Prisioneros del registro de horas cobrables

Prisioneros del registro de horas cobrables
Prisioneros del registro de horas cobrables
Fecha de publicación: 09/11/2017
Etiquetas: Sistema Cravath

En el libro The Partners, James B. Stewart relata un curioso evento de la firma Cravath Swaine & Moore, en el que uno de los abogados de la firma le había cobrado a un cliente 27 horas de trabajo en un solo día. Este extraño cobro parece imposible, no solo porque los días tengan únicamente 24 horas, sino porque es difícil imaginar que el abogado haya podido prestar servicios legales efectivos por un periodo de tiempo continuo y tan prolongado. El asociado de Cravath explicó que durante ese día había tomado un vuelo de Nueva York a Los Ángeles, que se encuentra a tres horas de diferencia de la Costa Este de EE.UU., y por tanto, al llegar a Los  Ángeles había “ganado” tres horas extras de día, y las había pasado trabajando para el cliente en el avión.

Más allá de lo curioso de este hecho, la anécdota refleja dos aspectos dignos de ser mencionados. En primer lugar, que los abogados pueden argumentar cosas inverosímiles hasta hacerlas parecer posibles. En segundo lugar, que el cobro por horas de servicio a clientes es una práctica común en firmas legales, y que el cálculo de las horas se encuentra muy presente en la mente de los abogados.

El cálculo de las horas efectivamente trabajadas es sumamente importante, tanto en el aspecto externo (entre la firma y sus clientes), como en el aspecto interno (entre la firma y sus propios abogados). Es importante para los clientes, porque muchos proyectos son contratados por tarifas horarias, y por tanto el costo de los servicios legales depende de la cantidad de horas efectivamente trabajadas y reportadas por los abogados de la firma. En este artículo quiero centrarme en la relevancia del registro de horas, no en el aspecto externo, sino en el aspecto interno. Es decir, poner el foco en la relación entre la firma y sus propios abogados.

Sin importar el tipo de compensación que utilice cada firma para retribuir a sus asociados, la cantidad de horas cobrables que registra cada abogado es importante para su trayecto profesional en la firma. En otro artículo desarrollé con más detalle los tipos de mecanismos de compensación interna de las firmas. Para el presente, basta saber que algunas firmas ofrecen compensaciones fijas a sus abogados y abogadas en base a sus años de antigüedad, mientras que otras firmas compensan en base a datos variables, como la cantidad de horas efectivamente registradas y cobradas por cada quien.

La relevancia del registro de horas en firmas que aplican sistemas de compensación variable es evidente. El pago que reciba el abogado o abogada por su trabajo, no solamente depende de que se encuentre presente en la oficina de sol a sol, sino de las horas efectivamente trabajadas y registradas. Si en un día normal de 8 horas, la persona en cuestión de la plantilla ha estado en su oficina desarrollando trabajo efectivo y registrado por 4 horas cobrables a clientes, entonces su compensación tomará en cuenta solo esas 4 horas.  

Aun en los sistemas de compensación fija - que no retribuyen bonos adicionales por horas trabajadas - el registro de horas es requerido. Estas firmas suelen establecer objetivos mínimos de horas anuales para comunicar un parámetro del esfuerzo que la firma espera de sus abogados. Si la firma establece un objetivo de horas de por ejemplo 1.300 horas anuales, ello les permite medir el desarrollo y dedicación de sus asociados y asociadas; aquellos que superen el umbral, podrían ser considerados más seriamente para promociones, mientras que aquellos que no lo hagan podrían estar cerca de dejar la firma.

Considerando que las horas reflejan el esfuerzo, aunque de manera imperfecta, es lógico que el registro de horas sea una de sus más importantes preocupaciones. Es imperfecto sin embargo, porque puede ser influenciado por factores ajenos al esfuerzo de un asociado o asociada en particular. Un departamento de la firma podría estar pasando por un periodo de menor actividad que otros departamentos, y sería lógico que ello afecte el registro de horas de quienes conforman ese departamento.  

Para calcular las exigencias de horas, se requiere tomar en cuenta que la cantidad de días laborables varía cada año, y varía también en cada país. Si los sábados, domingos y feriados se consideran días no laborables, el año 2017 tendría aproximadamente 250 días laborables, que equivalen a 2.000 horas de trabajo - a 8 horas de trabajo por día. Este número de días no toma en cuenta, sin embargo, los días de vacaciones. Por tanto, un número de días más adecuado es aproximadamente 235 días laborables, que equivalen a 1.880 horas de trabajo cada año. Esto es así considerando que cada día supone 8 horas de trabajo, pero como los abogados saben, no es poco común que los días se extiendan considerablemente. Cuando la cantidad de trabajo apremia, las jornadas pueden durar 10, 12 o más horas.

¿Cuántas horas exige o espera la firma que el abogado registre de las aproximadamente 1880 horas disponibles al año? Ello depende de la filosofía y exigencia de cada despacho. Poco se conoce sobre estas exigencias en firmas de América Latina, pero las de Estados Unidos e Inglaterra reportan exigencias que van desde 1.600 horas hasta 2.300 horas. Cuando uno toma esos exorbitantes requerimientos en consideración, resulta más fácil entender por qué los abogados optan por quedarse a trabajar hasta muy entrada la noche, sacrificar algunos fines de semana, y trabajar en todo el trayecto del vuelo, como el abogado de Cravath. En menor o mayor medida, todos los abogados son prisioneros del registro de horas cobrables.

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