Claro, Movistar y Entel ganan juicio en Chile por violaciones a libre competencia

La Corte Suprema de Justicia resolvió dos demandas con el mismo propósito / Pixabay
La Corte Suprema de Justicia resolvió dos demandas con el mismo propósito / Pixabay
La decisión de la Corte también deja sin espacio a las demandantes para continuar con litigios por daños
Fecha de publicación: 20/02/2019

La Corte Suprema de Justicia de Chile (CSJ) rechazó, mediante sentencia firme, el recurso que los operadores móviles virtuales (OMV) del sector telecomunicaciones Netline, OPS, Telcomax y Telestar introdujeron contra la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a favor de las empresas Claro, Movistar y Entel, que habían sido acusadas de prácticas violatorias de las normas que protegen la libre competencia, como presunta fijación arbitraria de precios y estrangulamiento de márgenes.

En este caso, Barros & Errázuriz Abogados representó a Claro, filial de América Móvil; Contreras Velozo Abogados asesoró a Telefónica (Movistar) Chile; y González & Rioseco Abogados actuó como consultor legal externo de Entel.

Antecedentes 

De acuerdo con Luis Eduardo Toro, socio de Barros & Errázuriz, el caso se remonta a 2011, cuando una sentencia de la Corte Suprema "impuso a Claro, Entel y Movistar la obligación de efectuar, en 90 días hábiles, unas ofertas de facilidades -de acceso a sus respectivas redes para prestar servicios- para Operadores Móviles Virtuales (OMV) que fueran generales y no discriminatorias".

Las empresas pusieron a disposición de las OMV las respectivas ofertas dentro del plazo fijado. Sin embargo, "ciertos OMV (Netline, OPS, Telcomax y Telestar) demandaron a Claro, Movistar y Entel ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, alegando que los demandados no habían dado oportuno y cabal cumplimiento a la sentencia de la Corte Suprema, ya que las ofertas publicadas no les permitían competir efectivamente en el mercado, imputándoles conductas de negativa de venta, estrangulamiento de márgenes y discriminación arbitraria”, explicó Toro.

En la jurisdicción del TDLC se produjo un primer fallo favorable a las demandadas, que fue ratificado el 11 de diciembre de 2018 por una sentencia de la CSJ. Javier Velozo Alcaide, socio de Contreras Velozo Abogados, explicó que los equipos jurídicos presentaron una serie de pruebas económicas para demostrar que las ofertas no fueron discriminatorias.

“En el proceso ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se aplicó un test estándar que se utiliza en esta jurisdicción para resolver acusaciones de estrangulamiento de margen, que se denomina en inglés As-Efficient-Competitor Test o Test del Competidor Igualmente Eficiente, y que consiste en evaluar los costos de las empresas acusadas para llegar a un cálculo que permita establecer si las ofertas que hacen las demandadas permiten competir a un competidor igualmente eficiente que ellas mismas", explicó Velozo.

"Se aplica el principio de que las empresas compradoras del espacio en las redes de terceros deben ser, a lo menos, tan eficientes como las oferentes, porque de lo contrario se trataría de subsidios. Este es el corazón del juicio”, agregó el abogado. 

La decisión de la Corte también deja sin espacio a las demandantes para continuar con litigios por daños y desestima la exigencia de multas por el orden de USD 70 millones para cada una de las acusadas.

“Queda zanjado que las ofertas que hacen las empresas, entre ellas Telefónica, mi cliente, se ajustan a las normas de libre competencia y, más aún, han permitido entrar al mercado a cinco OMV, incluido uno de los demandantes, Netline. Movistar queda posicionada como la empresa que tiene todos los contratos con operadores móviles virtuales, lo que demuestra la competitividad de sus ofertas de facilidades”, concluyó Velozo.

En concreto, la Corte Suprema de Justicia resolvió dos demandas con el mismo propósito, una incoada por Netline, OPS y Telcomax, y otra por Telestar.


Asesores legales

Asesores de Claro:

  • Barros & Errázuriz Abogados (Santiago de Chile): Socio Luis Eduardo Toro. Asociados sénior Francisco Bórquez, José Luis Corvalán e Isidora Fernández.

Asesores de Telefónica Chile (Movistar):

  • Contreras Velozo Abogados (Santiago de Chile): Socios Javier Velozo Alcaide y Pablo Pardo Murillo.

Asesores de Entel Chile S.A.:

  • González & Rioseco Abogados (Santiago de Chile): Socio Andrés Rioseco.

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