El Tribunal Electoral de México define a los "nuevos" jugadores políticos

México Libre, la asociación formada por Margarita Zavala y el expresidente de México, Felipe Calderón / Fuente: México Libre
México Libre, la asociación formada por Margarita Zavala y el expresidente de México, Felipe Calderón / Fuente: México Libre
Los magistrados rechazan el movimiento del expresidente Felipe Calderón y avalan proyectos de viejos partidos afines al actual Gobierno de López Obrador
Fecha de publicación: 14/10/2020

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de México (TEPJF), tras una jornada de más de siete horas, resolvió este 14 de octubre diversos recursos de apelación sobre el registro de asociaciones como partidos políticos. Los puntos más importantes se debatieron entre la acreditación de un precepto constitucional: los partidos no pueden conformarse por asociaciones de culto ni sindicatos. 

Aunque 89 solicitudes fueron consideradas (de las 106 originales) como procedentes por el Instituto Nacional Electoral (INE) para constituirse como partidos, solo siete continuaron el proceso de registro entre el 21 y 28 de febrero de este año. La pandemia fue uno de los grandes desincentivos para que las organizaciones formalizaran su intención. Entre las siete que sí continuaron el proceso están México Libre, Partido Encuentro Solidario, Redes Sociales Progresistas y Fuerza Social por México.

Mexico Libre 

Tras haber sido rechazado por el INE, el primer recurso de apelación fue presentado por el representante legal de Libertad y Responsabilidad Democrática, mejor conocido como México Libre, la asociación formada por Margarita Zavala y el expresidente de México, Felipe Calderón, quienes fueron militantes del Partido Acción Nacional (PAN). El exmandatario ha sido señalado por el actual presidente Andrés Manuel López Obrador de haber “robado la presidencia” en las elecciones de 2006 cuando ambos se postularon al cargo. Calderón es uno de los expresidentes cuyo juicio político será sometido a una consulta ciudadana en las próximas elecciones

En concordancia con el INE, desde el proyecto de resolución elaborado por el ministro José Luis Vargas Valdez el TEPJF falló contra su registro. Aunque es poco común, el proyecto se dio a conocer un día antes de su votación a través de las redes sociales del ministro, pues este consideró que se trataba de un asunto de interés general. 

Este proyecto obtuvo cuatro votos a favor y tres en contra, justo los necesarios para confirmar la negativa. La decisión se sustenta, entre otras razones, porque no fue acreditado el origen de recursos de diversos aportantes, lo que impidió a la autoridad electoral comprobar el origen lícito de los recursos con los que financiaron su constitución como partido político nacional.

De acuerdo con la resolución, el derecho de asociación se ve afectado por irregularidades sistemáticas cometidas por la misma organización. Un ejemplo de ellas es el ítem titulado “gastos de publicidad en Internet no comprobados” en el que el INE le pidió a la asociación que justificara los gastos en los que había incurrido. La autoridad electoral identificó una diferencia de 2.760 dólares entre lo reportado por Facebook y lo que aseguró la organización. 

En la resolución emitida por el INE se detalla que la organización rebasó el límite del 5 % permitido para aportaciones de personas no identificadas. Tras la fiscalización de sus donaciones se acreditó que 8,18 % de los ingresos recibidos no eran identificables, de tal forma determinó que había “ausencia de legalidad y transparencia” en “las actividades tendentes a la formación de un partido político”. Estas donaciones fueron realizadas mediante el dispositivo Clip, una terminal móvil que se adhiere a un dispositivo electrónico y permite el pago con tarjetas de débito o crédito, pero que no permite identificar al aportante, de acuerdo con el INE. 

El ministro Vargas Valdez estimó que estos hechos implican la vulneración de los principios constitucionales de transparencia, rendición de cuentas, certeza y pulcritud que repercuten en la concesión del registro.

Encuentro Solidario 

La segunda resolución del Tribunal tiene que ver con la asociación Encuentro Solidario, que fue señalada por el PAN y por la agrupación política nacional “Ciudadanos en Transformación” por recibir donativos de hasta 1.598 dólares de instituciones religiosas, además de tener miembros de culto con cargos importantes en sus asambleas y encargados de recabar aportaciones. Tanto el PAN como Ciudadanos en Transformación apelaron la decisión del INE de confirmar su registro como partido político.

Encuentro Solidario surge del extinto Encuentro Social, partido que -a pesar de aliarse con el actual oficialista Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA) en 2018- no consiguió el 3 % mínimo de votos en las elecciones federales necesarios para mantener su registro. De ahí que en enero pasado solicitaron un nuevo partido con nombre diferente. 

La encargada del proyecto de sentencia para esta asociación fue la ministra Janine M. Otálora, quien propuso revocar el registro de partido con la primicia de que las instituciones de culto y los sindicatos son entes prohibidos en el proceso de constitución de un partido político, bajo la consigna de cumplir con el principio de laicidad. 

El proyecto obtuvo seis votos en contra, lo que confirmó la decisión del INE. Quienes estuvieron a favor de Encuentros Solidario argumentaron que las asambleas en las que habían participado los ministros de culto fueron anuladas por el INE, de ahí que se cumpliera el proceso de constitución del partido.

Fuerza Social por México 

Fuerza Social por México ha sido vinculada con organizaciones gremiales, concretamente con la Confederación Autónoma de Trabajadores y Empleados de México (CATEM) y con su líder sindical, Pedro Haces Barba, quien es militante de Morena. Se acreditó que diversos miembros del sindicato, como Pedro Enrique Haces Lago, Óscar Octavio Albores de la Riva, Elizabeth Bravo Guerrero, entre otros, fueron designados delegados propietarios o auxiliares en las diversas asambleas celebradas por esta asociación.

Acerca de la injerencia del CATEM, el mismo magistrado encargado del proyecto sobre el partido México Libre mencionó que era evidente que no existía indicio de logística, organización o acarreo de militantes o sindicalizados para llegar a dichas asambleas. 

De ahí que el Tribunal ordenó al INE revisar de nuevo el procedimiento mediante el cual anuló cinco asambleas, que contabilice las firmas recabadas en esos eventos y que determine si se obtiene el registro. 

Redes Sociales Progresistas 

Redes Sociales Progresistas (RSP) es una organización vinculada con Elba Esther Gordillo, quien fue líder del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) y acusada en 2013 por operar recursos de procedencia ilícita, aunque en 2018 se le retiraron los cargos. 

A pesar de esto, el pleno determinó que la presencia de organizaciones sindicales en las asambleas de 10 Estados del país no había sido acreditada, por lo tanto, ordenó al INE emitir una nueva resolución que otorgue el registro a la asociación. El proyecto de sentencia, elaborado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, fue avalado por la mayoría de los magistrados. 

 

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