Este 19 de agosto, en Panamá, entrarán en vigor las modificaciones al Decreto Ejecutivo No. 416, la norma que creó el programa migratorio conocido como “Países Amigos”. El cambio principal es que a partir del 5 de agosto la residencia permanente no se podrá conseguir en seis meses, como se había venido otorgando, sino al paso de dos años de haber obtenido un permiso de residencia provisional.
Ileana Céspedes, quien es especialista en derecho mercantil además de asociada en la firma Quijano & Asociados, detalla que antes de esta modificación “era muy fácil obtener la residencia permanente por razones de inversión. Uno, porque bastaba con que se demostrara que la persona era simplemente accionista de una sociedad anónima de Panamá y tenía la ventaja de que con la primera solicitud obtenía la residencia permanente con derecho al carnet de residente que expide el tribunal electoral”.
Países Amigos
El programa Países Amigos se estableció el 13 de junio de 2012 para incorporar ciertos beneficios migratorios con el objetivo de incentivar la inversión extranjera.
Aunque en un primer momento esta visa solo podía tramitarse por nacionales del Reino Unido, Irlanda del Norte, Alemania, Argentina, Australia, Corea del Sur, Austria, Brasil, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos de América, Eslovenia, Francia, Finlandia, Países Bajos, Irlanda, Japón, Noruega, República Checa, Suiza, Singapur, Uruguay, Chile y Suecia, la lista se ha ampliado a 50 países. El último en agregarse fue Perú, eso sucedió el 20 de julio pasado, cinco días después de que Pedro Castillo fuera proclamado como presidente del Perú.
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El nuevo permiso de residencia provisional se puede solicitar por motivos laborales, siempre que se demuestre, con documentos oficiales, la existencia de la empresa domiciliada en Panamá. También está la opción de hacerlo por inversiones de un inmueble cuyo valor supere los 200,000 dólares, y por depósito a plazo fijo, este último también debe ser mayor de 200.000 dólares y tener una vigencia mínima de tres años.
De acuerdo con Céspedes, se han equiparado los requisitos de la visa de solvencia económica propia por inversión en bien inmueble. “La única diferencia es que se bajó el monto de la inversión de 300.000 dólares a 200.000 dólares”.
Cabe mencionar que el bien inmueble puede estar financiado por una institución financiera de la localidad, esto con el fin de reactivar el sector inmobiliario y dotar de mayor solvencia a la banca. Sin embargo, a decir de la especialista, aún es un pendiente que los bancos flexibilicen los requisitos que le piden a los extranjeros para hacer operaciones.
Panamá como destino de inversión atractivo
A decir de Ileana Céspedes hay dos principales razones que convierten a Panamá en un destino atractivo de inversión: la primera es la moneda de transacciones, que es el dólar; la segunda es la ubicación del país, que facilita el acceso al resto de la región y a los Estados Unidos.
“Hay muchas empresas que pueden tener la opción de inscribirse en regímenes especiales que tiene Panamá como es el caso de las empresas multinacionales. Estas tienen la facilidad de que el 75 % de su fuerza laboral puede ser extranjera y sin que se paguen impuestos dentro de Panamá. Si se inscriben en el programa Panamá Pacífico, también tienen otras ventajas. Se baja sustancialmente lo que se tiene que pagar”, explica Céspedes.
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Hoy el país está enfocado en recibir una migración con cierto poder adquisitivo. “Se busca atraer capital extranjero, que ciertas empresas se instalen ahí y lleven consigo a sus empleados”, menciona la asociada de Quijano & Asociados y agrega que además de la visa de países amigos, las otras dos visas que se solicitan con frecuencia, por motivos de inversión, son las de inversionista calificado y solvencia económica propia. Con todas ellas se busca movilizar al país, mínimo medio millón de dólares.
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