Demanda colectiva contra Figma expone robo de datos de usuarios para entrenar IA

El OECD.AI clasificó el proceder de Figma como un “incidente de IA” / Afshin T2Y - Unsplash.
El OECD.AI clasificó el proceder de Figma como un “incidente de IA” / Afshin T2Y - Unsplash.
Usar las UI que se diseñaron con Figma viola los secretos comerciales de los usuarios, así como los contratos suscritos entre ellos y la compañía.
Fecha de publicación: 26/11/2025

La plataforma basada en la nube de diseño colaborativo para interfaces de usuario (UI) Figma es objeto de una demanda colectiva directa, presentada ante el Tribunal para el Distrito Norte de California División de San Francisco, que alega que la compañía explotó datos confidenciales de clientes y propiedad intelectual sin su consentimiento para entrenar a sus herramientas de inteligencia artificial (IA) generativa. Esta demanda se centra en cuestiones cruciales de propiedad intelectual, incumplimiento de contrato, violación de secreto comercial y privacidad de datos.

El principal argumento de la demanda, que vino justo después de que Figma tuvo un debut de 1.200 millones de dólares en bolsa, es que esta empresa roba la propiedad intelectual de sus clientes para entrenar sus herramientas de inteligencia artificial, en un claro uso ilícito del trabajo patentado de los creadores que la usan, así como de los datos subidos por los usuarios. Usar las UI que se diseñaron con Figma viola los secretos comerciales de dichos usuarios (millones de individuos y empresas), así como los contratos suscritos entre ellos y la compañía y los datos cargados en la plataforma.  

El hecho de que todo esto se haya llevado a cabo sin el permiso expreso de los usuarios constituye un claro incumplimiento de las obligaciones de la empresa de no utilizar los datos de los clientes para el entrenamiento de IA generativas. Los demandantes afirman que los usuarios fueron automáticamente admitidos en prácticas de uso de datos sobre las que no fueron debidamente informados, lo que les impidió saber que su contenido creativo podría contribuir al avance comercial de las capacidades de IA de Figma.


Recomendamos: OpenAI vs. NYT: ¿Es necesario revisar chats privados para defender el copyright?


Como los diseños y los materiales de creación de prototipos de productos subidos a la plataforma se consideran activos y secretos comerciales, el uso no autorizado de estos constituye una violación de sus derechos de propiedad intelectual y de la protección de los secretos comerciales según la legislación aplicable, que además comportan un impacto económico. La demanda vincula explícitamente la presunta apropiación indebida con el éxito financiero de la empresa, afirmando que la práctica no autorizada “contribuyó a fortalecer las capacidades tecnológicas de la empresa antes de su reciente salida a bolsa de 1.200 millones de dólares, impulsando en última instancia su valoración de mercado”.

Este planteamiento busca establecer que el perjuicio sufrido por los clientes no se limita solo al uso no autorizado de sus obras creativas, sino también al posible daño económico derivado de las supuestas ganancias financieras de Figma basadas en el robo de propiedad intelectual de terceros. Figma, por supuesto, ha negado haber incurrido en cualquiera de estos ilícitos y se ha aferrado a la afirmación de que han actuado con transparencia, de que no han usado los datos de nadie para entrenar modelo alguno sin autorización explícita y que, incluso, en el caso del uso de datos para los que sí obtuvieron permiso, esos han sido anonimizados y usados “únicamente en patrones generales”.

Carter Greenbaum, socio de Greenbaum Olbrantz LLP (Newport Beach), firma que representa a los demandantes, afirmó que este caso pone de manifiesto que los clientes deben estar seguros de que su trabajo no se utiliza en secreto para entrenar IA. La demanda también resalta las conductas de muchas empresas SaaS, que deberían empezar a encontrar un equilibrio (si no lo han hecho) entre el uso aceptable de los datos que manejan, para la mejora de sus productos, y la infracción de propiedad intelectual procesable mediante el desarrollo comercial de IA. El resto de las firmas que asesoran a los demandantes son Ahdoot & Wolfson, PC (Burbank) y Freedman Normand Friedland LLP (Nueva York).


