Ley del Telonero en Chile: posibles barreras para la industria del espectáculo

La Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura ha cuestionado el hecho de que el proyecto de ley pueda establecer mayores barreras de entrada / Pixaba
La Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura ha cuestionado el hecho de que el proyecto de ley pueda establecer mayores barreras de entrada / Pixaba
Regular excesivamente un sector ligado a la cultura podría perjudicar a quienes está dirigido, encareciendo las entradas a conciertos y dificultando las negociaciones entre productores y artistas
Fecha de publicación: 15/07/2019

En enero de 2019 se retomó la discusión legislativa respecto del proyecto de ley que modifica la Ley del Telonero en Chile. El proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, fue aprobado en general el 7 de mayo y actualmente se encuentra en período de indicaciones en la comisión de educación y cultura en el Senado.

Se advierten diversas implicaciones en el estado actual de dicho proyecto, la principal de ellas es la tributaria. Al requerirse la presencia de un artista o intérprete nacional como telonero, se estarían aumentando los requisitos para acceder a la exención del pago del IVA. La ley que regula este impuesto contempla ciertos actos culturales y la industria musical como parte de una serie de bienes y servicios exentos del gravamen.

Adicionalmente, para beneficiarse de la mencionada ventaja tributaria, el proyecto obliga a los productores de eventos a contar con el patrocinio de la embajada o el consulado de la nacionalidad del artista extranjero o acreditar que su espectáculo es parte de un programa de intercambio o extensión de dicho Estado.

Dentro de los ajustes legislativos propuestos se encuentra la limitación de la cantidad de entradas que se pueden ofrecer en preventa a un 50 % de las localidades disponibles. Al respecto, la Sociedad Chilena de Autores e Intérpretes Musicales ha señalado que “este cambio no tiene ningún efecto desde el punto de vista del pago de los derechos de autor, cuyo monto es independiente de la cantidad de temas ejecutados y de la nacionalidad u origen de los autores de dichos temas o de los artistas en el escenario”.

Si bien el proyecto de ley va encaminado a las políticas que se ha propuesto impulsar el actual Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, y está en armonía con las regulaciones de otros países en la materia, no se hace cargo de resolver otros aspectos, como por ejemplo qué ocurriría cuando las condiciones del espectáculo o de los contratos impidieran la presencia de un artista nacional como telonero.

La Asociación Gremial de Empresas Productoras de Entretenimiento y Cultura ha cuestionado el hecho de que el proyecto de ley pueda establecer mayores barreras de entrada al disponer de más regulaciones para el desarrollo de la industria del espectáculo. Sería un punto crítico del proyecto, ya que existen artistas internacionales que, por contrato, exigen que en sus espectáculos no existan preámbulos a su propia música.

Esperamos con atención los siguientes pasos del proyecto en el Senado, ya que sobrerregular un sector ligado a la cultura podría traer el efecto contrario y perjudicar precisamente a quienes está dirigido, encareciendo el precio final de las entradas a conciertos y dificultando las negociaciones entre productores y artistas.

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