Impacto de la Ley de Control Previo de Fusiones y Adquisiciones peruana

"Es clara la necesidad de contar con guías interpretativas de la Ley a ser elaboradas por el Indecopi" / Pixabay
"Es clara la necesidad de contar con guías interpretativas de la Ley a ser elaboradas por el Indecopi" / Pixabay
Es clara la necesidad de contar con guías interpretativas de la Ley a ser elaboradas por el Indecopi
Fecha de publicación: 28/05/2019
Etiquetas: Perú, M&A, INDECOPI

Dada la aprobación de la Ley de Control Previo de Fusiones y Adquisiciones, analizamos su impacto en las transacciones de M&A.

 

Primero, el tiempo de ejecución de la operación de concentración que demora de 6 a 12 meses podría extenderse de 6 a 8 meses más. Este atraso podría: (i) perjudicar el valor de la empresa a ser adquirida, por el alto grado de incertidumbre que la nueva relación con el adquirente pueda generar para sus stakeholders; (ii) afectar al cierre de la transacción si se incrementan los costos de financiamiento para el comprador.

 

Por ello, recomendamos: (i) no esperar a la firma del contrato de transferencia para iniciar el procedimiento de autorización ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); (ii) establecer estrictos controles para garantizar la confidencialidad de la operación; y (iii) para el adquirente, pactar la cobertura de tasas de interés o cláusulas de salida en el contrato de transferencia por el encarecimiento del financiamiento.

 

Segundo, ¿qué operaciones calificarían como actos de concentración? Si bien es claro que cualquier adquisición de control vía fusión o compra de acciones es un acto de concentración, nos preguntamos: ¿lo sería también un contrato de usufructo de activos significativos por 25 años? o ¿un contrato de distribución con exclusividad al distribuidor que otorgue al beneficiario una “influencia decisiva y continua” en la fijación del precio final del producto? Recomendamos que los encargados de suscribir este tipo de contratos hagan cursos de capacitación sobre la aplicación de la Ley.

 

Tercero, dado que -como parte del proceso de control previo- el Indecopi podría aprobar la operación sujeta a la condición de que la adquirida se deshaga de una línea de negocio, nos preguntamos ¿quién asumirá la disminución en el precio pactado como consecuencia de esta decisión? Ello será parte de la negociación entre comprador y vendedor, quedando plasmado en el contrato de transferencia.

 

Es clara la necesidad de contar con guías interpretativas de la Ley a ser elaboradas por el Indecopi, así como la necesidad de que los principales actores de las transacciones de M&A sigan cursos de capacitación sobre los efectos que la norma generará en el ejercicio de sus funciones.

 

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