
Uncut Gems es, valga el juego de palabras, una joya cinematográfica. Esta película en español se llama Diamantes en bruto, es un thriller de 2019 que narra la historia de un joyero ludópata que apuesta todo lo que tiene y trata de salir de varias deudas mediante la compra de una roca con diamantes encontrada en Etiopía, pero esto solo complica las cosas.
El quid de la película no nos importa mucho más allá de que Maksud Agadjani, actor del film y joyero en la vida real, fue demandado por Curtis James Jackson, rapero y compositor mejor conocido por su nombre artístico, 50 Cent, por infracción intencional de marca comercial y competencia desleal, violación del derecho de publicidad y prácticas comerciales engañosas.
La demanda se presentó ante el Tribunal del Distrito sur de Nueva York este 10 de octubre y se basa en que 50 Cent, quien usa su nombre artístico como marca comercial, acusó a Agadjani y a su compañía, TraxNYCa, de copiar el collar que Pooch the Jeweler diseñó exclusivamente para él y que ha usado por años.
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La imagen de Jackson, incluida la ropa y las joyas que usa, es una parte integral de su valiosa marca. Jackson selecciona cuidadosamente las marcas y los diseñadores que compra, usa y apoya.
Uno de esos diseñadores es Victor, también conocido como Pooch the Jeweler, un joyero con quien Jackson trabajó para crear un collar exclusivo y original que presenta un colgante de cruz con zafiros y diamantes (el ‘Collar de 50 centavos’). Jackson ha sido visto y fotografiado luciendo el Collar de 50 centavos, de modo que, según su defensa, está ampliamente asociado con él, se lee en el documento.

Agadjani y TraxNYC venden joyas en el Distrito de Diamantes de Manhattan y usan YouTube, TikTok (donde los siguen 8 millones de personas) e Instagram para promocionar sus joyas; en algunas de estas publicaciones usan los nombres y fotos de celebridades como Cardi B y Snoop Dogg, de manera tan ambigua que pareciera que hay ahí algún acuerdo de publicidad o afiliación.
Esto es precisamente lo que señala 50 Cent en el documento que introdujo, con asistencia de Blank Rome LLP, ante el tribunal de Manhattan, y en el que apunta que no tiene relación alguna con el joyero y su equipo.
Por el plagio de su collar (publicitado en las redes de la joyería, en varios posts, desde agosto) y el aprovechamiento de su imagen y nombre, 50 Cent exige en compensación 5 millones de dólares.
Curtis Jackson dijo, a través de sus abogados, que TraxNYC y su equipo crearon “deliberadamente y a sabiendas” una imitación de su crucifijo y, además, utilizaron su nombre, su imagen y otros derechos de propiedad intelectual para “engañar a los consumidores” y hacerlos creer que el rapero colaboró en las publicaciones relacionadas con la promoción de la pieza y que, después de habérselos hecho notar, siguieron explotando su nombre, imagen y otros de sus derechos de propiedad intelectual para obtener ganancias.
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Los antecedentes
Todo empezó en agosto de este año, cuando los demandados comenzaron a publicitar en IG una imitación del collar de 50 centavos utilizando el nombre, imagen y otros derechos de PI de Jackson; y continuó el 16 de agosto, cuando los acusados publicaron un video en TikTok en el que aparece Agadjani sosteniendo en una mano una fotografía de 50 Cents y en la otra el collar plagiado. En la cronología de los hechos también es importante un video en IG publicado el 6 de octubre, en el que el joyero agradeció a 50 Cent por el collar, haciendo ver que el rapero aprobaba el mensaje.
La estrategia de sacar provecho de la fama de Jackson rindió frutos: bajo el video de YouTube aparecieron comentarios que denotaron que algunos consumidores creían que el cantante estaba asociado con el producto. Uno de los posibles compradores escribió “Soy un gran fanático de 50 Cent (pregúntenle a mi esposa). Quiero la cruz de plata y oro. ¿Pueden decirme cuánto cuesta?” mientras otro comentó “50 probablemente le dio permiso a Trax y luego hará un video de seguimiento con Trax y obtendrá un porcentaje…”.
El documento, introducido por los abogados de Jackson, especifica que él no cedió derechos sobre su collar y nunca autorizó a los demandados a aprovecharse de su reputación para promover sus bienes y servicios; entretanto, la queja nace del hecho de que las publicaciones de TraxNYC engañan al público para que crea que está afiliado a ellos.
