AT&T, Verizon y T-Mobile se enfrentan a la Universidad Estatal de Florida en litigio por patentes 5G

La defensa podría basarse en la doctrina del prior art / Brendan Stephens - Unsplash.
La defensa podría basarse en la doctrina del prior art / Brendan Stephens - Unsplash.
La demanda alega que los demandados integraron tecnologías de procesamiento de señales protegidas en sus respectivas infraestructuras 5G.
Fecha de publicación: 04/02/2026

El 26 de enero, la Universidad Estatal de Florida (Estados Unidos), en conjunto con Research Foundation, Inc. (su brazo de investigación) y Red Hills Signal Systems, LLC (licenciatario exclusivo de sus patentes), demandó a las empresas de telecomunicaciones (y principales proveedores de servicios inalámbricos del país) AT&T, Verizon y T-Mobile por infracción de dos de sus patentes para tecnologías de procesamiento de señales protegidas y retransmisión de red.

La demanda fue presentada ante el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Florida y alega que los demandados integraron tecnologías de procesamiento de señales protegidas y retransmisión de red en sus respectivas infraestructuras 5G sin autorización de la universidad, explotando ilegalmente la investigación desarrollada en el Departamento de Ciencias de la Computación de la Universidad. La demanda incluyó a las filiales AT&T Services, Inc.; AT&T Mobility LLC, AT&T Enterprises, LLC; Verizon Communications, Inc. y Cellco Partnership (operador de la marca Verizon Wireless).

La acción civil (que pide un juicio con jurado) señala la infracción de las patentes estadounidenses n.º 9.838.104 (patente ‘104) y n.º 8.817.693 (patente ‘693), otorgadas a informáticos por su trabajo en la Universidad y propiedad de la Fundación de Investigación de la Universidad Estatal de Florida, Inc. (FSURF), que las licenció exclusivamente a Red Hills. Las patentes divulgan sistemas y métodos para comprimir la información del estado del canal y para protocolos inteligentes de retransmisión de paquetes en redes inalámbricas, componentes fundamentales de las modernas redes celulares 5G.


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Técnicamente, la patente ‘104 aborda uno de los cuellos de botella más importantes para resolver la explosión de retroalimentación en un entorno de NR (Nueva Radio) 5G del 3GPP (estándar global para la interfaz de radio de las redes 5G), que emplean conjuntos masivos de antenas para dirigir haces enfocados hacia múltiples equipos de usuario simultáneamente y requieren tener información de estado del canal (y cada antena) para que este proceso funcione eficientemente. Esta patente introdujo una innovación matemática para comprimir estos datos.

La patente ‘693, o de Protocolo de Retransmisión Inteligente de Paquetes Wi-Fi, adapta e integra en la infraestructura inalámbrica más amplia del 5G diversos mecanismos de retransmisión de Capa 2 (de enlace de datos), en la que un dispositivo intermedio (retransmisor) intercepta las transmisiones entre un origen y un destino, lo que permite una recuperación mucho más rápida que otros protocolos. En materia 5G, esta tecnología es relevante para el despliegue de acceso y otras arquitecturas de retransmisión.

Por esto, los demandantes argumentan que las innovaciones reivindicadas en estas patentes son componentes fundamentales de las modernas redes 5G desplegadas por estas operadoras. Esta no es la primera vez que Verizon Wireless es acusado de infringir patentes 5G, en una demanda anterior, que involucró a General Access Solutions (GAS), fue acusado de violentar patentes relacionadas con estaciones base y puntos de acceso móvil.  


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Las infracciones

La demanda se hizo en virtud del Título 35 del Código de los Estados Unidos (Ley de Patentes). También se especificó en esta que los acusados infringen directamente la patente '104 en virtud del Título 35 del Código de los Estados Unidos, artículo 271(a), al utilizar los métodos reivindicados en Estados Unidos. Este código establece que, salvo que se disponga lo contrario, quienquiera que sin autorización use o venda (o importe) cualquier invención patentada dentro del país, la está infringiendo.

La demandante asegura en su documento que las empresas infringen al menos la reivindicación 1 de la patente ‘104 al operar y ofrecer a la venta instrumentos derivados de ella y de la modificación que hicieron sobre ella al emplear métodos informáticos (acusaron a las telecomunicadoras de modificar las instrumentalidades acusadas en la patente violada).

