Midjourney vs Kristina Kashtanova: USCO resuelve que creaciones de las IA no se pueden registrar

La carta de la USCO puede no ser la última palabra sobre el alcance de la protección de Zarya / Foto: Midjourney
La carta de la USCO puede no ser la última palabra sobre el alcance de la protección de Zarya / Foto: Midjourney
USCO: Las ediciones de Kashtanova fueron menores e imperceptibles para proporcionar la creatividad necesaria.
Fecha de publicación: 08/03/2023

“Las imágenes de la obra que fueron generadas por la tecnología Midjourney no son producto de la autoría humana”. Con estas palabras, la Oficina de Derechos de Autor de los Estados Unidos (USCO, por sus siglas en inglés) retiró parcialmente el registro —y, por ende, protección— de copyright de la novela gráfica Zarya of the Dawn, de Kristina Kashtanova, cuyo texto fue creación de la escritora, pero sus imágenes fueron creadas por Midjourney, un laboratorio de investigación independiente que explora diseño generado por inteligencias artificiales.

Esta sentencia es bastante propicia, tomando en cuenta que estamos en medio de una revolución de lo digital. Diversas inteligencias artificiales están no solo ocupando titulares sino también espacios creativos y a veces jurídicos y del mundo de la programación. La discusión más reciente se ha centrado en cuáles son los alcances en materia de propiedad intelectual y autoría de estas inteligencias.

Por ahora, ya una agencia gubernamental zanjó el asunto: las IA generativas no son autores por lo que, en consecuencia, no tienen derecho a registrar obras.

Las palabras que abren este texto fueron escritas por Robert J. Kasunic, director de Políticas y Prácticas de Registro de la Oficina, y pertenecen a una respuesta que el funcionario envió a Van Lindberg, socio de Taylor English Duma LLP, representante legal de Kashtanova y quien defendió ante la USCO el registro de la obra, debido a que su validez empezó a ser revisada en octubre de 2022, en vista de que cuando concedieron el registro de derechos de autor desconocían que parte de la novela gráfica había sido creada por Midjourney. Por esta razón, iniciaron la cancelación de su registro basado en que “la información en la solicitud era incorrecta o, como mínimo, sustancialmente incompleta”.


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El registro al final será parcial, tomando en cuenta que la parte escrita de la obra sí fue generada por un(a) autor(a) humano(a), esta decisión fue aceptada por Kashtanova, aunque en su momento la escritora (quien también seleccionó las imágenes y coordinó la apariencia y edición de la novela) dijo que lucharía por el registro total de Zarya of the Dawn, junto con sus abogados. 

Los argumentos de Taylor English Duma LLP en defensa de la obra se centraron en explicar que Kashtanova escogió las imágenes y su disposición, aparte de editarlas para adaptarlas a su concepción del aspecto que debían tener. Adicionalmente, recordaron que la Oficina permite el uso de herramientas informáticas, “el proceso de refinamiento ilustrado anteriormente es similar a los procesos utilizados en otras imágenes registradas por la Oficina todos los días”, comparando su uso con el de programas como Adobe Photoshop “como parte de un proceso iterativo para refinar las imágenes para que coincidan con su intención expresiva”, por lo que el uso de Kashtanova del servicio Midjourney no es diferente, dijeron.

Pero para la Oficina de Derechos de Autor, si bien muchos creadores usan softwares para generar imágenes, Midjourney no es predecible, es decir, “escoge” por sí mismo qué hacer, por lo que no puede ser comparado con otras herramientas de generación de imágenes ni concederse sobre estas derechos de autor. Además, dijo la Oficina, las ediciones de Kashtanova fueron “demasiado menores e imperceptibles para proporcionar la creatividad necesaria para la protección de los derechos de autor”.


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Abogados de Cooley LLP explicaron que la carta de la USCO “puede no ser la última palabra sobre el alcance de la protección de Zarya”, ya que de acuerdo con el título 37 del Código Federal de Regulaciones de Estados Unidos, “Kashtanova tiene derecho a solicitar la reconsideración de la determinación de la USCO y ha indicado públicamente que tiene la intención de responder. En cualquier caso, es probable que otras partes renueven y elaboren los argumentos de Kashtanova y presenten nuevos argumentos para reclamar la protección de derechos de autor para sus propios trabajos asistidos por IA”. 

Asimismo, la Oficina todavía debe evaluar otras aristas relacionadas con el uso de IA generativas y su protección en propiedad intelectual, como si la empresa que crea y opera una plataforma IA puede ser considerada coautora o un artista comisionado.

Por ahora, y limitándose a lo práctico, “los usuarios de plataformas de IA generativa deben tener en cuenta la decisión de la USCO sobre la protección de obras asistidas por IA que no sean componentes de una compilación. Existe el riesgo de que tales obras sean consideradas no protegibles por la USCO, al menos en parte”, explicaron los expertos, antes de recomendar que quienes aspiren a obtener protección por derechos de autor en obras creadas con ayuda de estas plataformas deben documentar el proceso de realización “incluido el alcance de las contribuciones expresivas añadidas a la producción asistida por IA”.

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