
No hay término que no llegue a cumplirse, la renegociación del T-MEC esta próxima ha iniciar. Con la asunción como presidente de Donald Trump en la Casa Blanca, el escenario previsto para dicha renegociación se percibe más tenso, considerando las ideas extremistas de Trump, quien realizará una evaluación más estricta de la implementación de los compromisos en México.
La renegociación del T-MEC ofrece una oportunidad para revisar y reforzar los compromisos laborales del tratado con aplicación en México y que se perfila como un momento crucial para el derecho laboral local. En especial, los sindicatos y grupos de trabajadores esperan que la renegociación conduzca a mejoras significativas, garantizando la debida protección de los derechos colectivos y, de manera particular, esperan que se incluya la posibilidad de aplicación de sanciones más estrictas para las empresas que realicen actos de injerencia y violen los derechos de libertad sindical y negociación colectiva autentica.
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Es importante considerar que, para la renegociación del T-MEC, se espera que el gobierno de Estados Unidos solicite insertar dentro del contenido del tratado las siguientes obligaciones que serán de especial observancia para México:
- Relaciones Laborales Transfronterizas y Sindicatos Trasnacionales
La propuesta, proveniente desde la renegociación del TLCAN, sugiere establecer un marco regulatorio que permita tanto a empresarios como a trabajadores abordar asuntos de relaciones laborales que tengan aplicación a lo largo de la frontera entre México y Estados Unidos o para aquellos trabajados especiales en donde se desarrollen sus actividades en territorio mexicano y americano.
Este supuesto será de especial relevancia para aquellos trabajadores del sector de transporte, y en especial los choferes, quienes inician su jornada de trabajo en ciudades como Mexicali o Tijuana y la terminan en alguna ciudad de Estados Unidos. Este tipo de trabajadores reciben solo el salario mínimo profesional en Zona Fronteriza para 2024 (de MEX$374.89 pesos diarios) y, claramente, al desarrollar parte de sus funciones en territorio americano, es su deseo y anhelación recibir el salario mínimo de Estados Unidos, a pesar de que su salario es superior al salario mínimo al resto de la republica mexicana. Esta actividad también representa un desplazamiento de trabajadores americanos, pues las empresas norteamericanas han optado por contratar a choferes mexicanos que terminen la ruta en ese país, esto por encima de contratar a un chofer mexicano que termine su ruta en la frontera y que un chofer americano haga el cambio de funciones para continuar su camino hasta su destino final.
Otro tema relacionado con este punto es la territorialidad de los sindicatos, actualmente los sindicatos tienen “jurisdicción” dentro del territorio de su constitución, pero en el caso especifico de este tipo de trabajadores se tiene la necesidad de que los sindicatos tengan permisos especiales y limitados para poder actuar en el lugar donde sus agremiados tengan algún problema, ya sea en Estados Unidos o cualquier otro territorio miembro del T-MEC. Esto no debe implicar promover sindicatos transnacionales, más bien la propuesta es permitir a un sindicato llevar a cabo sus funciones de protección y defensa de los derechos de sus agremiados en el lugar donde sea vean afectados sus derechos.
Ahora bien, la propuesta por parte del gobierno de los Estados Unidos —con la cual se pretende eliminar esta distinción entre los trabajadores que desarrollan las mismas funciones, pero en diferente territorio de contratación— ha sido que el T-MEC debe permitir específicamente a los trabajadores de sindicatos de un empleador común en dos o más países organizar conjuntamente sindicatos y negociar convenios colectivos vinculantes. Así mismo, reconoce que dichos sindicatos supranacionales tendrán la autoridad y personalidad necesaria y suficiente para participar en otras actividades relacionadas con la negociación colectiva.
Es necesario que el T-MEC establezca de manera clara la forma de actuar de este tipo de sindicatos transnacionales; las barreras del idioma y la cultura pueden ser dos factores fundamentales que deberán enfrentar los sindicatos para poder garantizar una debida negociación colectiva para aquellas empresas que tengan centros de trabajo en dos o más países miembros del T-MEC. También, es de suma importancia garantizar en todo momento el principio de libertad sindical, es decir, no se deberá obligar a ningún trabajador formar parte de un sindicato nacional o extranjero, será trabajo de los sindicatos poder convencer a los trabajadores extranjeros para agremiarse y poder negociar sus condiciones de trabajo, las cuales serán las mismas en territorio nacional y extranjero.
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- Creación de un Secretariado Laboral Transnacional
Con el fin de garantizar el cumplimiento del punto anterior, por parte de los tres países miembros del T-MEC, es necesaria la creación de una posición especializada en condiciones y derechos laborales de los tres países con el fin de que los sindicatos y los patrones no violenten en ningún momento los derechos de los trabajadores.
Este secretariado deberá participar en las mesas de negociación colectiva y solamente será oyente en dichas mesas de negociación, solamente podrá participar activamente cuando identifique alguna situación que vulnere los derechos de los trabajadores.
Así mismo, se le deberán otorgar las facilidades necesarias para poder realizar inspecciones de manera aleatorio o a petición de un tercero interesado.
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- Educación y Capacitación
Crear posiciones y secretariados no garantizara el cumplimiento de las disposiciones del T-MEC si no se dan los espacios necesarios para dar a conocer a las personas involucradas sobre lo que el T-MEC establece. Los tres países miembros, especialmente México, deben propiciar que sindicatos, empresas y trabajadores tengan un conocimiento verídico de lo que señala el T-MEC, así como de los principios de libertad sindical, negociación colectiva autentica, actos de no injerencia, entre otros. El claro entendimiento de estos conceptos por parte de las personas involucradas garantizará que las disposiciones del T-MEC sean cumplidas.
Se ha identificado que en México se ha propiciado información falsa sobre los procedimientos de democracia sindical, he incluso, se han tenido reportes de engaños o amenazas a trabajadores para agremiarse a un sindicato. Este tema es delicado y se deben establecer los mecanismos necesarios dentro de las autoridades laborales para poder realizar denuncias anónimas, protegiendo en todo momento la identidad del trabajador amenazado, para poder sancionar este tipo de acciones. Proporcionar cursos, capacitaciones y un espacio de asesoría dentro del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral pudiera reducir de manera considerable este tipo de amenazas.
*Andrea Medrisself Mendoza Pérez es abogada de la Federación Obrera Nacionalista - México.
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