Aunque asegura estar ganando todas las contiendas que ha emprendido en el plano internacional, Donald Trump debe prepararse para hacer frente a una gran derrota interna: el revés legal de su política arancelaria que, de paso, tendrá un alto costo para el gobierno federal, que deberá devolver unos 175.000 millones de dólares a los importadores que cancelaron los cánones impuestos por el mandatario en abril del año pasado.
Considerados ilegales por la Corte Suprema, devolver tal cantidad no será tarea sencilla por las muchas implicaciones que tiene hacer el reverso a más de 333.000 importadores, ello sin contar con una posible impugnación por parte del gobierno o, cuando menos, una solicitud para extender los plazos para la devolución.
Lo que sí parece seguro es que el fracaso sufrido por Trump podría dejar un multimillonario agujero en el presupuesto federal de este año, ya de por sí comprometido por un déficit de 1,9 billones de dólares, de acuerdo con estimaciones iniciales de la Oficina de Presupuesto del Congreso de Estados Unidos.
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Revés político para Trump
Para la Casa Blanca, el 20 de febrero de 2026 debió ser un dies horribilis. Tras meses de espera, ese día la Suprema Corte sentenció la anulación de los aranceles recíprocos y al fentanilo impuestos por Trump al amparo de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés), ratificando el dictamen de un tribunal inferior según el cual el presidente republicano excedió las funciones autorizadas por la normativa de 1977, que no contiene ninguna referencia a aranceles.
Aunque la sentencia abrió el camino para la devolución de los montos pagados por los importadores, no ofreció orientación alguna al respecto. De hecho, ni siquiera menciona el tema.
Sin embargo, la discusión del reembolso durante los alegatos dio pie para que los afectados, amparados en el artículo 1514 del título 19 del Código de los Estados Unidos (USC), presenten acciones legales ante el Tribunal de Comercio Internacional (CIT), así como demandas ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP).
De allí que el pasado 4 de marzo, el Tribunal de Comercio ordenó a la Oficina de Aduanas reembolsar los aranceles pagados a la luz de la IEEPA, “liquidar todas las entradas no liquidadas y reliquidar cualquier entrada cuya liquidación no sea definitiva”.
La orden del CIT establece claramente que los importadores tienen derecho a reembolsos de la IEEPA, hayan presentado o no una demanda. Dichos reembolsos se emitirán a todo importador registrado.
Sin embargo, el 6 de marzo, el CIT suspendió esta orden luego de que el director ejecutivo de CBP, Brandon Lord, afirmó que la oficina que dirige está desarrollando una nueva funcionalidad en su portal de entrada para "agilizar y consolidar los reembolsos y el pago de intereses". Según la declaración, la agencia está trabajando para tenerla lista en un plazo máximo de 45 días.
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Pasos para el reembolso
Para aligerar la tramitación del reembolso, la CBP propone un proceso que en el papel luce bastante sencillo y es de apenas cuatro pasos:
- El importador presenta una declaración en la oficina de Entorno Comercial Automatizado (ACE, por sus siglas en inglés) de la CBP, la cual enumerará las entradas por las que se pagaron los aranceles declarados ilegales.
- La CBP valida cada entrada y calcula el monto de los aranceles pagados, incluyendo los intereses.
- El ACE finaliza, líquida o vuelve a liquidar automáticamente las entradas.
- La CBP certifica y posteriormente el Departamento del Tesoro emite reembolsos electrónicos del total agregado de los aranceles pagados por cada importador, en lugar de pagar los reembolsos en cada resumen de entrada.
¿Cuándo se cobra?
El proceso de reembolso en sí será complicado por varias razones. Aun cuando la CBP prometió tener lista en 45 días una solución automatizada que agilizará los reembolsos, la plataforma tendrá que analizar más de 53 millones de entradas y cotejar cuáles son aptas para la devolución de lo pagado.
A ello se suma que, a partir del 6 de febrero de 2026, está vigente un nuevo requisito que obliga a la CBP a emitir todos los reembolsos de forma electrónica, y se sabe que solo una pequeña cantidad de los importadores (poco más de 23.000) se ha inscrito en el sistema para hacer efectivo el depósito.
