México alista una reforma para desaparecer la subcontratación de trabajadores

La iniciativa del presidente busca terminar con las simulaciones laborales a través de la supervisión de prestadores de servicios y empresas contratantes / Fuente: Presidencia
La iniciativa del presidente busca terminar con las simulaciones laborales a través de la supervisión de prestadores de servicios y empresas contratantes / Fuente: Presidencia
El presidente López Obrador presenta una iniciativa que solo permitiría la contratación de servicios especializados que no formen parte del objeto social de la empresa
Fecha de publicación: 12/11/2020

La figura de la subcontratación en México está regulada en la Ley Federal del Trabajo desde 2012. Este modelo laboral surge para que las empresas o personas físicas puedan contratar personal externo a través de otras empresas. La figura ha sido abusada por empresas para pagar menos impuestos y prestaciones a sus empleados quienes, técnicamente, trabajan para otras empresas. También ha sido utilizada para evitar posibles demandas laborales.

El presidente Andrés Manuel López Obrador afirma que este régimen laboral ha llevado a las prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los trabajadores. De ahí que este jueves 12 de noviembre haya presentado una iniciativa de reforma para prohibir la subcontratación de personal, también conocida como outsourcing

La iniciativa busca terminar con las simulaciones laborales, mediante la supervisión de los prestadores de servicios y las empresas contratantes. En consecuencia, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social será la encargada de otorgar el carácter de “especializado” a los servicios que presten las empresas o personas físicas. La Secretaría intercambiará información con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y, una vez que se asegure de que el prestador de servicios está al corriente con sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social, podrá otorgar la autorización respectiva. Con cada autorización emitida se irá formando un acervo o padrón de prestadores de servicios especializados. Por su parte, los que contraten estos servicios especializados deberán cumplir con la formalización de un contrato donde se especificará el objeto de los servicios a proporcionar y el número de trabajadores que se emplearán.

La reforma también contempla una figura de intermediario para las agencias que participan en el proceso de contratación de personal y que no se les tome en cuenta para el cumplimiento de obligaciones patronales. 

Se prevén varias sanciones para quienes continúen prestando o contratando servicios en un esquema de subcontratación distinto al que estipule la ley y la reincidencia será considerada una agravante para la imposición de una nueva multa. Para lo anterior, se incluirá en el Código Fiscal de la Federación que la subcontratación de personal de forma ilegal constituye una calificativa en la comisión del delito de defraudación fiscal y sus equiparables.

En materia de seguridad social, la iniciativa busca que los contratantes sean responsables solidarios en relación con los trabajadores contratados cuando la empresa que está prestando el personal no cumpla con sus obligaciones patronales. Además, se facultará al Instituto Mexicano del Seguro Social para que pueda imponer sanciones por presentar fuera del plazo o no presentar información de los contratos celebrados para la prestación de servicios. 

En materia fiscal, López Obrador afirma que la figura de la subcontratación ilegal está ocasionando una disminución “extraordinaria” en la recaudación de los recursos del país. En lo que respecta al Impuesto Sobre la Renta (ISR), se hacen deducciones falsas y en el caso del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se hace una acreditación indebida. Por lo tanto, los comprobantes expedidos con motivo de la subcontratación de personal serán deducibles siempre que se acredite que la empresa contratista ha realizado correctamente el pago de los salarios a los trabajadores, las retenciones en materia del ISR y las que corresponden a las cuotas de obreros patronales. Será necesario recabar información similar para que el impuesto al valor agregado trasladado al contratante por la prestación de los servicios del contratista sea acreditable. 

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