¿Uber incurre en competencia desleal en Chile? Corte Suprema dice que no

Los dos grupos acusaron a la plataforma de competencia desleal por “desviar” a sus potenciales clientes / Lexi. Anderson - Unsplash.
Los dos grupos acusaron a la plataforma de competencia desleal por “desviar” a sus potenciales clientes / Lexi. Anderson - Unsplash.
La resolución favoreció definitivamente a Uber, que ya en marzo de 2021 había obtenido una victoria cuando el TDLC rechazó las demandas
Fecha de publicación: 25/01/2023

El miércoles 18, la Corte Suprema de Chile ratificó la sentencia en la que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) resolvió la demanda que el Sindicato de Trabajadores Independientes Chile Taxi y un grupo de taxistas interpusieron en 2017 contra Uber Technologies Inc., por supuestas infracciones a la normativa sectorial aplicable a los taxistas, la legislación laboral y tributaria y a la Ley de Competencia, mediante actos de competencia desleal.

La resolución del caso favoreció a Uber definitivamente. En marzo de 2021 ya había obtenido una victoria cuando el TDLC rechazó las demandas, antes de que los demandantes apelaran ante la Corte. Esta instancia confirmó la decisión del TDLC y determinó que no se habían probado actos de competencia desleal, lo que significa que Uber no cometió infracción alguna, asimismo, la Corte condenó a los sindicatos de taxistas a pagar los gastos judiciales por un monto que no se ha determinado a la fecha.

DLA Piper Chile fue el defensor de Uber, mientras que Rodrigo Logan (abogado independiente) asesoró al Sindicato y Weinborn & Weinborn Asociados asesoró al otro grupo de trabajadores.

El caso en realidad consistió de dos demandas presentadas separadamente en marzo de 2017 ante el Tribunal, la del Sindicato fue contra Uber, EasyTaxi y Cabify, y la otra contra Uber solamente, aunque ambas —explica DLA Piper— fueron acumuladas a la primera pues “los hechos que las fundaban eran prácticamente los mismos y correspondía que terminaran con una única sentencia”.


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Los dos grupos acusaron a la plataforma de competencia desleal por “desviar” a sus potenciales clientes hacia esta, al no cumplir con la regulación sectorial y aprovecharse de la mala reputación de los taxistas. También acusaron a Uber de infracción de normas, abuso de posición dominante y precios predatorios que irrespetaban la regulación de precios establecida en Chile para los taxis.

Sofía O’Ryan, consejera de DLA Piper Chile, explicó que “técnicamente era esperable una victoria, ya que no se cumplían con los requisitos de los ilícitos demandados”. Además, indicó, a lo largo del periodo probatorio los demandantes aportaron pocas pruebas que sustentaran sus acusaciones, lo que llevó al TDLC a dictar, el 15 de marzo de 2021, que ninguna de las plataformas había incurrido en los ilícitos imputados y que no hubo prueba de infracción de normas.

Lo que se dijo ante el TDLC

De acuerdo con las demandas, Uber incurrió en competencia desleal, desviación de clientela y abuso de posición dominante por infracción del artículo 3º, literal ‘c’ del Decreto Ley Nº 211, y precios predatorios según el artículo 3, literal ‘b’ del Decreto Ley Nº 211. Estas también alegaron que la competencia desleal por infracción de ley se basó en el transporte ilegal de pasajeros, la evasión de la ley tributaria y la infracción de la ley laboral a través del uso de plataformas en línea, lo que les permitía evadir las exigencias del trabajo para los taxistas tradicionales y rebajar sus costos en al menos 30 %, al no aplicar los mismos estándares que el ordenamiento sectorial exige a los taxis.

Los ilícitos por los que fue señalado Uber requieren de prejudicialidad, “es decir, que la autoridad competente haya declarado previamente dicha infracción, lo que no ocurría en el caso, es más existía un proyecto de regulación que está siendo tramitado (hoy bastante avanzado) y no hay antecedentes de abuso de posición dominante ni precios predatorios”, explicó la firma.


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Dentro de la Ley N° 20.169 que regula la Competencia Desleal en Chile, se considera competencia desleal “toda conducta contraria a la buena fe o a las buenas costumbres que, por medios ilegítimos, persiga desviar clientela de un agente del mercado” como “toda conducta que aproveche indebidamente la reputación ajena, induciendo a confundir los propios bienes, servicios, actividades, signos distintivos o establecimientos con los de un tercero” o “el uso de signos o la difusión de hechos o aseveraciones, incorrectos o falsos, que induzcan a error sobre la naturaleza, proveniencia, componentes, características, precio, modo de producción, marca, idoneidad para los fines que pretende satisfacer, calidad o cantidad y, en general, sobre las ventajas realmente proporcionadas por los bienes o servicios ofrecidos, propios o ajenos”, faltas que no se probó hayan sido cometidas por la plataforma.

Asesores legales

Asesores de Uber Technologies, Inc.:

DLA Piper Chile: Socios Matías Zegers y Felipe Bahamondez. Consejera Sofía O’Ryan.

Asesores de Sindicato de Trabajadores Independientes Chile Taxi: Rodrigo Logan (abogado independiente).

Asesores del segundo grupo de taxistas:

Weinborn & Weinborn Asociados: Socio Eric Sebastián Weinborn.

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