"Este caso se refiere a la explotación deliberada por parte de los demandados del valioso nombre, la imagen y otros derechos de propiedad intelectual de Jackson en las cuentas de redes sociales de los demandados, que cuentan con más de 8 millones de seguidores, con el fin de atraer a los consumidores para que compren joyas de los demandados con la impresión de que los demandados y sus joyas están afiliados a Jackson, patrocinados por él o respaldados por él. Eso no podría estar más lejos de la verdad", sentenciaron.
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La base de la demanda
Entonces, la acción civil exige compensación por daños y perjuicios, por infracción intencional de marca registrada y competencia desleal, en virtud de la Ley Lanham (ley de marcas registradas), 15 U.S.C. §§ 1114, que refiere que cualquier persona que, sin el consentimiento del titular del registro, explote comercialmente la marca registrada de un tercero o reproduzca, falsifique, copie o imite una marca registrada y la aplique en cualquier vehículo publicitario o empaque para la venta, y por ende pueda causar confusión, será responsable en una acción civil por parte del titular del registro.
Jackson también se basó en la Ley Lanham, 15 U.S.C. §§ 1125(a), que permite una acción civil contra todo individuo que utilice la marca de un tercero de manera engañosa y que derive en confusión, error o engaño en cuanto a la afiliación, conexión o asociación de dichas personas o haga ver que existe un falso patrocinio o endorsement.
50 Cent también demandó por violación del derecho de publicidad en virtud de la Ley de Derechos Civiles de Nueva York, específicamente bajo las secciones 50 y 51. El primero está relacionado con el uso de la imagen de un tercero ya fallecido para explotación comercial o publicitaria o su empleo en una obra audiovisual, sin consentimiento de los titulares de derecho, con la intención de que el público piense que fue autorizado.
El segundo concede una acción de interdicto y de indemnización por daños y perjuicios a toda persona cuyo nombre, retrato, imagen, semejanza o voz se utilice sin consentimiento en Nueva York, con fines publicitarios o comerciales. Esta acción de equidad se puede entablar en el Tribunal Supremo de este estado contra el infractor, para impedir y restringir su uso; además, también podrá demandar y recuperar daños y perjuicios por cualquier lesión sufrida a causa de dicho uso.
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La Ley General de Negocios de Nueva York (sección 349) también entra en juego en la acción del artista contra el joyero. Esta sección abarca todos los actos o prácticas engañosas en la conducción de cualquier negocio o actividad / servicio comercial y el derecho a interponer una acción en nombre y representación del pueblo del estado de Nueva York para prohibir dichos actos o prácticas ilegales y obtener la restitución de cualquier dinero o propiedad obtenidos directa o indirectamente mediante estas prácticas ilegales.
Nueva York no tiene un estatuto de competencia desleal, pero reconoce una causa de acción de derecho consuetudinario por lo que, finalmente, también se demandó por infracción de marca registrada y competencia desleal en virtud de este, cuyo estatuto de registro es sustancialmente consistente con las disposiciones de la Ley Lanham.
En Nueva York, la ley está codificada en la sección 360 (artículo 24) de la Ley General de Negocios de Nueva York, esto significa que sus registros de marcas son administrados por la División de Corporaciones, Registros Estatales y Código Comercial Uniforme del Departamento de Estado de Nueva York.
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El estado autoriza la concesión de indemnizaciones por daños mayores y honorarios de abogados a quienes demandan por infracción de marcas registradas y su estatuto de registro otorga a los registrantes de marcas estatales una causa de acción por infracción contra cualquier persona que, sin consentimiento, reproduzca, imite o falsifique una marca registrada para la venta o publicidad de bienes o servicios que puedan causar confusión sobre la fuente u origen de los bienes o servicios.
Los remedios del estado para la infracción de una marca registrada bajo su estatuto abarcan medidas cautelares, destrucción de los productos infractores, indemnizaciones por daños y perjuicios y restitución de las ganancias (cuando los actos infractores se cometieron con la intención de causar confusión o engañar o cuando son falsificaciones.
Además, el tribunal federal podría otorgar indemnizaciones hasta tres veces los daños y perjuicios y las ganancias obtenidas fraudulentamente así como obligar al infractor a pagar los honorarios de los abogados de quien los demanda que, en este caso, son Jackson y NYC Vibe, LLC, sociedad de responsabilidad limitada de Delaware creada para conservar la propiedad intelectual de Jackson, incluidos, entre otros, su marca 50 Cent, registrada marca en Estados Unidos y globalmente para diversos bienes, como prendas de vestir, y múltiples servicios.
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