'¿Cómo están los weones?' y el conflicto de marca común entre los cocreadores

Es imperativo formalizar los acuerdos en cualquier empresa colaborativa / Canva
Es imperativo formalizar los acuerdos en cualquier empresa colaborativa / Canva
Hay una discrepancia entre la formalidad legal de la acción marcaria de Fuenzalida y las expectativas de una asociación informal por parte de Bravo.
Fecha de publicación: 30/07/2025

Daniel 'Huevo' Fuenzalida es un presentador chileno conocido por conducir el espacio Extra Jóvenes. Este comunicador se unió a Rosario Bravo, influencer también chilena, para llevar adelante el podcast ¿Cómo están los weones?, que cuenta con cierta fama en el país andino.

Ambos coanfitriones han estado en el pico de la “popularidad” en medios, en los últimos días, no tanto por lo que han expuesto en su proyecto conjunto sino porque se están enfrentando en un conflicto que se centra en los derechos de marca del proyecto que desarrollaron juntos y que, según expertos, resalta las complejidades que pueden surgir en las colaboraciones dentro del ámbito del contenido digital.

¿Cómo empezó todo? 

El podcast, alojado en el canal de YouTube Weones Oficial, destacó porque ambos presentadores compartían sus experiencias y entrevistaban invitados. Este entorno permitió el desarrollo de diversas marcas asociadas, siendo de estas la principal el nombre oficial del podcast, además de las marcas Vlog de Weones y Wenos Tiempos.

El enfrentamiento, que ha sido cubierto ampliamente por los medios chilenos, empezó cuando Bravo descubrió que Fuenzalida inscribió la marca del podcast ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (Inapi) solo a su nombre, sin informarle a su compañera, que se enteró de la inscripción unilateral a través de terceros. 

La defensa de Fuenzalida, que vino después de ser confrontado públicamente, fue que todos sus proyectos los manda a inscribir con un abogado y que fue mea culpa no comentarle sus planes a Bravo, a quien, además, transfirió (luego de que el escándalo alcanzó los medios) la titularidad, como un gesto para demostrar que sus acciones no partieron de la malicia, sino de la omisión.


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Pero el registro de marca ante el Inapi resaltó, según voces expertas, que hay una discrepancia entre la formalidad legal de la acción de Fuenzalida y las expectativas de una asociación informal por parte de Bravo, lo que se ha convertido en el quid de la disputa. Esta desconexión fundamental ilustra una trampa común en las empresas colaborativas: la falta de formalización ante los acuerdos verbales o los proyectos colectivos. 

En este sentido, si bien el registro de Fuenzalida es legalmente válido en un principio, Bravo puede reclamar la impugnación del registro marcario con base en haber participado en la co-creación y en su participación en una asociación informal de la que es co-propietaria. 

La disputa pone de manifiesto una distinción crucial en el análisis legal: si bien la intención puede ser un factor mitigante en algunos casos, rara vez anula el impacto legal o práctico de una acción. Es decir, las “buenas intenciones” de proteger la marca de Fuenzalida no anulan el hecho de que aseguró unilateralmente un activo de una empresa conjunta.

En Chile, una marca es un signo distintivo que permite identificar y diferenciar productos o servicios en el mercado. Su importancia en el ámbito digital es creciente, ya que el reconocimiento de una marca como un podcast o un canal de YouTube se traduce directamente en lealtad de la audiencia y valor comercial. Por este motivo, la protección de las marcas es fundamental para los creadores digitales. 


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El consejo experto

En proyectos colaborativos, como ¿Cómo están los weones?, el concepto de co-creación es central para la titularidad de los derechos de propiedad intelectual. Sobre esto, Christian Schmitz Vaccaro, abogado y académico especializado en propiedad intelectual, dijo que “todo debería escriturarse, no solo por formalidad, sino por justicia y claridad hacia los involucrados”, como un requisito básico para formalizar los acuerdos en emprendimientos co-creativos para evitar ambigüedades sobre la propiedad.

El registro unilateral de la marca por parte de Daniel Fuenzalida planteó varias implicaciones legales y posibles vías de resolución para Rosario Bravo, en virtud de las leyes chilenas, que disponen varias vías de resolución para Rosario Bravo y para personas que vivan lo mismo que ella (que ya recibió de Fuenzalida el crédito correspondiente). 

Estos mecanismos son vías como la oposición, argumentando sus derechos como co-creadora, en caso de que la solicitud de marca aún estuviera en fase de examen ante el Inapi; una acción de nulidad, para cuando la marca ya ha sido registrada, y que se presenta ante el Tribunal de Propiedad Industrial; una acción de cesión o co-titularidad, obtenida a través de una orden judicial que obligaría al registrador a ceder una parte de los derechos de marca a su co-propietario o para que transfiera los derechos en su totalidad. 

Al margen de las estrategias legales, el caso de Daniel Fuenzalida y Rosario Bravo le dice a los creadores de contenido digital que trabajan en proyectos colaborativos que la informalidad (tan común en este tipo de espacios) puede tener consecuencias perjudiciales para alguno de los involucrados. Por esto es imperativo formalizar, por escrito y ante la ley, los acuerdos en cualquier empresa colaborativa, especialmente en lo que respecta a la propiedad intelectual.

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