El Gobierno de Rodrigo Paz ha puesto la energía en el centro de su agenda de reformas. Durante el mes de septiembre, el Ejecutivo anunció una serie de medidas para recuperar la capacidad energética y productiva del país altoandino, con proyectos que incluyen nuevas reservas de gas, generación solar y eólica, y cambios en las leyes que regulan los sectores estratégicos. Estas iniciativas forman parte de un paquete más amplio de reformas, que buscan atraer inversión privada y responder a la crisis de abastecimiento de combustibles.
No obstante, Bolivia todavía rige su mercado eléctrico con una ley de 1994. La Ley 1604 separó la generación, transmisión y distribución dentro del Sistema Interconectado Nacional y estableció un régimen de licencias y concesiones, además de un esquema de precios basado en costos marginales y administrado por el Comité Nacional de Despacho de Carga.
Mariana Pereira, socia directora de Orienta Legal, explica que el problema radica en que la ley continúa vigente, aunque el sector ya no opera bajo las mismas condiciones que existían cuando fue aprobada. Las nacionalizaciones de 2010 y 2012 devolvieron a la estatal ENDE el control de la generación, transmisión y distribución, mientras que la Constitución de 2009 reordenó el sector bajo un modelo de mayor control estatal.
Para la abogada, ahí está una de las principales dificultades del marco actual. Bolivia conserva una ley pensada para un mercado abierto, pero con una estructura que, en la práctica, volvió a concentrarse en manos del Estado. Esa diferencia, considera la experta, limita el funcionamiento del sistema.
La ley también quedó atrás frente a varios de los cambios que ha experimentado el sector. No contempla, por ejemplo, las energías renovables no convencionales, el almacenamiento, la generación distribuida ni la comercialización de electricidad. Todo esto en un país de grandes contrastes geográficos, con ciudades ubicadas a más de 3.000 metros sobre el nivel del mar y una extensa región de llanuras en el oriente.
"Ahora bien, el problema de fondo no está únicamente en la Ley No. 1604. El artículo 378, parágrafo II, de la Constitución Política del Estado establece que es facultad privativa del Estado el desarrollo de la cadena productiva energética en las etapas de generación, transporte y distribución, y el artículo 20 dispone que la provisión de los servicios básicos se efectúe a través de entidades públicas, mixtas, cooperativas o comunitarias, enumeración en la que la empresa privada no figura. Sustituir la ley de 1994 sin abordar ese marco deja la apertura del sector sobre un terreno discutible", sostiene Pereira.
La discusión ocurre mientras el oficialismo impulsa una reforma más amplia del sector energético. El 8 de septiembre, el presidente Paz anunció nuevas reservas de gas y proyectos de generación solar y eólica, además de cambios en las leyes de Hidrocarburos y Minería. El Gobierno ha planteado estas reformas como parte de su estrategia para atraer inversión y recuperar la capacidad energética y productiva del país.
¿Qué cambiaría en el sector eléctrico de Bolivia con la nueva ley?
El 7 de mayo de 2026, el Ministerio de Hidrocarburos y Energías entregó formalmente el proyecto de Ley de Electricidad y Energías Renovables al Ministerio de la Presidencia, dando inicio a un proceso que debe pasar por la Unidad de Análisis de Políticas Sociales y Económicas, el Consejo Nacional de Política Económica y la Asamblea Legislativa Plurinacional, además de una etapa de socialización con organizaciones sociales y sectores productivos.
El propio ministerio describió la entrega del proyecto como un paso decisivo en la transformación del sistema eléctrico nacional. El texto atribuye al modelo vigente décadas de déficit estructural y limitaciones para atraer inversión privada, y plantea mantener a ENDE como operador del sistema, aunque bajo un esquema de competencia con actores privados.
Pereira subraya cuatro aspectos centrales del proyecto:
- La creación de la figura del comercializador, un actor que hoy no existe en el mercado boliviano y que habilitaría la contratación bilateral de energía.
