Los impactos del impuesto al lujo para la industria de los autos eléctricos en Chile

En Chile se venden unos 500 autos eléctricos cada mes./ Foto Bob Osias - Unsplash.
En Chile se venden unos 500 autos eléctricos cada mes./ Foto Bob Osias - Unsplash.
Todo automóvil con precio mayor a 49.000 dólares deberá pagar 2 % del valor por el nuevo tributo.
Fecha de publicación: 04/04/2023

A partir de este marzo, los chilenos propietarios de vehículos considerados de lujo han comenzado a pagar un nuevo impuesto. El tributo es considerado parte de la presente operación en renta, que se desarrolla entre marzo y junio de 2023. 

El impuesto al lujo implica una sobretasa de 2 % sobre el precio corriente en plaza de los vehículos de alto valor, aviones, helicópteros y yates.

Anunciado desde el año pasado, el gravamen se aplicará a personas naturales o jurídicas cuyos bienes susceptibles se encontraban en territorio chileno para el 31 de diciembre de 2022, a quienes les será comunicado el pago del impuesto que debe ser cancelado en un solo tramo.

La medida, que no hace distinciones en las cualidades y condiciones del vehículo, tendrá un efecto particularmente adverso en la venta de autos eléctricos, híbridos o impulsados por energías alternativas en general, cuyos costos siguen estando por encima de sus pares.


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¿Qué bienes entran en su cálculo?

El tributo se aplicará a todo tipo de automotor cuyo avalúo fiscal supere los 46 millones de pesos (alrededor de 49.000 dólares) bajo el siguiente esquema:

  1. Helicópteros de peso superior a 160 kilos que tengan un precio corriente en plaza igual o superior a 122 UTA (unos 90 millones de pesos, cerca de 110.000 dólares).
  2. Aviones de peso superior a 160 kilos, cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 122 UTA (unos 90 millones de pesos, cerca de 110.000 dólares).
  3. Yates con un precio corriente en plaza igual o superior a 122 UTA y con registro en esta calificación, según la normativa vigente de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar). Es de destacar que quedan exentos de cancelarlo las embarcaciones movidas por velas o que sean utilizadas por deportes en la práctica de deportes de competencia.
  4. Automóviles cuyo precio corriente en plaza sea igual o superior a 62 UTA (unos 46 millones de pesos, cerca de 49.000 dólares).

Quedan exentos de pagar el impuesto los bienes propiedad del fisco y municipalidades, empresas que desarrollen actividades en los sectores de bienes raíces, industria, comercio, minería, explotación de bienes del mar, agentes aduanales, aerolíneas, seguros, banca, finanzas, constructoras, publicidad, periodismo, radiodifusión, televisión “y otras rentas no indicadas”.

De acuerdo con estimaciones no oficiales, la cantidad de bienes sujetos al pago de este nuevo tributo superarían los 42.000, entre los que se cuentan 171 helicópteros, 994 aviones privados, 866 yates y unos 40.000 autos de lujo. Esta suma debe considerar la imprecisión de que no necesariamente la cantidad de autos de lujo vendidos se encuentran en circulación.


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Valoraciones

Conocidos los bienes, tasa y exenciones del impuesto, la primera duda que surge respecto al nuevo tributo se relaciona con el avalúo del automotor para determinar su precio corriente de plaza.

Hilvanando los diferentes decretos-leyes fijados sobre el impuesto al lujo, se tiene que el precio en plaza de helicópteros, aviones, yates y vehículos sujetos al tributo se calculará al término de cada año comercial, es decir, al 31 de diciembre de cada año, lo que significa que este valor variará en concordancia con la Unidad Tributaria Mensual.

Josefina Vivar, abogada asociada del estudio Recabarren & Asociados, señala que el registro de precios corrientes en plaza -confeccionado por el Servicio de Impuestos Internos- considera valores de tasación altos “que no obedecen precisamente a parámetros de mercado o a la condición particular en la que se encuentran los bienes afectos”.

Bajo este criterio, la valoración que tenga preestablecida la autoridad competente para un determinado modelo del bien pudiera no ser la que realmente corresponda al valor de mercado, por lo que se obligaría al propietario a pagar un monto diferente del valor real del bien.

Otro detalle: la ley no hace diferencia entre vehículos con motores tradicionales de combustión interna y aquellos impulsados por motores ecológicos, por lo general algo más costosos por la avanzada tecnología que involucran.


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Esto se puede ver como una contradicción entre lo dicho por el gobierno respecto de incentivar la adopción de tecnologías menos contaminantes e impulsar la electromovilidad, pues impone un impuesto que desestimula la compra de este tipo de vehículos, llamados a tomar protagonismo para prevenir la contaminación por emisión de efecto invernadero.

De hecho, muchos especialistas, entre ellos Alberto Guajardo, profesor universitario y consultor internacional en sostenibilidad, cree que, contrario al espíritu del impuesto al lujo, se debe trabajar en incentivos impositivos “para motivar la compra de automóviles eléctricos en los consumidores chilenos y de empresas públicas y privadas, junto con medidas de alianza de automotoras de diferentes marcas para lograr tener metas atractivas desde el año 2024 al 2030", según comentó a medios de comunicación a finales de 2022.

Es por ello que muchos analistas y juristas han llamado a revisar la ley a fin de exonerar del pago de este impuesto los autos que contribuyan con la eficacia energética, lo que sería un estímulo indirecto a la adopción de este tipo de vehículos.


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Impacto para el fisco

Previsto por el gobierno chileno como uno de los impuestos que ayudará a financiar el programa de la pensión garantizada universal (PGU), las estimaciones iniciales prevén que el tributo alcance una recaudación cercana a los 118.000 millones de pesos (alrededor de 143 millones de dólares).

Al respecto, Josefina Vivar estima que el impuesto tendrá un impacto grande a nivel de fiscalización por parte del Servicio de Impuestos Internos para garantizar su cumplimiento, pero cree que el esfuerzo será mayor que la recaudación que se logre, dado el bajo porcentaje de bienes susceptibles a ser gravados y la dificultad para definir su trazabilidad. 

“Además, requerirá la modernización de aquellos registros de bienes como aviones, helicópteros y yates para que entreguen la información actualizada año a año al Servicio de Impuestos Internos, que debe confeccionar el registro de precios corrientes en plaza”, dice Vivar.

Alerta con los evasores

La evasión siempre va a ser un problema a superar por las autoridades a la hora de hacer cumplir una normativa y el impuesto al lujo no será la diferencia. Al respecto, varios analistas han señalado que serán muchos los que trasladen la propiedad de sus bienes gravables a nombre de empresas que califiquen para la exención; aunque en este caso la traza es fácilmente rastreable para comprobar la evasión.

Vivar estima que el riesgo de evasión podría darse en aquellos casos de bienes cuyo registro es menos actualizado y su valoración es compleja como, por ejemplo, aviones, helicópteros y yates cuyo valor sea igual o superior a 122 UTA, tomando en cuenta que el estado del bien no siempre va a coincidir con los valores predeterminados debido al uso, desgaste por longevidad y otros percances que pudieran incidir.

En el caso de los automóviles se tiene seguridad de valoración ciertamente más clara, entre otras cosas, porque se cuenta con una valoración para otorgar el permiso de circulación que requiere todo auto que circule en Chile.

“Existe una base de datos que permite fácilmente filtrar aquellos vehículos cuyo valor sea igual o mayor a 62 Unidades Tributarias Anuales (UTA) y se afecten con impuesto al lujo”, acota. 

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