El Salvador flexibiliza el régimen de expansión de inversiones: reduce a 5 años la antigüedad exigida y abre incentivos a grupos empresariales

Productos Alimenticios Diana, con US$ 34 millones, fue la primera empresa en recibir la certificación oficial de Invest bajo esta ley. / Foto: Diseñado por Magnific.
Productos Alimenticios Diana, con US$ 34 millones, fue la primera empresa en recibir la certificación oficial de Invest bajo esta ley. / Foto: Diseñado por Magnific.
La reforma a la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones facilita los requisitos de acceso y modifica el cálculo del crédito tributario, en momentos en que el país reporta más de US$ 500 millones en inversiones de expansión desde enero de 2026.
Fecha de publicación: 25/09/2026

Ocho meses después de su entrada en vigor, la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones de El Salvador enfrenta su primera reforma. Hasta entonces, el régimen ya había comenzado a generar interés entre las empresas con proyectos de expansión. Según datos de la Agencia de Promoción de Inversiones y Exportaciones (Invest in El Salvador), desde enero de 2026 se han registrado US$ 502 millones en inversiones precalificadas, asociadas además con la generación de más de 2.200 nuevos empleos directos y especializados.

Entre los casos conocidos públicamente está el de Productos Alimenticios Diana, que con US$ 34 millones fue la primera empresa en recibir la certificación oficial de Invest bajo esta ley. También figura Industrias Plásticas S.A. de C.V. (IPSA), especializada en empaques flexibles, que con US$ 23.27 millones busca optimizar sus plantas de producción y potenciar su competitividad de exportación en la región. El monto más alto registrado hasta ahora corresponde a Grupo Campestre, con US$ 82.8 millones proyectados. Más recientemente, Laboratorios Ancalmo recibió la precalificación para una expansión de $14,84 millones.

En este contexto, la Asamblea Legislativa aprobó el 9 de septiembre de 2026, con 57 votos, una reforma que amplía su alcance y flexibiliza algunas de sus condiciones de acceso. Los cambios tienen tres claves principales: la reducción de los años de antigüedad exigidos para calificar, la incorporación de los grupos empresariales como beneficiarios y una nueva metodología para calcular el beneficio fiscal.


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Régimen más flexible

Uno de los principales cambios introducidos por la reforma consiste en la reducción de los requisitos de antigüedad y de historial fiscal y financiero exigidos a las empresas que buscan acceder a los beneficios del régimen.

William Escobar, gerente senior de Impuestos de EY - El Salvador, cree que la Ley para el Fomento de la Expansión de Inversiones fue concebida para incentivar a las empresas ya establecidas en el país a ampliar sus operaciones mediante nuevas inversiones productivas.

El especialista señala que, para ello, la normativa comprende de incentivos como el crédito tributario aplicable al Impuesto sobre la Renta y la exención del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces (ITBR), dirigidos a fortalecer los sectores manufactureros considerados estratégicos para el crecimiento económico nacional.

Según el abogado, las principales modificaciones al régimen pueden resumirse de la siguiente manera:

  • Grupos empresariales ingresan al régimen: la principal novedad de la reforma consiste en la incorporación de los grupos empresariales como sujetos beneficiarios de la ley. Bajo el texto original, los incentivos estaban diseñados para personas naturales o jurídicas consideradas de forma individual. Con la reforma, las sociedades vinculadas por relaciones de control y que operen de manera coordinada podrán ser consideradas como una sola unidad económica.
  • Menos años de operación: mientras la ley exigía que las operaciones tuvieran una antigüedad mínima de 10 años en el país para ser consideradas una expansión elegible; ahora bastará acreditar 5 años de operación.
  • Mayor compatibilidad con otros incentivos: ya no se excluye automáticamente a quienes hayan recibido beneficios fiscales bajo otras leyes. La restricción aplica a quienes mantengan beneficios permanentes y vigentes al solicitar el incentivo.
  • Menor carga documental: se reduce de 10 a 5 años el período de estados financieros auditados que deben presentar los inversionistas.
  • Reglas específicas para grupos empresariales: los grupos deberán acreditar sus relaciones de control, indicar la participación de cada sociedad en el proyecto e identificar las inversiones que ejecutará cada entidad.
  • Nuevo cálculo del crédito tributario: el beneficio se calculará sobre el excedente respecto del promedio del Impuesto sobre la Renta declarado en los últimos cuatro ejercicios fiscales, ajustado por inflación, en lugar de tomar como referencia el mejor resultado de los últimos diez años.
  • Más beneficios, con mayor responsabilidad: las sociedades que integren un grupo serán responsables solidarias del cumplimiento de la ley. Además, el incumplimiento de una o más entidades podría provocar la revocatoria de los beneficios otorgados al grupo.
William Escobar

“La reforma establece que el incumplimiento por parte de una o más sociedades integrantes puede dar lugar a la revocatoria de los beneficios otorgados al grupo. Por todo lo anterior, las reformas aprobadas representan una evolución significativa de la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones, adaptando el régimen a las necesidades de las empresas que actualmente operan en el país. La incorporación de grupos empresariales, la reducción de la antigüedad mínima requerida, la flexibilización de las exclusiones y la simplificación de los requisitos documentales reflejan una clara intención de promover la reinversión productiva”, opina Escobar.


