La Ley de Inteligencia Artificial de la Unión Europea (EU AI Act), en vigencia desde 2024, inició su fase de plena aplicación el 2 de agosto: se venció el plazo para que todas las empresas que usan IA generativa para crear contenido o interactuar con sus clientes se plieguen plenamente a una serie de obligaciones que, si no se cumplen, comprenden sanciones de hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación mundial de aquellas compañías que infrinjan las normas dentro de la Unión Europea.
En este contexto, todas las agencias europeas que se crearon para supervisar el uso de la IA adquieren completa capacidad de inspección y de sanción: esta semana culminaron todos los plazos de adaptación y la IA Act empieza a entenderse como derecho aplicable.
A partir de entonces, todos están sujetos a auditar constante e inmediatamente qué contenidos y sistemas conversacionales operan sin el etiquetado correspondiente y obligatorio, es decir, el artículo 50 del Reglamento (UE) 2024/1689 (de transparencia) ya es pleno.
El artículo obliga a etiquetar imágenes, video, audio y texto generados con IA con marcas legibles por máquina; avisarles explícitamente a los usuarios cuando interactúan con un chatbot y marcar los deepfakes como tales. También exige que se dé un aviso de reconocimiento de emociones e identificación biométrica a las personas expuestas a entornos permitidos y a clasificar como producidos por IA todos los documentos de interés público que no hayan tenido una revisión humana ni estén sujetos a responsabilidad editorial.
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Por ahora, obligaciones de alto riesgo como la selección de personal, revisión del scoring crediticio y la biometría quedan fuera de la exigencia, cuya entrada en vigor está fijada para diciembre de 2027 y agosto de 2028, respectivamente. Dichas obligaciones están sujetas al Digital Omnibus (también AI Omnibus, paquete legislativo de la UE que busca simplificar, armonizar y actualizar la normativa digital existente para reducir cargas administrativas y fomentar la competitividad) aprobado por el Consejo de la UE.
Esta es la segunda fase de aplicación de la IA Act que, de la misma manera en que dividió los riesgos de la IA (en bajo, medio y alto), dividió sus etapas de vigencia en tres partes.
- La primera inició con normas de uso de sistemas de bajo riesgo;
- luego en febrero de 2025 pasó a la prohibición de sistemas de riesgo inaceptable;
- ahora prepara el terreno para la aplicación de las normas para sistemas de alto riesgo.
Aunque la norma comenzó a aplicarse plenamente el 2 de agosto, con la entrada en vigor general del cuerpo principal de la ley y las obligaciones de transparencia del artículo 50, los sistemas que ya estaban operativos antes de esa fecha cuentan con un margen de gracia hasta el 2 de diciembre de este año para adecuar sus procesos de etiquetado y avisos. Asimismo, no estarán obligados a etiquetar retroactivamente los contenidos generados antes del 2 de agosto.
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Más que prohibir el uso de la inteligencia artificial, el modelo europeo de gobernanza exige que las organizaciones puedan demostrar que conocen, controlan y supervisan los sistemas de IA que utilizan. Esto implica identificar qué herramientas emplean y para qué, cómo interactúan con el público o con las personas afectadas, quiénes asumen la responsabilidad de su uso, qué mecanismos de supervisión aplican, qué evidencias documentan y quiénes son sus proveedores tecnológicos.
Cabe destacar que la nueva fase normativa se aplica a los implementadores de los sistemas IA, no a sus proveedores (que ya de por sí están obligados a marcar ciertos contenidos y procesos).
Por otra parte, el etiquetado obligatorio de contenido generado por IA debe:
- realizarse mediante iconos que sean claramente perceptibles y distinguibles;
- estar en una zona donde no haya elementos superpuestos;
- estar directamente incrustado en la obra publicada o mediante una superposición de interfaz de usuario; y
- ser completamente visible cuando se comparta o descargue el material creado con IA generativa.





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