Toyota gana juicio por la supuesta formación de un cártel automotriz en Argentina

Toyota y otros siete fabricantes de autos fueron sancionados con multa en diciembre de 2014 / Pixabay
Toyota y otros siete fabricantes de autos fueron sancionados con multa en diciembre de 2014 / Pixabay
La Corte Suprema rechaza el último recurso interpuesto por el Gobierno
Fecha de publicación: 18/08/2019

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina declaró inadmisible un recurso extraordinario federal interpuesto por el Estado ante la revocatoria de una imputación contra Toyota y otras siete automotrices, por la supuesta conformación de un cártel para comercializar vehículos nuevos en la provincia de Tierra del Fuego, en el sur del país.

Abeledo Gottheil Abogados, que representó a Toyota en este caso, explicó que el pronunciamiento, de fecha 16 de julio, otorga carácter de cosa juzgada a la decisión dictada por la Sala Civil de la Cámara de Apelaciones de la ciudad de Comodoro Rivadavia, en la provincia argentina de Chubut. El Estado argentino fue asesorado por abogados internos.

Con esto “queda revocada definitivamente la imputación y sanción impuesta por la Secretaría de Comercio Interior de la Nación”, declaró el bufete.

En agosto de 2015, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro revocó la imputación de cartelización y multas impuestas por la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Finanzas contra Toyota Argentina y las otras siete fabricantes de vehículos por 16,9 millones de dólares (1.000 millones de pesos argentinos al 16 de agosto). Además, la instancia ejecutiva había ordenado el cese de las presuntas conductas anticompetitivas.

En diciembre de 2014, siete de las automotrices fueron sancionadas con una multa de 2,5 millones de dólares (150 millones de pesos al 16 de agosto), Toyota con 1,7 millones de dólares (104,1 millones de pesos al 16 de agosto) y Honda con 951.786 dólares (50 millones de pesos al 16 de agosto). La decisión fue consecuencia de una investigación realizada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) desde 2008 por denuncia de concesionarios. La investigación fue abierta en 2010 y en 2012 se amplió a Toyota y las fabricantes citadas, además de Mercedes-Benz, Hyundai y Kia, así como al concesionario Ditecar.

Las empresas afectadas intentaron sin éxito recursos de nulidad y excepciones ante la CNDC. La Secretaría de Comercio Interior determinó que Toyota y las subsidiarias de Volkswagen, General Motors, Renault, Ford, Fiat Auto, Peugeot Citroën y Honda Motor en ese país, denominadas las terminales, concertaron precios de venta de vehículos en perjuicio de los consumidores.

El Diario del Fin del Mundo reseñó que para la Cámara de Apelaciones las pruebas que certificarán la existencia de un cártel fueron insuficientes. En un análisis del caso, RCTZZ Abogados agregó que la Cámara de Comodoro consideró que las diferencias de precios podrían depender de las exenciones impositivas que aplican en esa región del país, pero también de los diferenciales de costos para las concesionarias y de las diferentes elasticidades de la demanda en los mercados.

Señaló que -de acuerdo con la Cámara- la dispersión de comportamientos impide considerar una política de fijación de precios como parte de una colusión sino más bien como una política de fijación individual de precios.

Abeledo Gottheil comentó que la decisión de la Corte Suprema de Justicia es un novedoso antecedente mediante el cual se identificaron los requisitos que deben acreditarse para considerar probada la existencia de un cártel o acuerdo colusivo. Señaló que con ello se confirma que los meros indicios no bastan para tener por satisfecha la existencia de acuerdo tácito o paralelismo consciente, incumbiendo a la autoridad regulatoria acreditar la existencia de la conducta anticompetitiva.


Asesores legales

Asesores de Toyota Argentina S.A.:

  • Abeledo Gottheil Abogados: Socios Javier F. Gelis y Rodrigo Hernández.
  • Abogados in-house: Edgard Mihailovitch, Alfredo Álvarez Páramo y María Luz Reyero.

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