¿Es momento para un impuesto de sucesiones en México?

¿Es momento para un impuesto de sucesiones en México?
¿Es momento para un impuesto de sucesiones en México?
Fecha de publicación: 16/05/2018
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Recientemente la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) publicó la tercera edición (correspondiente a 2018) de la serie “Getting it Right. Prioridades estratégicas para México.” El capítulo segundo de este estudio se enfoca en el fortalecimiento de la política fiscal en México y concluye, entre otras, con la recomendación clave de “implementar un impuesto sobre la herencia”.


De igual forma, se sugiere: (i) reducir las exenciones del impuesto al valor agregado y limitar al máximo posible la tasa del 0%; (ii) reducir la tasa corporativa del impuesto sobre la renta; y (iii) aumentar los ingresos correspondientes a impuestos prediales (sobre la propiedad inmobiliaria) e impuestos verdes.


A continuación, analizamos la posibilidad de que se establezca un impuesto sobre sucesiones en México.


El artículo 93, fracción XII de la actual ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece una exención a los ingresos que obtengan las personas físicas por herencia o legado.


La actual exención en materia de herencias y legados existe, cuando menos, desde la ley del ISR publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre de 1980, que la preveía en el artículo 77, fracción XXIII. Es por esto que, en México, tradicionalmente ha existido una exención para el ISR sobre los ingresos provenientes de sucesiones.


En este sentido, la recomendación de la OCDE consiste en establecer un impuesto sobre las sucesiones, que constituiría una nueva y, en su opinión, necesaria fuente de ingresos fiscales que ayudaría a fortalecer la política fiscal mexicana.


Según datos de la OCDE, 19 de sus países miembros cuentan con un impuesto a las sucesiones, con una tasa promedio del 15%. Adicionalmente, la organización considera la posibilidad de establecer un impuesto sobre sucesiones, como una importante herramienta de combate a la desigualdad. Al gravar con un impuesto adicional la transferencia de riqueza vía sucesión, se buscaría disminuir la persistencia en la acumulación de la riqueza.


En nuestra opinión, la actual tasa total de contribución de las personas físicas en México es sumamente alta. Se sigue gravando fuertemente solo a una parte de la población, sin que se haya logrado atacar efectivamente la evasión fiscal y la informalidad. Establecer un impuesto sobre sucesiones, tendría como consecuencia un aumento en la carga contributiva de solo una parte de la población, lo que desde nuestro punto de vista no fomenta la “justicia” tributaria (conformada constitucionalmente por proporcionalidad y equidad).


Adicionalmente, el impuesto sobre sucesiones - muy probablemente - implica una doble tributación económica (no jurídica) sobre los ingresos derivados de la sucesión. Esto es así debido a que el autor de la sucesión, en su momento tributó sobre estos ingresos, y los herederos o legatarios tributarán nuevamente sobre lo que obtengan por este concepto. Si bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha señalado que la doble tributación en sí no es inconstitucional, en el caso concreto esta forma de tributación sería, cuando menos, cuestionable.


Por último, gravar los ingresos que se obtengan vía sucesión con el ISR, contribuiría al centralismo fiscal que actualmente existe en México. Esta tendencia debe revertirse paulatinamente, permitiendo que las entidades federativas recauden sus propios ingresos tributarios y ejerzan su gasto público, disminuyendo en la medida de lo posible la participación de los ingresos federales.


Derivado de lo anterior, pensamos que bajo las condiciones actuales señaladas, no es recomendable el establecimiento de un impuesto sobre sucesiones en nuestro país. Sin embargo, de corregirse esas situaciones, dicha tasa podría ser una herramienta adecuada para fortalecer la política fiscal mexicana y disminuir la desigualdad existente.

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