- La elevación a rango legal de instrumentos que hoy solo están regulados por decreto o directamente carecen de norma, como las subastas de renovables, la generación distribuida y el almacenamiento.
- La creación de un regulador autárquico, en reemplazo de la actual autoridad de fiscalización sectorial.
- El paso de ENDE de un rol de posiciones exclusivas a uno de competencia directa con operadores privados, cambio que la abogada considera el más significativo desde el punto de vista político.
Pereira puntualiza que Bolivia tiene una matriz de generación con cerca del 70 % de origen térmico a gas, en un país cuyas reservas vienen cayendo de forma sostenida, además de un régimen tarifario que no cubre costos y un esquema en el que el Estado actúa simultáneamente como operador, comprador y regulador.
Hasta donde es de conocimiento público, dice la abogada, el proyecto fue socializado durante julio con organismos multilaterales y actores del sector, pero todavía no ha sido sancionado por el Legislativo. Mientras eso ocurre, la reforma efectiva ha avanzado por la vía reglamentaria.
"Aun cuando el proyecto va en la dirección correcta, conviene ser claros sobre su alcance: es una norma de rango legal que deberá convivir con un marco constitucional que reserva al Estado la facultad privativa sobre la cadena energética. Mientras esa tensión no se resuelva, la participación privada seguirá siendo jurídicamente discutible, por bien redactada que esté la ley", advierte.
Bolivia busca eliminar cuatro impuestos, entre ellos el impuesto a las grandes fortunas y al juego
Cuatro condiciones para competir en igualdad
¿Qué reglas garantizarían competencia, acceso al mercado y seguridad jurídica para los nuevos inversionistas? Pereira identifica cuatro condiciones mínimas:
- Acceso abierto a las redes. El acceso a transmisión y distribución debe ser no discriminatorio, con un operador del sistema técnicamente independiente de los agentes que compiten en el mercado. "De lo contrario, la competencia terminaría siendo solo formal", comenta.
- Separación funcional de ENDE. Las actividades empresariales de la estatal deben desligarse realmente de las funciones de política pública, acompañadas de un regulador con autonomía presupuestaria y mandatos por período fijo.
- Previsibilidad tarifaria. Un inversionista puede operar con tarifas bajas si la fórmula de precios es estable y conocida, pero difícilmente lo hará si esas reglas cambian por decreto.
- Seguridad jurídica en sentido estricto. Esto implica mecanismos creíbles de solución de controversias y certeza sobre la convertibilidad y transferencia de utilidades al exterior.
Sobre este último punto, la abogada matiza que el anteproyecto de Ley de Inversiones presentado en agosto ordena varios aspectos del marco normativo, pero mantiene la repatriación de utilidades sujeta al cumplimiento de la legislación vigente, lo que en el contexto cambiario actual no termina de otorgar la certeza que exigen los inversionistas privados.
Criptomonedas en Bolivia: ¿Un paso al futuro digital o una respuesta a la crisis cambiaria?
Subastas, contratos y almacenamiento: las piezas que faltan
El proyecto de ley también introduce subastas de energías renovables, contratos de largo plazo, generación distribuida y almacenamiento. Bien diseñados, comenta Pereira, estos instrumentos modificarían la estructura del mercado más que cualquier declaración de principios:
"Las subastas competitivas son el mecanismo que ha permitido a la región descubrir precios reales de generación renovable. En Bolivia tendrían un doble efecto, ya que revelarían el costo verdadero del sistema y le darían al Estado una herramienta de contratación transparente", opina.
Los contratos de largo plazo, resalta la abogada, son la forma habitual en que opera un sector que exige montos altos de inversión, ya que ningún proyecto solar o eólico se financia contra el mercado spot, sino contra un contrato que pueda apalancarse financieramente; la calidad crediticia de la contraparte resulta tan determinante como el propio marco legal.
Para la socia directora de Orienta Legal, la generación distribuida tiene un impacto distinto pero igualmente valioso, porque no depende de grandes inversiones ni de decisiones centralizadas y permite que el sector industrial y comercial participe directamente.