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Más empresas podrán acceder

David Claros, socio director de GarciaBodan El Salvador, afirma que varias de las compañías que han invertido recientemente en el país, incluidas aquellas vinculadas con el posicionamiento de El Salvador como destino de manufactura y nearshoring, habrían tenido que esperar hasta la próxima década para cumplir con el requisito anterior. Según explica, la reducción del plazo permitirá que estas empresas puedan acceder a los incentivos cuando sus operaciones alcancen una etapa natural de expansión.

“Los principales beneficiarios serán las empresas de los diez sectores estratégicos que ya cuentan con operaciones en el país y proyectan ampliar su capacidad: textil y confección, agroindustria, alimentos y bebidas, autopartes, electrónica, plásticos, calzado, químico-farmacéutico, materiales de construcción y papel. La reforma también favorece a empresas medianas que anteriormente quedaban excluidas por su antigüedad, pese a contar con capacidad de inversión, y permite que grupos empresariales pertenecientes a una misma cadena productiva sumen sus inversiones”, menciona.


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Beneficios fiscales: cambia la metodología del cálculo

El principal incentivo consiste en un crédito tributario aplicable al Impuesto sobre la Renta, generado a partir de inversiones de capital. Este beneficio podrá utilizarse por un período de hasta diez años y podrá extenderse por un plazo adicional equivalente.

El porcentaje del crédito dependerá del monto destinado a la inversión de expansión:

  1. Rango I: Inversiones de US$ 1,000,000.00 a US$ 10,000,000.00, con un crédito equivalente al 10 % de la inversión
  2. Rango II: Inversiones de US$ 10,000,000.01 a US$ 20,000,000.00, con un crédito equivalente al 20 % de la inversión.
  3. Rango III: Inversiones de US$ 20,000,000.01 en adelante, con un crédito equivalente al 30 % de la inversión.

La principal modificación está en la forma de determinar el excedente que sirve como base para calcular el crédito.

Bajo el régimen anterior, detalla Millie Miranda, asociada senior de Consortium Legal - El Salvador, el límite de utilización anual del crédito estaba vinculado al mejor resultado de Impuesto sobre la Renta declarado durante los últimos diez ejercicios fiscales, ajustado por inflación. La reforma sustituye ese periodo por un promedio correspondiente a los últimos cuatro años, también ajustado por inflación conforme al indicador del Banco Central de Reserva.

Millie Miranda

"Una ventana de referencia más corta puede permitir que el beneficio tributario refleje de manera más cercana la realidad económica reciente de la empresa, particularmente en casos en los que su nivel de rentabilidad y generación de impuesto sobre la renta haya experimentado cambios relevantes en los últimos años. Esto puede mejorar la previsibilidad del beneficio al momento de modelar financieramente un proyecto de expansión. Por ello, además del porcentaje nominal del crédito, las empresas deberían analizar su capacidad efectiva para utilizarlo en función de su historial reciente de resultados y de la proyección de sus obligaciones de Impuesto sobre la Renta”, sostiene la abogada.

Para Claros, la nueva fórmula establece una base más razonable y representativa del desempeño reciente de las empresas, lo que podría facilitar un mayor aprovechamiento efectivo del crédito tributario.

"Las empresas que ya cuentan con la calificación podrán aplicar este beneficio al ejercicio fiscal 2026", resalta.


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Claves para aprovechar los incentivos

Frente a este nuevo panorama, los tres entrevistados coinciden en que el análisis previo a acogerse al régimen no debe limitarse a verificar el cumplimiento formal de los requisitos.

Miranda recomienda un análisis integral que considere la elegibilidad del inversionista y del proyecto, tomando en cuenta su antigüedad, la naturaleza de la actividad y el monto de la inversión. Asimismo, insta a determinar el impacto tributario efectivo y la capacidad real de utilizar el crédito frente al ISR proyectado bajo la nueva metodología. La experta también pone foco en la importancia de evaluar la compatibilidad con otros beneficios fiscales vigentes y, en el caso de grupos empresariales, determinar si las entidades cumplen las condiciones necesarias para ser consideradas una unidad económica.

Por su parte, el socio director de GarciaBodan - El Salvador, sugiere que las empresas deben verificar primero que el proyecto sea elegible y constituya una expansión real, mediante mayor capacidad productiva o acceso a nuevos mercados, y no una simple sustitución de activos. También propone revisar las nuevas reglas sobre exclusiones, que permiten acceder al régimen a empresas cuyos incentivos anteriores hayan vencido o hayan sido de carácter excepcional o no permanente.

David Claros

“Debe proyectarse el aprovechamiento efectivo del crédito, calcular la línea base y estimar el ISR de los próximos 10 años para determinar cuánto podrá utilizarse, ya que cualquier saldo remanente se extingue y no puede reembolsarse ni trasladarse. Los grupos empresariales deberán verificar el control societario, la pertenencia a una misma cadena productiva y el umbral conjunto de US $75 millones, con una inversión mínima de US $1 millón por empresa, exigido para acceder al crédito del 30 %", argumenta.

Para concluir, el experto recomienda considerar las obligaciones de cumplimiento, como llevar una contabilidad separada, designar un auditor autorizado, presentar informes semestrales, mantenerse solvente y comenzar operaciones dentro del plazo de 18 meses establecido.

La reforma a la Ley para el Fomento de la Expansión de las Inversiones amplía el acceso a los incentivos y flexibiliza sus condiciones, pero su aprovechamiento dependerá de una adecuada evaluación del proyecto, su impacto fiscal y el cumplimiento de las nuevas obligaciones.

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