Oaxaca y su Ley de Amnistía para mujeres sentenciadas por aborto u homicidio en legítima defensa

La Ley de Amnistía aplica “siempre que (la mujer) no sea reincidente respecto del delito por el que esté procesada o sentenciada”. / Raquel Fabregat Moliner, Flickr.
La Ley de Amnistía aplica “siempre que (la mujer) no sea reincidente respecto del delito por el que esté procesada o sentenciada”. / Raquel Fabregat Moliner, Flickr.
Se creará una comisión para aquellos casos en los que se estime que los hechos no encuadran en los supuestos previstos.
Fecha de publicación: 04/11/2021

El Congreso de Oaxaca aprobó esta semana la nueva Ley de Amnistía en favor de mujeres investigadas, imputadas, procesadas o sentenciadas en casos de aborto u homicidio en el ejercicio de la legítima defensa frente a actos de violencia de género. 

La iniciativa fue promovida por las diputadas Hilda Graciela Pérez Luis, Rocío Machuca Rojas, Delfina Elizabeth Guzmán Díaz, Elisa Zepeda Lagunas, Laura Estrada Mauro, Gloria Sánchez López y Arcelia López Hernández, integrantes del Grupo Parlamentario de Morena; Elim Antonio Aquino, del Grupo de Mujeres Independiente, y Aleida Serrano Rosado y Saúl Cruz Jiménez, de PT.

El dictamen se impulsa como “mecanismo de justicia considerando que la violencia hacia las mujeres en Oaxaca es interseccional, estructural y sistémica, que se agrava en el caso de las mujeres indígenas”. La Ley, que reúne 11 artículos y tres transitorios, establece que la amnistía sea aplicable en favor de aquellas mujeres que se encuentren en calidad de indiciadas, imputadas, procesadas o vinculadas a proceso o se les haya dictado sentencia ante los tribunales del estado de Oaxaca. Lo señalado, “siempre que no sea reincidente respecto del delito por el que estén procesadas o sentenciadas, cometidas antes de la fecha de la entrada en vigor de esta ley”.

Esta disposición genera optimismo en Oaxaca, luego de que un informe publicado en agosto de este año revelara su resistencia en la aplicación de la Ley de Amnistía propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador a favor de personas condenadas o en prisión preventiva por delitos entre los que figura el aborto. 

Se creará Comisión para casos especiales

Según estadísticas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Oaxaca ocupa el sexto lugar entre los estados con mayor tasa de feminicidios por cada 100 mil mujeres. Este indicador supera el calculado desde el fuero nacional, donde es sabido, como afirmó recientemente Fabiola Alanís, directora de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), que la violencia contra las mujeres en México es “grave e inocultable”. 

En el caso de Oaxaca, esto se traduce en 566 asesinatos violentos de mujeres en lo que va de la gestión del gobernador Alejandro Murat, según reporte del Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad al 31 de octubre. Esto da idea del contexto en el que esta Ley de Amnistía será también aplicada en favor de mujeres que hayan cometido homicidio contra su agresor “y que durante el proceso hayan alegado legítima defensa”. 

Ante la complejidad de esta ley de amnistía, se estipula en el dictamen que el gobernador de Oaxaca integre una Comisión encargada de coordinar aquellos actos que den cumplimiento “a la aplicación de este ordenamiento, en los casos que se considere que un hecho no encuadra dentro de los supuestos previstos”.

Esta comisión será integrada por los titulares de las Secretarías General de Gobierno, de las Mujeres de Oaxaca y  de Seguridad Pública, así como por la Fiscalía General del Estado y los congresistas que presidan las Comisiones Permanentes de Administración, de Administración y Procuración de Justicia y de Igualdad de Género del Congreso del Estado.

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