"El almacenamiento, sin embargo, es el instrumento con mayor margen de desarrollo, precisamente porque hoy no existe como categoría regulatoria. En un sistema con una capacidad instalada del orden de los 3.500 MW frente a una demanda máxima cercana a los 2.000 MW, el problema no es de energía disponible sino de gestión, y el almacenamiento podría permitir que las renovables desplacen generación térmica de manera efectiva y no solo marginal", argumenta.
Decretos que ya mueven la aguja en Bolivia
Mientras la ley avanza por el proceso legislativo, el Gobierno de Rodrigo Paz ha optado por introducir cambios mediante decretos supremos. En febrero de 2026, el Ejecutivo aprobó el Decreto Supremo 5549, orientado a incrementar la participación de las energías renovables en el mercado eléctrico mediante la regulación de la generación distribuida, en particular la de mediana escala, entre 1 y 6 MW, conectada a redes de distribución. La norma también definió que, para los generadores de media escala, el ente regulador calcule un precio estabilizado cuya remuneración sea cubierta por los agentes de demanda del Mercado Eléctrico Mayorista.
Pereira ve en el decreto un avance importante porque elimina para ese segmento la exigencia de una concesión de generación y establece que la energía inyectada sea retribuida a un precio fijado por el regulador. "Para un autoproductor industrial, esto puede destrabar proyectos que antes no resultaban viables", añade.
Pero la abogada considera que la medida todavía es insuficiente por tres razones:
- La primera es su propia fragilidad jurídica: se trata de una norma reglamentaria que modifica otra norma reglamentaria y, por tanto, puede revertirse con la misma facilidad con la que fue aprobada. Esa estabilidad es uno de los aspectos que evalúa cualquier financiador.
- La segunda es que el decreto deja un vacío entre los 350 kW del régimen anterior y el nuevo piso de 1 MW.
- La tercera está en el precio de la energía. La retribución depende de un valor que debe calcular el regulador en un mercado cuyos costos, indica la experta, están distorsionados por el precio subvencionado del gas.
“Lo que la nueva Ley de Electricidad y Energías Renovables debería aportar es seguridad jurídica a través de una jerarquía normativa clara, cobertura del vacío de escalas y, sobre todo, una definición explícita respecto de quién financia el diferencial durante la transición”, manifiesta.
A esto se suma el Decreto Supremo 5598, de marzo de 2026, que puso fin a la exclusividad de ENDE en el intercambio internacional de electricidad y habilitó a cualquier agente del mercado (público, mixto o privado) a realizar ese tipo de operaciones, siempre que no se afecte el abastecimiento interno. Pereira observa que ese decreto anticipó por vía reglamentaria uno de los contenidos centrales que luego recogería el proyecto de ley.
Tarifas: el equilibrio pendiente
Otro de los objetivos declarados del proyecto es establecer reglas más previsibles para la inversión, garantizar tarifas razonables y asegurar el suministro.
La especialista recuerda que la tarifa residencial boliviana se ubica entre las más bajas de la región, sostenida por un fuerte subsidio eléctrico. El Decreto Supremo 5647, avanzó parcialmente en corregir esa distorsión al elevar del 3 al 5 % el límite de variación mensual de las tarifas, reconociendo el efecto del nuevo régimen cambiario.
"Diría que el diseño razonable pasa por transparentar el subsidio, separándolo de la tarifa y llevándolo al presupuesto con foco en los hogares que efectivamente lo necesitan, y por establecer una regla tarifaria automática, con fórmula pública y revisiones periódicas, que despolitice el ajuste. La protección al consumidor debería instrumentarse por el lado de la demanda y no comprimiendo la remuneración del inversionista, porque esto último termina pagándose con desinversión y con deterioro de la calidad del suministro", menciona.
Pereira analiza que la eliminación de la subvención a los combustibles, comprometida para enero de 2027, pondrá a prueba este esquema. Si el ajuste alcanza también al gas destinado a la generación, el costo del sistema subirá y, paradójicamente, las energías renovables podrían volverse competitivas casi de inmediato.