Asimismo, el gobierno puede aún utilizar diversos recursos para defenderse y/o retrasar las devoluciones. De hecho, Trump ha dicho que su administración podría litigar durante los próximos dos años en relación con los aranceles. “Podrían pasar cinco años para que se procesaran” los reembolsos, ha dicho el líder republicano.
Al respecto, Ryan Majerus, exfuncionario del Departamento de Comercio y socio de la firma King & Spalding, señaló recientemente que Trump puede impugnar el alcance de la orden, o pedir más tiempo para que CBP proceda a la devolución.
Incluso, algunos especialistas prevén que el gobierno presente una apelación ante la Corte de Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) solicitando una suspensión (stay) de la medida.
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No todos entran
Aunque la sentencia del Tribunal de Comercio Internacional ha sido una bocanada de aire fresco para los más de 333.000 importadores afectados por los aranceles que entraron en vigencia a lo largo de 2025, no todos podrán beneficiarse de los reembolsos.
De acuerdo con un análisis de la firma Greenberg Traurig, aparte de los cobrados a la sombra de la IEEPA, los otros aranceles del segundo mandato de la administración Trump permanecen intactos, concretamente los impuestos al acero, aluminio y productos derivados, semiconductores, automóviles y madera, entre otros, que fueron aplicados esgrimiendo el artículo 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962.
De igual manera, siguen vigentes los aranceles a los productos de China en virtud del artículo 301 de la Ley de Comercio de 1974, que se aplican desde julio de 2018, cuando Washington impuso gravámenes a Pekín de entre 7,5 % y 25 % para combatir prácticas desleales de propiedad intelectual. Se aplica a cuatro listas de productos que van desde maquinaria hasta bienes de consumo que están en permanente revisión.
La firma legal también ha señalado que las entradas desde febrero de 2025 para el país de origen China, desde marzo de 2025 para Canadá y México, y desde abril de 2025 para todos los demás países podrían ser elegibles para reembolsos.
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Demandas por doquier
Desde el momento mismo que se dieron a conocer los aranceles recíprocos y contra el tráfico de fentanilo, miles de empresas comenzaron a maquinar su defensa contra un gravamen que, más que una ayuda para reducir el enorme hueco fiscal estadounidense, fue siempre percibido como un arma política para la intimidación y negociación.
Por ello, mucho antes de que la Suprema Corte emitiera su fallo, cientos de empresas se apresuraron a demandar la ilegalidad de los aranceles y la devolución del monto pagado, cuyo valor fue en 90 % asumido por los importadores y consumidores estadounidenses y no por los países de origen de la mercancía, de acuerdo con un estudio adelantado por la Reserva Federal de Nueva York.
A la fecha, el Tribunal de Comercio Internacional (CIT) ha recibido más de 2.000 demandas de empresas que buscan proteger la devolución de las sumas canceladas por entrada de mercancías a EE. UU., una cifra que podría ampliarse en virtud de la incertidumbre que reina al respecto.
Pese a que la CIT ha señalado que no es preciso demandar para recuperar el monto pagado, los especialistas recomiendan a los importadores con entradas no liquidadas presentar una protesta ante la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) dentro de los 180 días posteriores a la fecha de liquidación para impugnar la imposición de los aranceles IEEPA.
Lo que viene
En una arremetida tras el fallo de la Corte, Donald Trump activó el 24 de febrero de 2026 la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que autoriza al presidente para imponer un recargo temporal de hasta un 15 % ad valorem, cuotas temporales a mercancías importadas por razones de balanza de pagos.
A diferencia de la IEEPA, la Sección 122 —que nunca antes fue invocada— tiene un límite temporal de 150 días (vence el 24 de julio de 2026), lapso durante el cual el Congreso puede aprobar una prórroga.
Pero, al igual que sucedió con los anteriores gravámenes, éste ha sido impugnado. Gobernadores y fiscales generales de 20 estados de la Unión han acudido al CIT para demandar la nulidad del arancel, argumentando que la Sección 122 se puede usar solo en circunstancias específicas y limitadas.
Señalan, además, que los aranceles aumentarán los costos de las funciones administrativas de los estados, así como los costos operativos de empresas e incidirán negativamente en el presupuesto de los consumidores.
Por lo pronto, se vislumbra otra batalla para Trump, habida cuenta de que la Casa Blanca ha sostenido que el gobierno defenderá “enérgicamente” la medida impulsada por el presidente en los tribunales.






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