Para leer: Ley N° 11.723: Argentina reforma sistema de gestión de derechos colectivos y pone fin al monopolio del Sadaic


El resultado de la demanda puede que redefina los parámetros que constituyen “autorización implícita” frente a “consentimiento explícito” al utilizar datos ajenos para entrenar modelos generativos. La gravedad de las presuntas infracciones de Figma es tan reconocida internacionalmente que el observatorio OECD.AI (de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) clasificó el proceder de Figma como un “incidente de IA”, debido al incumplimiento de las obligaciones destinadas a proteger los derechos de propiedad intelectual de sus usuarios. 

Esto se ajusta a la definición de incidente de IA, ya que el desarrollo y el uso de sistemas de IA han conllevado directamente el incumplimiento de las obligaciones legales aplicables para proteger los derechos de propiedad intelectual. El daño se materializa en un presunto uso no autorizado y un posible perjuicio económico para los clientes, como se refleja en la demanda, escribieron.

Que este observatorio de políticas de IA haya calificado lo expuesto por la demanda de esta manera subraya para muchos las amplias implicaciones del caso para los marcos internacionales de gobernanza de la IA, que podrían entrecruzarse con los requisitos de cumplimiento establecidos por normas de privacidad de datos como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) europeo o la Ley de Privacidad del Consumidor de California (CCPA).

Como los demandantes han elevado la posible magnitud financiera del caso, desplazando el enfoque de la simple indemnización por daños compensatorios a posibles daños punitivos o reclamaciones de restitución destinadas a revertir las supuestas ganancias ilícitas derivadas de una entrada inflada en el mercado, Figma se arriesga a que la compensación que podría verse obligada a pagar vaya más allá de la mera revisión de sus acuerdos de usuario y se vincule directamente a su estructura de capital y a su historial de divulgación financiera. Además, incrementó su valoración para su reciente oferta pública inicial en decenas de miles de millones de dólares robando sistemáticamente la propiedad intelectual de sus clientes.


Video: ¿Qué implica el fallo de la SCJN de México sobre la protección de derechos de autor para obras hechas por IA? 


En el período previo a su salida a bolsa, Figma lanzó productos de IA generativa que catalizaron su altísima valoración. Figma desarrolló estos productos de IA entrenando sus modelos con datos propios y recursos creativos que los clientes habían subido a la plataforma. Sin embargo, Figma nunca pidió permiso a sus clientes. Al contrario, durante años les prometió a sus clientes que no utilizaría sus datos para sus propios fines, incluido el entrenamiento de modelos de IA. Sin embargo, el año pasado, Figma, de forma silenciosa y unilateral, incorporó a amplios sectores de sus clientes a su programa de entrenamiento de datos de IA. Como resultado, la propiedad intelectual de esos clientes ha sido, y será indebidamente, malversada en beneficio de Figma por terceros no autorizados que utilizan sus productos, se lee en el documento introducido a la corte. 

¿Por qué es importante este señalamiento?

Figma estuvo a punto de ser comprada por Adobe, en medio de una adquisición que –si se hubiese concretado– estaba tasada en 20.000 mil millones de dólares y estuvo sometida a un intenso escrutinio (más bien oposición) antimonopolio internacional de parte de organismos como la Comisión Europea (CE), la Autoridad de Competencia y Mercados del Reino Unido (CMA) y el Departamento de Justicia de EE. UU. (DOJ) que, al final, condujo al abandono de la propuesta de adquisición. Esto tuvo un efecto cascada que afectó la valoración de Figma y se ligó al pago de una comisión de rescisión inversa de 1.000 millones de dólares en efectivo.

Como resultado de esta rescisión, Figma recibió un capital extra que le permitió no solo cubrir de dos a tres años de gastos operativos sino también el seguir compitiendo y prepararse para una oferta pública inicial ventajosa, con todas las herramientas necesarias y posibles, incluida una salida que contara con una IA generativa bien entrenada.

