25 años / Pixabay.
Chevron llegó a ser condenada en 2011 por una corte ecuatoriana en el litigio medioambiental. El laudo dictado en 2018 por La Haya calificó aquella sentencia como corrupta al tiempo que uno de los abogados del caso fue suspendido de ejercicio en Nueva York
Fecha de publicación: 09/09/2019
Etiquetas: caso chevron, Ecuador

Hace poco más de un año el famoso litigio, por contaminación ambiental, conocido como caso Chevron en Ecuador dio un giro inesperado. La petrolera se enfrentaba desde 1993 a una serie de denuncias interpuestas por comunidades indígenas y de campesinos, quienes acusaron a la empresa de verter residuos tóxicos y contaminar la selva ecuatoriana. Los demandantes, habitantes de la zona de Sucumbíos, acudieron a instancias judiciales en Nueva York para interponer la denuncia. La empresa señalada por los vertidos contaminantes era Texaco Petroleum Company (TexPet), pero los denunciantes se querellaron contra Chevron, pues esta había comprado TexPet en 2001.

El caso pasó décadas dando vueltas por el mundo en diversas instancias judiciales y basta con revisar los titulares de la prensa para entender por qué la evolución del proceso se siguió como si de una serie de Netflix se tratase. Durante los primeros años, los demandantes ecuatorianos perdieron varios juicios, pero en el año 2011 Steven R. Donziger, quien representó a los pobladores de la Amazonia en Nueva York, ganó un juicio contra Chevron en la jurisdicción ecuatoriana. La transnacional fue así condenada por la Corte Provincial de Sucumbíos a pagar 9.500 millones de dólares a los afectados.


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Hoy la figura de Donziger plantea todo tipo de interrogantes y debates en la profesión legal. El abogado, que pasó años tras el litigio culpando a Chevron por contaminar la selva ecuatoriana, fue suspendido en julio de 2018 del ejercicio de su profesión en Nueva York por un tribunal estatal de apelaciones. En el año 2014, el juez de distrito estadounidense, Lewis Kaplan, había dictado que Donziger y su equipo legal usaron soborno, coacción y fraude para obtener el fallo en Ecuador, prohibiéndoles a su vez "sacar provecho de cualquier forma del fraude ocurrido". En aquella decisión de julio de 2018, cinco jueces de Manhattan otorgaron una orden solicitada por el comité de quejas de abogados del departamento, que encontró a Donziger culpable de mala conducta profesional.

En septiembre de 2018, llegó el laudo a favor de Chevron dictado por un tribunal dependiente de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, haciendo responsable a Ecuador  por denegación de justicia, por violación al principio de trato justo y equitativo —previsto en el Tratado Bilateral de Inversiones firmado con Estados Unidos— y por incumplimiento de los laudos arbitrales previos que establecían medidas cautelares. La estrategia de Chevron había sido solicitar a La Haya que el Estado ecuatoriano asumiera la multa de 9.500 millones de dólares. Entretanto, los demandantes no consiguieron homologar la sentencia en Ecuador, EE.UU., Canadá, Argentina o Brasil por falta de jurisdicción. A día de hoy, la sentencia de Sucumbíos solo ha sido ratificada en instancias ecuatorianas.

 

Algunos de los elementos a distinguir para entender la complejidad del caso y su impacto es lo que ha ocurrido en los tribunales de arbitraje internacionales y lo fallado en tribunales de Ecuador. Sobre el laudo de La Haya, Pablo Fajardo, abogado de la Unión de Afectados y Afectadas por las Operaciones Petroleras de Texaco (Udapt) y quien ha representado en estos 25 años a los pobladores en Ecuador, cuestiona que se estuviera intercediendo sobre la soberanía del Estado ecuatoriano. Alberto Navarro, actual integrante del Bar Issues Commission y expresidente del Comité de Ética de la IBA, conversó con LexLatin para reflexionar sobre los aprendizajes que para un ejercicio del derecho desde la ética se pueden extraer del caso Chevron.

 


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Sobre lo transcurrido en tribunales ecuatorianos, Navarro parte del escepticismo, ya que la primera duda, según él, es si la Corte Constitucional de Ecuador puede estar políticamente contaminada. “¿Se parece más la Corte de Ecuador a una Corte venezolana hoy o goza del prestigio de otras Cortes Supremas en la región, como las de Argentina o Uruguay?”.

El segundo planteamiento que hace es que si son varios los laudos arbitrales que contradicen la decisión de la justicia ecuatoriana “será por algo”, aunque reconoce que también cabe preguntarse si en la formación de los tribunales y dictado del laudo no hubo ningún tipo de conflicto de interés. “Todos sabemos que los tribunales arbitrales muchas veces están formados por abogados prestigiosos, pero con intereses”.

Andrés Romero, consejero supervisor de la transnacional, afirmó en conversación con LexLatin que “es la firme opinión de Chevron que todo tribunal que respete el Estado de derecho se habría negado a ejecutar esta fraudulenta sentencia. Los fallos de numerosos tribunales fuera de Ecuador respaldan esta conclusión”. Por otro lado, según la petrolera, los demandantes en Canadá “desistieron de la demanda de modo incondicional y definitivo, lo que quedó confirmado en una orden de fecha 5 de julio de 2019”.

Navarro entiende que, cuando se trata de llevar casos de contaminación medioambiental a los tribunales, se den los factores para no entender con claridad dónde queda la condena criminal y dónde la ética. Habla de la contaminación medioambiental ligada a la corrupción como “la gran historia del siglo XX” y no le sorprende que el litigio lleve ya más de 25 años yendo de una corte a otra:

“En este caso tienes por un lado a Donziger, que es juzgado por Kaplan no solo por cuestiones éticas. Creo que aquí hay una mezcla entre condena ética y condena criminal”.

Navarro recuerda que hay que formar a los abogados de todo el mundo en valores. “Lo que es delito es delito. Si Donziger obtuvo un fallo ecuatoriano al que se le vinieron arbitrajes en contra porque utilizó delictualmente las armas legales, se da una nulidad. Si el abogado tenía razón, pero careció de ética es otra cosa. El problema es la mezcla”. Por parte de Chevron, Romero afirma que “la República del Ecuador no ha tomado todavía medida alguna para corregir el fraude en el litigio”.

Como abogado habitualmente involucrado en foros donde se habla de la ética en la profesión, a Navarro le interesa distinguir lo que tiene que ver con conflictos jurisdiccionales de lo demás. Dice que el objetivo no es dilucidar sobre eso. “Aquí lo interesante es saber si Donziger cometió delitos conjuntamente con la Corte ecuatoriana o si lo hizo incluso sin conocimiento de la Corte. Y si no hubo delito, ¿cometió faltas éticas? ¿Estamos hablando de una conducta ética, antiética o delictual? Son cuestiones diferentes y son distintos tribunales los que tienen que juzgarlo. Quizás los demandantes se equivocaron de abogado en Nueva York. Quizás tenían razones para demandar, pero fueron demasiado lejos y quisieron llegar a la extorsión”.

Navarro cree que el caso Chevron tiene muchas aristas. Afirma que, muy independientemente de quien pierda o gane los laudos, de si en Ecuador hay separación de poderes o no y de si el juez Kaplan se pronunció sobre lo criminal o sobre lo ético, Donziger responde a la carencia de ética, “una grave enfermedad del mundo de hoy”.

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