¿Cómo avanza la regulación del cannabis medicinal en Latinoamérica y qué países lideran su desarrollo medicinal e industrial?

Son más los países que no tienen contemplada una ley para la industrialización / Unsplash, CRYSTALWEED cannabis.
Son más los países que no tienen contemplada una ley para la industrialización / Unsplash, CRYSTALWEED cannabis.
En América Latina el mercado podría expandirse mediante derivados del cannabidiol en forma soluble o inhalable, cremas, óleos y pastillas.
Fecha de publicación: 06/11/2025

El crecimiento del cannabis medicinal en Latinoamérica es tan palpable que las cifras, impulsadas por los nuevos marcos regulatorios en la región, son más que positivas. Nuestro mercado se valoró en cerca de 1.600 millones de dólares, en 2024, y podría superar los 10.000 millones en 2033, según Straits Research+1, que también dice que el avance de esta industria ocurrirá mediante la combinación de ensayos clínicos y las decisiones de los organismos reguladores, aunque el desconocimiento sobre los beneficios del cannabis medicinal que aún persiste (más el tabú) y ciertas restricciones regulatorias pueden frenarlo en parte.

Por ahora, el mercado para este componente puede sustentarse no solo en los marcos regulatorios locales sino también en el aumento de la producción y de la demanda de medicamentos para el dolor crónico, cuidados paliativos y enfermedades neurológicas como la epilepsia o mentales como la ansiedad. En América Latina el mercado podría expandirse mediante derivados del cannabidiol en forma soluble o inhalable, cremas, óleos y pastillas, siempre y cuando se apoyen de una estructura empresarial sólida adherida al compliance y la educación médica y farmacéutica.

Medios expertos señalan que el mercado regional de cannabis medicinal se segmenta por países y que casi todos los países de América Latina han legalizado la marihuana medicinal mientras algunas formas de consumo recreativo ya no se consideran delitos, aunque la legalidad se basa en la cantidad en posesión. El avance de los desarrollos médicos con cannabidiol y de la educación médica en esta materia han contribuido a abrir paso a legislaciones centradas en este compuesto.


Relacionado: Ley de Cannabis en Argentina: Los pendientes de la autoridad regulatoria para expedir licencias


A grandes rasgos: Uruguay fue el primer país en regular el mercado para el cannabis medicinal y recreativo; Brasil inició un programa de 12 años para investigar su cultivo y crear un banco de semillas; Colombia legalizó el uso medicinal y la exportación de productos derivados (extractos, aceites, cosméticos y cáñamo); Argentina regula el uso medicinal y el autocultivo controlado para uso medicinal; Perú tiene una red de farmacias que venden marihuana para usos sanitarios; Costa Rica y México tienen leyes para el uso del cannabis medicinal, mientras Chile tiene leyes restrictivas y otros países, como Venezuela, ni siquiera tienen en el radar la despenalización mucho menos el uso de la marihuana como suplemento médico.

La apertura de los países hacia el uso de este compuesto para fines medicinales, así como el futuro del mercado de este componente puede preverse un poco más a fondo siguiendo la ruta regulatoria de los países latinoamericanos que, gracias a un mapa interactivo preparado por la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual (Asipi), puede estudiarse. 

Al revisar este mapa, se determina que son más los países que no tienen contemplada –hasta ahora– ninguna ley para la industrialización del cannabis que los que sí. Ni El Salvador, ni Honduras, Nicaragua, Guatemala, República Dominicana, Panamá, Venezuela, Brasil, Perú y Bolivia han establecido alguna regulación.