El fracaso de la propuesta de adquisición de Adobe por 20.000 millones de dólares obligó a Figma a esforzarse por articular una base convincente para mantener la confianza de los inversores en la posición de mercado a largo plazo de la compañía y su potencial de ingresos. (...) Sin un comprador adecuado y con una valoración desinflada, Figma comenzó a prepararse para una oferta pública inicial (OPI) y buscó reinventar su cartera de productos con una estrategia de comercialización revisada, centrada en la implementación de nuevas herramientas de IA, apuntó la demanda.


No te pierdas: ¿Cómo avanza la regulación del cannabis medicinal en Latinoamérica y qué países lideran su desarrollo medicinal e industrial?


Volviendo al análisis competitivo, la CMA hizo su investigación, en Fase 2, en virtud de la Ley de Empresas de 2002 de Reino Unido, a pesar de que el acuerdo no cumplía con el umbral legal requerido para la revisión obligatoria. Por su parte, aunque el DOJ nunca presentó una demanda formal, su investigación fue impulsada por la posición de liderazgo de Figma en el mercado de herramientas de diseño de productos interactivos. El escrutinio de ambas agencias reflejó las preocupaciones sobre el impacto a largo plazo en la competencia potencial y la innovación en el mercado global de software de diseño.

La investigación de los reguladores determinó que la adquisición eliminaría a Figma como una amenaza competitiva en mercados en los que convive con Adobe, como el de las herramientas de edición vectorial y el de las herramientas de edición rasterizada (Adobe Illustrator y Adobe Photoshop, respectivamente). También determinó que la transacción combinaría a Figma con Adobe, uno de sus mayores competidores, creando así un actor dominante perjudicial, mediante una “adquisición inversa letal”, como la calificó la CE.

Las faltas de Figma, según los demandantes

Para Raza Khan, el individuo que a su nombre y el de otros ciudadanos demandó colectivamente a la empresa, Figma hace un uso indebido sistemático de la propiedad intelectual del usuario para entrenar sus herramientas de IA, que funcionan identificando patrones en grandes conjuntos de datos. “Cada iteración del entrenamiento ajusta los parámetros internos del modelo en función de los patrones de los datos, lo que le permite realizar inferencias o generar nuevo contenido similar a los ejemplos observados”, se lee en el documento, por esto, cuanto más variados y contextualizados son los datos, más eficaz será el modelo resultante.

En el caso del modelo de diseño generativo desarrollado por Figma, el acceso a archivos de diseño creados por humanos es “excepcionalmente valioso”, puesto que capturan decisiones creativas reales que los datos sintéticos o extraídos públicamente no pueden replicar. 


Más: Louis Vuitton sienta precedente sobre la responsabilidad de los marketplaces que facilitan la venta de productos falsificados


Dado que estos conjuntos de datos no están disponibles públicamente, las empresas con acceso exclusivo al contenido del usuario, como Figma, poseen una ventaja competitiva significativa e irrepetible, indicaron.

Ante esto –argumentan– Figma modificó sus términos y autorizó a los usuarios a participar en el entrenamiento de IA, ante su necesidad de aprovechar los datos a los que tiene acceso para entrenar sus modelos de IA, a pesar de sus promesas previas de no hacerlo. De acuerdo con la demanda, en agosto de 2024, Figma comenzó a utilizar los datos de sus suscriptores para entrenar sus modelos de IA.

(...) dado que las Condiciones de Servicio de Figma no le permitían realizar capacitaciones unilaterales sobre los recursos creativos de los clientes, Figma envió un correo electrónico a algunos clientes para intentar obtener su consentimiento pasivo para su nueva práctica. Según su información y creencia, Figma no envió la actualización a todos sus clientes, incluido el demandante, quien no recibió ningún anuncio sobre el cambio por parte de Figma.

