Las prohibiciones internacionales a la propiedad por parte de no abogados y al reparto de honorarios con no abogados, como la Regla 5.4 de la American Bar Association y normas similares en Europa y otras regiones, ya no sirven ni a los clientes, ni a la profesión, ni a la administración de justicia. Deberían desaparecer. Mantienen a la profesión maniatada, mal preparada para un futuro impulsado por la tecnología y la inteligencia artificial.
El paisaje jurídico del pasado (miles de despachos fragmentados, con escasos recursos, repartidos por ciudades y pueblos, a menudo carentes de conocimientos empresariales) está siendo superado. La consolidación avanza rápidamente en los servicios profesionales, a medida que las firmas enfrentan costos crecientes y deben financiar inversiones esenciales en tecnología e IA. El derecho no es una excepción.
Las restricciones actuales limitan el acceso al capital y sofocan la innovación necesaria para afrontar estos desafíos. También dificultan la captación de talento, al impedir que las firmas ofrezcan participaciones accionarias o esquemas de reparto de beneficios que el mejor talento, sea abogado o no, hoy exige. Peor aún, fomentan el aislamiento. Ningún otro sector descarta a expertos altamente valorados (por ejemplo, en finanzas, marketing o tecnología) definiéndolos por lo que no son: “no abogados”. Deberíamos dejar de hacerlo.
En su lugar, la profesión debería adoptar marcos regulatorios que atraigan capital, fomenten la innovación y permitan la creación de las firmas multidisciplinarias que necesitamos.
La evidencia: no hubo ninguna catástrofe
La mayoría de las prohibiciones a la propiedad se remontan a más de un siglo atrás y fueron diseñadas por la propia profesión en una época distinta, para proteger la independencia profesional frente a presiones comerciales. El objetivo sigue siendo válido (los abogados tienen deberes hacia la justicia que trascienden el lucro), pero el método ya no es adecuado.
Los críticos sostienen que la participación de propietarios externos comprometerá la ética profesional. Sin embargo, tras más de dos décadas de liberalización en jurisdicciones avanzadas, la catástrofe anunciada (pérdida de independencia y daño sistémico a los clientes) no se ha materializado.
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Australia permitió la propiedad externa en 2001. El Reino Unido siguió con la Legal Services Act de 2007. Washington, D.C., autoriza una propiedad limitada de no abogados desde 1991; Arizona comenzó a aprobar Alternative Business Structures (ABS) en 2021; Utah lanzó un sandbox regulatorio en 2020; y Puerto Rico prevé seguir el mismo camino en 2026.
A pesar de toda esta experiencia acumulada, no han sonado alarmas regulatorias. Como el perro de Sherlock Holmes que no ladró, la ausencia de desastre habla por sí sola: las prohibiciones generales a la propiedad no son necesarias para proteger los estándares profesionales.
Estudios de los reguladores del Reino Unido también muestran que las ABS son más innovadoras y adoptan nuevas tecnologías con mayor rapidez que las sociedades tradicionales.
La línea Maginot de la regulación
No prohibimos los departamentos jurídicos internos propiedad de corporaciones, ni los despachos de defensa propiedad de aseguradoras. Gestionamos esos riesgos mediante normas éticas y de gobernanza. Podemos hacer lo mismo con la propiedad externa.
El mercado ya está encontrando caminos alternativos a la prohibición. Las restricciones a la propiedad se parecen cada vez más a la Línea Maginot francesa: una fortificación que parecía imponente, pero que fue fácilmente rodeada. El capital está ingresando al sector a través de proveedores alternativos de servicios legales (ALSPs), financiadores de litigios y, cada vez más, estructuras de Management Service Organisation (MSO).
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Tomadas del sector sanitario, las MSO separan el negocio del derecho (que puede recibir inversión) del ejercicio del derecho (que permanece en manos de abogados). Aunque en principio son legales, como lo reconoce implícitamente, por ejemplo, la Opinión 706 del State Bar of Texas, estos mecanismos aumentan los costos, la complejidad y la opacidad.
¿El resultado? Los reguladores operan a ciegas. El capital entra por la puerta trasera, incrustado en estructuras económicas complejas que los reguladores no pueden supervisar fácilmente. El costo y la complejidad disuaden a algunos inversores, pero muchos los aceptan si no existe otra alternativa. Este parche regulatorio no beneficia a nadie. No protege a los clientes, que reciben servicios a través de estructuras menos reguladas, ni protege a la profesión, que se enfrenta a competidores respaldados por capital mientras ella misma sigue limitada por barreras para acceder al capital de forma abierta y transparente.
La decisión
El capital está llegando. A medida que las firmas más sofisticadas se reestructuran para aceptar inversión privada y otras recurren a las MSO, la necesidad de capital para financiar la transformación no hará más que crecer. El dinero, como el agua, encuentra cualquier grieta. Las prohibiciones generales actuales son permeables.
Los reguladores en Estados Unidos, Europa y otros lugares enfrentan una elección binaria: canalizar este capital a través de estructuras claras y supervisadas, o ver cómo fluye a través de atajos opacos. Podemos diseñar regímenes modernos, basados en evidencia, que liberen valor para las firmas y los clientes e incluso mejoren el acceso a la justicia para el público, o podemos aferrarnos al statu quo mientras las grietas se ensanchan.
La pregunta ya no es si la liberalización funciona, porque está demostrado que funciona. La pregunta es si tenemos la confianza necesaria para reemplazar una prohibición general de más de un siglo por una gobernanza basada en evidencia. Es hora de que la política alcance a la realidad.
*David Morley es cofundador de la consultoría Dejonghe & Morley, enfocada en inversiones de capital privado en la industria legal. Anteriormente fue director para Europa en Caisse de dépôt et placement du Québec, y socio director y presidente en la firma Allen & Overy. Este artículo fue publicado inicialmente en Law.com.





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