Alcon Entertainment, productora de Blade Runner 2049 (BR2049), demandó la semana pasada a Tesla, Inc., Elon Musk (su mayor accionista y director ejecutivo) y Warner Bros. Discovery, Inc. (WBDI), ante el Tribunal del Distrito Central de California, División Oeste (Estados Unidos), por resarcimiento en virtud de la Ley de Derechos de Autor de 1976 y la Ley Lanham, por usar de forma ilegal imágenes de esta película para promocionar el robotaxi de Tesla, a pesar de que Alcon le negó a Musk y los demás demandados el uso de imágenes del film en un evento publicitario para el Cybercab (nombre oficial), que tuvo lugar en las instalaciones de Warner en Burbank, el 10 de octubre.
El documento introducido a la corte federal señala que Musk, Tesla y WBDI se apropiaron indebidamente de la marca de la película en el evento de promoción, mediante la proyección de imágenes creadas por inteligencia artificial (IA) que reflejaban escenas del film dirigido por Denis Villeneuve. Para Alcon, el uso de IA para imitar a la película es “una táctica de mala fe e intencionalmente maliciosa” empleada para vender Teslas.
La querella se inició por infracción directa de derechos de autor, infracción vicaria de derechos de autor, infracción contributiva de derechos de autor y endoso falso en violación de la sección 15 u.s.c. § 1125(a)(1)(a) de la Ley de 1976. Los demandantes exigieron un juicio por jurado.
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La productora también señaló que le negó a Musk el uso de las imágenes por considerar que tiene un “comportamiento altamente politizado, caprichoso y arbitrario, que a veces deriva en un discurso de odio” y que, además, su uso podría arruinar las conversaciones que sostiene con otras marcas automotrices para asociarse en la realización de Blade Runner 2099, una serie de Amazon (ya en producción) además de sugerir erróneamente alguna afiliación entre BR2049, Tesla o Musk.
¿Qué pasó exactamente?
Alcon señaló que los demandados introdujeron varios fotogramas de BR2049 en una IA generadora de imágenes a la que le pidieron que creara una falsa imagen, ligeramente estilizada del film, que usaron en el evento en Burbank, proyectándola en pantalla completa en una transmisión en vivo durante 11 segundos, “una eternidad en mercadeo y publicidad”, en palabras de la productora.
Para la realizadora, durante la transmisión Musk debió hablar sobre su robotaxi en vez de explicar “torpemente” por qué y para qué estaba proyectando imágenes de la película. Esto fue hecho de “mala fe” e intencionalmente para apropiarse indebidamente de la marca BR2049 y hacer más atractivo el contenido del evento conjunto WBDI-Tesla para una audiencia global y ayudar a vender Teslas.
Musk aparentemente invitó a la audiencia global a pensar en las posibilidades del cibertaxi en yuxtaposición al futuro ficticio de BR2049. Pero todo exudaba un olor a excusa poco elaborada para vincular el cibertaxi de Tesla con fuertes marcas de Hollywood en un momento en que Tesla y Musk están en desacuerdo con Hollywood. Lo cual, por supuesto, es exactamente lo que fue, dijeron los demandantes.
La apropiación indebida de marca ocurrió mediante la introducción que un empleado de WBDI hizo del estudio de Warner Bros., donde se han filmado muchas películas de ciencia ficción que muestran visiones del futuro, al iniciar el evento, como “una excusa torpemente transparente para vincular a Tesla y el cibertaxi con las marcas de Hollywood”.
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A esto se sumó que la transmisión en vivo usó una imagen a modo de foto fija de una figura masculina vista desde atrás, con cabello corto y gabardina, viendo las ruinas abandonadas de una ciudad bajo una luz naranja, que Alcon asegura tenía la intención de leerse visualmente como una imagen fija real de una icónica secuencia de BR2049.
Los reclamos uno a uno
El demandante, en calidad de autor y propietario de los derechos de autor de Blade Runner 2049 (registrada en la Oficina de Derechos de Autor de EE. UU., en octubre de 2017), demandó por violación directa de derechos de autor acorde con el Título 17 del Código de los Estados Unidos y su artículo 501 y siguientes. Para ellos, las imágenes de BR2049 usadas por Musk y Warner son elementos protegibles de la película y “se encuentran en el núcleo creativo o corazón de la obra”.
Su uso en el encuentro también infringe los derechos exclusivos otorgados a Alcon, en virtud del artículo 106 del título 17 del Código de EE. UU. para reproducir, crear trabajos derivados, exhibir, distribuir y ejecutar públicamente cualquier obra y sus elementos protegibles.
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Alcon señaló que sufrió daños como resultado del uso no autorizado de la película y sus elementos protegibles, por esto pidió una medida cautelar y el ejercicio de su derecho a la incautación de todos los materiales utilizados para la infracción, así como la restitución de beneficios o daños legales y el pago de los honorarios de sus abogados (Edward Anderson y Regina Yeh, de Anderson Yeh PC).
También hubo un reclamo de restitución por violación indirecta de derechos de autor, en virtud del Título 17 del Código de los Estados Unidos, su artículo 501 y siguientes, bajo el entendido de que aunque los demandados podrían no ser responsables directos de la infracción, sí lo son de manera indirecta por haber fallado en evitar que sus contratistas o agentes cometieran una infracción, de conformidad con la doctrina de infracción indirecta.
El reclamo por violación contributiva de derechos de autor (en violación de los artículos ya señalados) se basa en que, en virtud de la doctrina de infracción contributiva, los demandados deberían haber tenido conocimiento de las infracciones por lo que, al no evitar el uso de las imágenes infractoras, contribuyeron materialmente a las infracciones directas al incluirlas en la presentación de Musk.
Finalmente, por el falso endorsement (en violación del Título 15 del Código de EE. UU. y su artículo 1125(a)(1)(A)), alegaron que Tesla y Musk han realizado declaraciones falsas que probablemente causen confusión en cuanto a la afiliación de Alcon con ellos o un posible patrocinio de sus productos, servicios o actividades comerciales que, como resultado directo, le causó daños por un monto que se probará en el juicio, “pero que excede el mínimo jurisdiccional.
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