
En Ginebra, entre el 13 y el 24 de mayo, se celebra la Conferencia Diplomática de la OMPI sobre los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales conexos.
En orden cronológico, el trabajo de los países en torno a los recursos genéticos, conocimientos tradicionales y el folclore se remonta a los años 60. Comienzan por una necesidad de proteger las raíces de las expresiones culturales. El vínculo entre recursos genéticos y la propiedad intelectual, así como también con los conocimientos tradicionales, se origina con el Convenio de Diversidad Biológica de 1992.
Pero es en el año 2000 que la Secretaría de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) organiza una serie de misiones y mesas redondas para determinar las expectativas y necesidades de los países y comunidades indígenas y locales sobre estos temas, así como también empresas e innovadores, creándose posteriormente el Comité Intergubernamental de Recursos Genéticos, Conocimientos Tradicionales y Folclore (IGC, por sus siglas en inglés).
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Hoy, después de casi 25 años de negociaciones para encontrar consenso entre los países megadiversos —que en su conjunto albergan más de 70 % de la biodiversidad del planeta—, y los países más innovadores para acordar un justo y equitativo uso de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales, nos encontramos con una Conferencia Diplomática que revitalizará el estado de la discusión en estas materias.
Se trata de un asunto muy sensible y complejo que, ciertamente, involucra a todos los territorios con presencia de recursos endémicos y comunidades indígenas y locales.
Para entenderlo de manera simple, no hay nada mejor que proponer un ejemplo de cómo la propiedad intelectual juega un rol esencial en este debate: pensemos en una patente de invención que contiene, de alguna manera, un recurso genético que solo encontramos en los territorios de una comunidad local o indígena.
Resulta que ese recurso genético, que pudo ser obtenido en una expedición científica, tras ser analizado, se descubre que puede ser un recurso extraordinario para la cura del cáncer de piel. Es así como estos científicos que investigaban en una Universidad, patentan una invención que contiene este recurso y luego lo transfieren a un laboratorio para que, este revolucionario tratamiento químico, pueda ser comercializado y, quizá, curar el cáncer de piel en una parte de la población.
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Aquí surge la pregunta esencial: ¿Qué gana la comunidad indígena que vive en el único territorio donde existe este recurso? ¿Qué beneficio debería tener esta comunidad? Si la comunidad no quiere dar acceso a su territorio para acceder a este recurso genético, ¿debemos quedarnos sin la cura del cáncer de piel?
Las preguntas son muchas, pero en 25 años no se ha logrado un equilibrio entre los países megadiversos y ricos en conocimientos tradicionales y aquellos que quieren acceder a estos para avanzar en mejorar el día a día de sus habitantes.
Quienes nos vinculamos al mundo de la propiedad intelectual estamos expectantes por revisar los avances de esta Conferencia Diplomática. La discusión se ha acotado a la adopción de un instrumento jurídico internacional.
Este futuro instrumento tiene como objetivo aportar “eficacia, transparencia y calidad al sistema de patentes” y “evitar que se concedan patentes erróneamente con respecto a invenciones que no son novedosas o no conllevan actividad inventiva con respecto a los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos”.
*Catalina Olivos es socia de Santa Cruz IP.
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