¿Qué implica para los países del Mercosur el acuerdo de libre comercio con la UE?
Integración regional
El Gobierno también apuesta por fortalecer la integración eléctrica regional. El propio Ministerio de Hidrocarburos y Energías planteó que la nueva ley proyecta a Bolivia como un hub energético regional, fortaleciendo su capacidad de generación, interconexión e intercambio de energía con los países vecinos.
Pereira pone ese objetivo en contexto. Hoy Bolivia solo tiene una interconexión eléctrica operativa con Argentina y de capacidad limitada. En 2025, las exportaciones de electricidad alcanzaron unos US$11,6 millones, una cifra todavía pequeña frente a la meta de convertir al país en un centro energético regional.
"En todo caso, lo que falta es más difícil de resolver que una norma. Falta infraestructura de transmisión, falta armonización regulatoria con los países vecinos en materia de códigos de red, protocolos de despacho y reglas de liquidación, y falta que los contratos de exportación cuenten con un tratamiento cambiario claro. De poco sirve habilitar la exportación si el exportador no tiene certeza respecto de cómo y cuándo accede a las divisas que genera", contraste.
Los entendimientos con Paraguay y los anuncios de coordinación con Argentina apuntan en esa dirección, pero Pereira exponer que todavía hay una diferencia entre una declaración de intención y un acuerdo con reglas técnicas y comerciales concretas.
Perú apuesta por la energía nuclear: oportunidades para la inversión privada tras la Ley 32560
El nudo cambiario y la hoja de ruta pendiente
¿Qué tan preparada está Bolivia para atraer inversión privada a largo plazo? Pereira enfatiza en que el país altoandino hoy está mejor preparado en materia regulatoria que en materia macroeconómica.
El presidente Rodrigo Paz, que asumió en noviembre de 2025, ha reconocido que Bolivia atraviesa su peor crisis económica en cuatro décadas, derivada de una prolongada política de subsidios a los combustibles, que agotó las reservas de dólares del país.
"Del lado positivo, durante 2026 se ha avanzado más que en los 15 años anteriores. Se abrió el intercambio internacional de electricidad, se habilitó la generación distribuida de media escala, se reabrió la autogeneración industrial, se flexibilizó el ajuste tarifario y existe un proyecto de ley que, en sus lineamientos, va en la dirección correcta", destaca la vocera de Orienta Legal.
El principal desafío es el tipo de cambio. El boliviano pasó de 6,96 a más de 12 por dólar en pocos meses y las divisas disponibles son limitadas. Un proyecto eléctrico requiere invertir en dólares, pero genera ingresos en bolivianos a una tarifa regulada. Sin certeza sobre la conversión y transferencia de divisas, el resto de los incentivos pierde peso.
Para un inversionista, Pereira recomienda revisar cuatro puntos:
- cómo cobrará y en qué moneda;
- quién será su contraparte y qué capacidad tiene para cumplir;
- qué mecanismos de solución de controversias existen si cambian las reglas;
- si las condiciones de la inversión están respaldadas por una ley o por un decreto supremo.
La abogada cree que Bolivia está ante una oportunidad de cambio, pero que la reforma debe llegar a la Asamblea Legislativa Plurinacional y la economía debe estabilizarse. Para ella, hay condiciones básicas para dar seguridad a la inversión y evitar que las reglas puedan cambiar con facilidad.
"Es importante que como bolivianos reflexionemos sobre la necesidad de un cambio de fondo que empiece por la modificación de la Constitución Política del Estado, en particular de los artículos que reservan al Estado la facultad privativa sobre la cadena energética y que excluyen a la empresa privada de la provisión de servicios básicos; que continúe con la promulgación de la nueva Ley de Electricidad y Energías Renovables; y que se complete con un régimen de inversiones que garantice de manera efectiva la convertibilidad y la solución de controversias. Sin esos tres elementos seguiremos discutiendo decretos reversibles. Con ellos, Bolivia tiene condiciones naturales para convertirse en uno de los destinos energéticos más interesantes de la región", finaliza.









Add new comment