Hacia junio de este año, las Condiciones de Servicio actuales de Figma seguían indicando que los clientes “autorizan a Figma y a sus proveedores de servicios a utilizar el Contenido del Cliente con el único fin de prestar los Servicios y realizar las actividades contempladas en estas Condiciones”, sin especificar que dicho contenido se podía utilizar para entrenar modelos de IA sino solamente que “ciertas configuraciones relacionadas con la IA se aplican al Contenido del Cliente y cómo controlar dichas configuraciones”. 


Clic aquí: Polémica en la Casa Blanca: Entre la historia, la demolición y el salón de baile de Trump


Los demandantes apuntan que la empresa no tenía derecho a tomar esa medida que contravenía directamente sus compromisos contractuales y violaba los derechos de sus clientes ergo el entrenamiento de IA de Figma contradice sus promesas anteriores, llevándolos a beneficiarse indebidamente de la explotación sin licencia de materiales de propiedad intelectual de sus clientes, como diseños de productos propietarios, interfaces de usuario, arquitecturas de software, recursos de marketing, conceptos de marca, prototipos confidenciales y otros materiales de prelanzamiento que son activos competitivos fundamentales.

El uso unilateral por parte de Figma del contenido del usuario para el entrenamiento de IA no fue incidental a la prestación del servicio de diseño (...). Los documentos presentados por Figma ante la SEC destacan su inversión en “aprendizaje automático” como un vector clave de crecimiento y atribuyen la diferenciación de sus productos a los “conjuntos de datos propietarios derivados de la actividad del usuario”. De hecho, los inversores han señalado que el crecimiento de Figma, desde una valoración de 12.500 millones de dólares tras la adquisición abandonada de Adobe en 2022 hasta la capitalización bursátil de 68.000 millones de dólares que alcanzó inmediatamente después de su salida a bolsa, se debió principalmente a la adopción de la IA y al lanzamiento de sus productos y herramientas de IA, se argumentó en la demanda.

Por esto se pide al tribunal que le prohíba a Figma usar productos de IA que fueron entrenados incorrectamente (luego del incumplimiento del contrato) con la propiedad intelectual de sus clientes, de conformidad con el Reglamento Federal de Procedimiento Civil [artículos 23(a), (b)(3), 23(b)(2) y (c)(4)] de los Estados Unidos. En lo que se refiere a la apropiación indebida de secretos comerciales, conforme el Código Civil de California (artículo 3426), Figma obtiene un valor económico independiente del uso de diseños de productos patentados, prototipos inéditos, sistemas de interfaz y experiencia de usuario, flujos de trabajo internos, lógica de ingeniería, código de aplicación, recursos de marca y otra información comercial no pública de sus usuarios, que la ley californiana concibe como “secretos comerciales”.

Esta apropiación indebida también se evalúa a la luz de la Ley de Defensa de Secretos Comerciales – Título 18 del Código de los Estados Unidos, artículo 1839(3), porque la demandada puede obtener una ganancia de la divulgación o uso de los materiales de sus usuarios. Los demandantes apuntaron que Figma también violó la Ley Uniforme de Secretos Comerciales de California, la Ley de Comunicaciones Almacenadas y la Ley de Defensa de Secretos Comerciales, así como las prohibiciones del derecho consuetudinario sobre el incumplimiento de contrato y el incumplimiento del pacto implícito de buena fe y trato justo, mientras incumplió el pacto de buena fe y trato justo contenido en los contratos firmados con el demandante y los miembros del grupo demandante, incluidos sus Términos de Servicio, según la legislación de California, en la que todo contrato contiene un pacto implícito de buena fe y trato justo, que obliga a cada parte a no hacer nada que perjudique el derecho de la otra parte a recibir los beneficios del acuerdo.

Finalmente, el colectivo demandante señala la infracción a la Ley de California sobre Acceso a Datos Informáticos y Fraude (Código Penal de California, § 502), cometida mediante la manipulación, interferencia, daño y acceso no autorizado a los datos informáticos creados por los clientes de Figma. Por esto y más se pidió un juicio con jurado.

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.