Respecto a esta patente, también se señaló que la patente fue infringida directamente porque se fabrican, usan y ofrecen para la venta dispositivos y servicios de redes inalámbricas que cumplen con el estándar NR 5G reivindicado en esta, de conformidad con el artículo 35, artículo 271(a). Asimismo, se infringe indirectamente la patente de conformidad con el artículo 35 del USC, artículo 271(b) (“quien induzca activamente la infracción de una patente será responsable como infractor”), cuando estas empresas anuncian y animan a los usuarios finales a utilizar los aparatos construidos por ellos con esta.

Los Demandados tenían conocimiento de la patente ‘104 y de su infracción desde, al menos, la notificación de esta Demanda en la acción antes mencionada o poco después. (...) pretendían inducir a terceros clientes y usuarios de los Instrumentos Acusados ‘104 a infringir la patente y sabían que los actos de inducción causarían la infracción (...). Los demandados realizaron los actos que constituyen una infracción inducida, e inducirían una infracción real, con conocimiento de la patente '104 y sabiendo que los actos inducidos constituirían una infracción, se lee en el documento.


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Si hay una infracción de uso, lógicamente la hay de pago de regalías, en virtud del título 35 del Código de los Estados Unidos, artículo 287(a), que establece que el titular de la patente puede reclamar daños y perjuicios por infracción y también si el infractor fue notificado de la infracción y continuó cometiéndola luego de dicha notificación. Así lo señaló el documento introducido a la corte por las firmas Berger & Hipskind LLP y Brooks, LeBoeuf, Foster, Gwartney & Hobbs PA:

Los demandados utilizan la tecnología reivindicada en la patente ‘104 sin pagar una regalía razonable. (...) Como resultado de la infracción (...), los demandantes han sufrido daños monetarios y solicitan una indemnización por una cantidad adecuada para compensar la infracción, pero en ningún caso inferior a una regalía razonable por el uso que los demandados han hecho de la invención, junto con los intereses y las costas que determine el Tribunal.

Ahora, la patente ‘693 (de agosto de 2014) describe el “Protocolo de retransmisión de paquetes Wi-Fi inteligente”, que los demandados han usado sin licencia, especialmente AT&T, que la ha infringido directamente y ha inducido a otros a infringirla “al operar, usar, ofrecer y proporcionar equipos y servicios que implementan una o más reivindicaciones de la patente ‘693, ya sea literalmente o bajo la doctrina de equivalentes”.

Esta empresa viola la patente de la Universidad mediante sus redes inalámbricas, estaciones base y los equipos de red asociados, configurados para operar de conformidad con el Estándar de Nueva Radio (NR) 5G del 3GPP. 


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Por su parte, Verizon ha actuado, directa e indirectamente, de la misma manera que AT&T, al proporcionar equipos y servicios que implementan una o más reivindicaciones de la patente ‘693, literalmente o bajo la doctrina de equivalentes, a través de sus redes de Verizon Wireless, las estaciones base y los equipos de red asociados, configurados también para el NR 5G del 3GPP. 

Finalmente, T-Mobile hizo lo mismo con sus redes inalámbricas, sus estaciones base y los equipos de red asociados. “Las Puertas de Enlace 5G de T-Mobile, las Puertas de Enlace 5G de Verizon y las Puertas de Enlace 5G de AT&T son operadas, utilizadas, vendidas, importadas y comercializadas por los demandados en este Distrito y en todo Estados Unidos”, dijeron las firmas.

Por esto y más, FSURF y Red Hills solicitan una sentencia a favor que declare que los demandados han infringido, ya sea literalmente o según la doctrina de equivalentes, las patentes ‘104 y ‘693; una indemnización por daños y perjuicios derivada de sus actos de infracción, de conformidad con el artículo 35 del Código de los Estados Unidos, artículo 284 (“...adecuados para compensar la infracción, pero en ningún caso menos que una regalía razonable por el uso que el infractor haya hecho de la invención”); una sentencia y una orden que determinen que la infracción de los demandados fue “intencional, temeraria, maliciosa, de mala fe, deliberada, conscientemente ilícita, flagrante o característica de un pirata”, y el pago de los honorarios de sus abogados.