Más del tema: Colombia: adaptar la Constitución a una nueva forma de entender el cannabis


Costa Rica regula la producción; Colombia cuenta con el Decreto 811 de 2021; Ecuador tiene el Acuerdo Ministerial 109 de 2021; Uruguay cuenta con el Decreto N° 372/2014; la Ley General de Salud de México establece que los productos que contengan derivados de cannabis en concentraciones de 1 % con amplios usos industriales, pueden comercializarse, exportarse e importarse; Paraguay trabaja con los parámetros del Decreto N° 2725/2019, que establece las condiciones generales para la producción de cannabis no psicoactivo; Argentina regula la producción del compuesto por medio de la Ley N° 27.669 (Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial), el Decreto Reglamentario N° 405/2023 y la Resolución N° 2/2023 de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo Industrial y del Cannabis Medicinal, y Chile cuenta con el Reglamento Sanitario de los Alimentos, que mediante su Artículo 170 bis autoriza la obtención de aceite comestible a partir de las semillas de cáñamo cannabis sativa y el uso en cosméticos.

Todos los países que tienen una normativa para la industrialización del cultivo también tienen establecidas diversas licencias para esto, así tenemos que México gira permisos de siembra cultivo y cosecha para fines de investigaciones sanitarias y médicas, como permisos sanitarios para la importación de materia prima, semillas, derivados farmacológicos y medicamentos; los establecimientos tienen registros y licencias sanitarias; se licencia la importación de medica de insumos para la salud y se emiten recetarios especiales de prescripción.


No te pierdas: Ley ‘Fentanilo’: sus alcances y cómo afecta a la industria farmacéutica en México


Panamá emite licencias para la fabricación de derivados, al igual que Colombia que, además, licencia la fabricación de derivados no psicoactivos, el uso de semillas para siembra y grano así como el cultivo de plantas de cannabis psicoactivo y no psicoactivo y licencias extraordinarias para el cultivo y la fabricación de derivados.

Ecuador emite permisos para la Importación y comercialización de semillas, cáñamo y esquejes de cannabis no psicoactivo y de semillas de cáñamo para uso industrial, además de licencias para la siembra, cultivo y producción de semillas, cáñamo y esquejes de cannabis no psicoactivo para uso industrial, permisos para el procesamiento y producción de derivados, para el fitomejoramiento y para bancos de germoplasma e investigación, entre otras. 

Perú permite la investigación científica de universidades e instituciones de investigación agraria y en salud, con o sin cultivo de la planta; la importación y comercialización de cannabis y sus derivados; sus entidades públicas y laboratorios registrados y certificados pueden producir derivados, con o sin cultivo, y se regula la producción artesanal de derivados con fines medicinales y terapéuticos.


Clic aquí: La industria del cannabis en Uruguay, los desafíos frente a la banca y al compliance


Brasil tiene varias normas como la Ley 11.343/2006 (o Ley de Drogas), la Ordenanza No. 344 de 1998 – Lista E, la RDC Nº 327/2019 para productos de cannabis y la RDC Anvisa Nº 335/2020 para la importación por particulares. Paraguay permite la producción e industrialización para uso medicinal, la importación y comercialización de cannabis y sus derivados, aunque sus licencias son limitadas y otorgadas a laboratorios locales registrados y certificados.

Uruguay licencia el cultivo para uso medicinal, para la provisión de servicios para terceros, para operar en zonas francas y otras áreas aduaneras y para la cuantificación de cannabinoides; adicionalmente, mediante el Decreto N°56/023 (de la Ley 19.847) regula las condiciones para la comercialización de formulaciones magistrales con cannabis medicinal. Chile estableció un registro sanitario o autorización de uso provisional, conforme a los D.S. 404 y 405/1984, D.S. 03/2010 y el Código Sanitario, mientras el Servicio Agrícola y Ganadero debe autorizar el cultivo y cosecha; por ahora, el país no contempla licencias para la comercialización para fines medicinales en forma de hoja, sumidades floridas o con frutos o resina.

En materia de derechos de propiedad intelectual, Chile, Costa Rica, Perú, Colombia, Paraguay, Uruguay y Argentina permiten la obtención de patentes y el registro de marcas, productos y servicios y variedades vegetales, mientras que México y Brasil permiten la obtención de patentes y el registro de marcas, productos y servicios pero no de variedades vegetales. Por su parte, Panamá y Ecuador no contemplan la obtención de patentes pero sí el registro de marcas, productos y servicios y variedades vegetales.

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.