Más transparencia y fiscalización inteligente: Un paso adelante en la supervisión de fondos chilenos

La NGC 532 crea el “Manual de Sistema de Información de Fondos”,  que establece el formato y los plazos en que las administradoras generales de fondos chilenos (AGF) deben reportar a la CMF información sobre los fondos bajo su administración./ Tomada del sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero.
La NGC 532 crea el “Manual de Sistema de Información de Fondos”, que establece el formato y los plazos en que las administradoras generales de fondos chilenos (AGF) deben reportar a la CMF información sobre los fondos bajo su administración./ Tomada del sitio web de la Comisión para el Mercado Financiero.
La Comisión para el Mercado Financiero de Chile (CMF) publicó la Norma de Carácter General N° 532 (NCG 532), la cual creó el “Manual de Sistema de Información de Fondos”.
Fecha de publicación: 08/04/2025
Etiquetas: Chile, normativa legal, administradoras generales de fondos, fondos mutuos, fondos de inversión, regulaciones

El 28 de febrero de 2025, la Comisión para el Mercado Financiero de Chile (CMF) publicó la Norma de Carácter General N° 532 (NCG 532), la cual creó el “Manual de Sistema de Información de Fondos” (MSI de Fondos). Este manual establece el formato y los plazos en que las administradoras generales de fondos chilenos (AGF) deben reportar a la CMF información sobre los fondos bajo su administración, incluyendo fondos mutuos, fondos de inversión rescatables y no rescatables.

Además, la NCG 532 también introdujo modificaciones a la Norma de Carácter General N° 365, exigiendo la entrega de un “archivo de variables relevantes” al depositar un reglamento interno de fondo o sus modificaciones. 

La NCG 532, que reemplazaría diversas circulares y normas anteriores, entrará en vigor el 1 de diciembre de 2025, buscando unificar el formato de envío de información y la sistematización del procesamiento de datos, con el objeto de cerrar brechas de información que han surgido a partir de la evolución de los productos financieros y las necesidades más sofisticadas de fiscalización.

Esta nueva normativa no es aplicable a los fondos de inversión no registrados ante la CMF, conocidos en Chile como “fondos de inversión privados”.


Puede interesarte: ¿Cómo funcionan los E-Funds? La revolución digital de los fondos de inversión


Principales cambios de la NCG 532

La normativa introduce el MSI de Fondos, que se estructura sobre la base de siete reportes, denominados “archivos normativos”, que tratan ciertas materias que ya eran exigidas a los fondos y AGFs y otras nuevas. 

Los archivos que tratan información exigida con anterioridad por la CMF son (i) Cartera de inversión de los fondos para instrumentos distintos de contratos derivados (Archivo FONDOS01); (ii) Cartera de inversión de los fondos para instrumentos de contratos derivados (Archivo FONDOS02); (iii) Información general de gastos y remuneraciones efectivas (Archivo FONDOS03), y (iv) Activos, pasivos y patrimonio (Archivo FONDOS05). Si bien la información a ser reportada a través de estos cuatro archivos ya era requerida bajo las anteriores instrucciones de la CMF, no obstante, ha cambiado el formato de envío y, en algunos casos, la periodicidad de su reporte. Por ejemplo, la información relativa a gastos y remuneraciones efectivas se tendrá que reportar de forma diaria para los fondos mutuos y fondos de inversión rescatables y de forma mensual para los fondos de inversión no rescatables.

Los otros tres archivos normativos, representan nuevos requerimientos de información: (i) la información desagregada de gastos y remuneraciones efectivas en fondos mutuos y fondos de inversión rescatables (Archivo FONDOS04); (ii) la caracterización de los partícipes del fondo (Archivo FONDOS06), y (iii) la información sobre disminuciones de capital en fondos de inversión no rescatables (Archivo FONDOS07).

Asimismo, la NCG 532 incorpora dos exigencias adicionales: el reporte de garantías constituidas por las AGFs por cada fondo que administren conforme a lo exigido por la Ley N° 20.712 sobre la Administración de Fondos de Terceros y Carteras Individuales y la entrega sistematizada de variables principales del reglamento interno de los fondos al momento de su depósito o modificación.


Aquí puedes suscribirte a nuestros boletines 


Más transparencia y estandarización tecnológica 

El mercado de fondos chileno ha experimentado un crecimiento y diversificación importante, haciendo más compleja su fiscalización por parte del regulador. Esta actualización normativa responde a ese contexto, apuntando a reducir tiempos de análisis y mejorar la calidad de la información mediante formatos uniformes, automatización de procesos y supervisión basada en tecnología.

En primer lugar, el aumento en la frecuencia y profundidad de la información está alineado con un enfoque de supervisión basada en riesgos. Contar con datos diarios sobre gastos, activos, pasivos y patrimonio permitirá a la CMF reaccionar con mayor rapidez frente a anomalías o eventos disruptivos, garantizando un monitoreo oportuno en un entorno donde los mercados operan con gran velocidad.

Además, la incorporación de variables demográficas de los partícipes es una innovación importante. Conocer el perfil de los inversionistas, más allá de montos y volúmenes, permitirá evaluar los productos financieros están siendo dirigidos de manera adecuada o si existen riesgos sistémicos derivados de una concentración de inversionistas menos sofisticados.

Por su parte, también es un avance requerir el envío de información sobre las garantías constituidas por cada fondo, lo que, si bien ya era una exigencia legal, no contaba con una instrucción de la CMF para su reporte.

No obstante, este avance regulatorio no está exento de desafíos. El más relevante es el costo de implementación para las AGF, que deberán ajustar sistemas, rediseñar procesos y adoptar nuevos formatos de reporte. Este esfuerzo puede ser especialmente difícil para entidades de menor tamaño, por lo que será clave acompañar esta transición con guías claras y eventualmente apoyo técnico.


Mira también: Recomendaciones para levantar capital en México desde el mercado de valores y los fondos de inversión


Conclusión

La NCG 532 representa un paso significativo hacia una supervisión más efectiva, promoviendo la transparencia y modernizando el ecosistema regulatorio. Su éxito dependerá de la capacidad del regulador de implementar esta transición de forma gradual, dialogada y tecnológicamente viable. Si se ejecuta correctamente, esta norma fortalecerá la confianza en el sistema financiero, permitiendo un mercado de fondos más robusto, eficiente y confiable. 

*Cristián Eyzaguirre y Francisco Guzmán son socios de Carey. Constanza Rivera es asociada de la firma.

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.