El quid del litigio es que los métodos de compresión específicos de las patentes reivindicadas por los demandantes, y usados sin permiso por los demandados, no es una mera mejora sino un aspecto esencial para los estándares NR 5G 3GPP y un protocolo adaptado e integrado en la infraestructura inalámbrica más amplia del 5G, que convierte –específicamente– a la patente ‘693 en una herramienta fundamental para mantener la conectividad en las estaciones base.


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Litigios similares

Como se dijo, esta no es la primera vez que Verizon Wireless es acusado de infringir patentes 5G, en el litigio que lo enfrentó a GAS (por patentes relacionadas con estaciones base y puntos de acceso móvil), en 2024, un jurado del Distrito Este de Texas dictó a favor de los demandantes un veredicto de USD 847 millones por infracción de patentes 5G relacionadas con estaciones base y puntos de acceso móvil, que al final se resolvió fuera de corte ante la inminencia de un nuevo juicio.

Este litigio, con ciertos paralelismos con el de ahora, demostró que las patentes relacionadas directamente con el funcionamiento fundamental de las estaciones base 5G son particularmente valiosas y, sobre todo, que cuando los operadores compran equipos a terceros siguen siendo responsables si éstos infringen patentes válidas. 


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Aunque con este tipo de controversias también ocurre algo igualmente relevante: la tecnología reivindicada suele ser conocida en el campo con anterioridad (doctrina del prior art o estado de la técnica), por lo que muchas defensas en casos como este se refieren a esta. Básicamente, ¿cómo puede haber infracción de patente si se llega por otros medios a una invención que ya era conocida antes de presentar una solicitud de patente?

Para empresas como AT&T, Verizon (que ya usó esta defensa en cortes) y T-Mobile, la tecnología usada por ellos no es más que una progresión evidente del conocimiento existente  al momento en que un tercero solicitó la patente. Así tenemos que, en el caso de la patente ‘104, la defensa podría basarse en que las primeras investigaciones sobre estos modelos son de las décadas de 1980 y 1990 a la vez que los primeros protocolos de radio por paquetes o redes en malla (respecto a la patente ‘693) ya era conocida desde hace años.


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La técnica conocida podría definirlo todo

El prior art es un criterio importante en los litigios de patentes porque dan contexto y sirven como medida de la novedad de una invención y de su grado de obviedad. Tomarlo en cuenta podría ser definitorio: Si ya era conocido un estado de la técnica, ciertas invenciones no pueden patentarse, porque las patentes se conceden únicamente a innovaciones novedosas y nunca antes reveladas, que no sean obvias ni representen una mejora de la tecnología existente y además que sean útiles y con un propósito práctico.

Quien demuestre en corte que una patente está basada en prior art (piedra angular del sistema de patentes) puede lograr desde el triunfo del acusado de la infracción, sobre sus demandantes, hasta la revocación de la patente concedida que, desde un principio, nunca debió haberse concedido si ya había conocimiento previo. Entonces todo se reduce en cortes a demostrar eso.

Que el estado de la técnica sea “amplio” es lo que puede aumentar o disminuir los chances de éxito de las defensas en la corte. Por ejemplo, para el USPTO, el prior art es cualquier información pública que describa una invención o algo muy similar, esto pueden ser patentes o solicitudes anteriores, artículos de revistas o documentos técnicos publicados, manuales, libros, páginas web, material promocional, exhibiciones comerciales o en ferias científicas, tesis universitarias, inclusive un video de YouTube. Si el estado de la técnica proviene de otro país o está escrito en otro idioma, no lo exime de ser tomado en cuenta.

Expertos señalan que, en Estados Unidos, todo opera bajo el sistema de “primero en presentar”, por ende la fecha de presentación de una solicitud de patente es crucial para determinar su novedad frente al estado de la técnica, así que todo empieza a reducirse a determinar qué constituye el estado de la técnica y cómo influye en litigios como el presentado por la universidad californiana y en el que –muy probablemente– las telecomunicadoras dirán que sus implementaciones específicas de NR 5G no utilizan los métodos reivindicados en las patentes sino en conocimientos previos, por lo que cualquier coincidencia directa con las reivindicaciones de la patente no es más que eso: una coincidencia.

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