IMPI prohíbe registro de la marca “Cuba” en México sin permiso del gobierno cubano

IMPI prohíbe registro de la marca “Cuba” en México sin permiso del gobierno cubano
IMPI prohíbe registro de la marca “Cuba” en México sin permiso del gobierno cubano
Fecha de publicación: 21/03/2018
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El Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI) emitió una resolución en la que establece que el término “Cuba” no puede ser utilizado como marca en el país sin la autorización previa del gobierno antillano, pues esta palabra se encuentra protegida por las normas internacionales que rigen las denominaciones de origen.

AVA actuó como asesor jurídico de la corporación estatal Cuba Ron S.A. y del Gobierno de Cuba en un proceso de oposición al registro de la denominación comercial “Cubaron” en México, por solicitud de un particular.

Aún cuando no existía un fallo definitivo sobre este recurso al cierre de esta edición, el IMPI sentó un precedente jurídico relevante al proteger el uso de la palabra “Cuba” como marca comercial en atención a lo dispuesto por el Convenio de Lisboa del 31 de diciembre de 1958 y sus enmiendas de 1967 y 1979 sobre la protección de las denominaciones de origen y su registro internacional.

La Unión de Lisboa y la Organización Mundial de la Propiedad establecen normas muy precisas y que obligan al estado mexicano a cumplir de buena fe con las restricciones impuestas por las denominaciones de origen para el registro de marcas a escala internacional.

Elías Ríos y Aurora López-Portillo, socio y asociada respectivamente de AVA, aseguran que el reconocimiento del IMPI respecto del uso de la denominación “Cuba” es de suma relevancia, ya que demuestra la importancia del Sistema de Oposición de Marcas en México, no únicamente respecto de marcas semejantes en grado de confusión, sino también sobre la pretensión de registro de cualquier denominación que pueda causar confusión o inducir al error al público consumidor.

El nuevo Sistema de Oposición de Marcas que rige en México desde el 30 de agosto de 2016 protege tanto los intereses de los particulares como de los titulares de derechos de propiedad intelectual, por lo que “no existe obstáculo para que el IMPI emita la resolución de negativa de registro de la marca ‘Cubaron’ como instrumento idóneo y legal para la protección de la denominación de origen “Cuba”, más aún cuando el solicitante de dicha marca no cuenta con la autorización de uso de dicha denominación”, dijeron los abogados a LexLatin.

Por otra parte, el recurso de oposición presentado por AVA ante el IMPI contra el registro de “Cubaron” se fortalece gracias a las reformas realizadas a la Ley de la Propiedad Industrial del 13 de marzo de 2018, la cual en su artículo 160 señala expresamente que “la denominación de origen e indicación geográfica son bienes de dominio del poder público de la Federación y sólo podrá usarse mediante la autorización que expida el Instituto”.

La industria ronera es una de las principales actividades económicas de Cuba. Al cierre del año pasado, generó ingresos superiores a USD 130 millones por la exportación de 4,5 millones de cajas, según cifras recogidas por el portal antillano radiosurco.

El ron cubano se expende en 120 países y se espera que la producción se eleve a 6,5 millones de cajas en 2030.


Asesores legales

Asesores de Cuba Ron S.A. y el Gobierno de Cuba:

  • AVA (Guadalajara y Ciudad de México): Socio Elías Ríos. Asociada Aurora López-Portillo.
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29856

Agustin Velazq… (not verified)     Wed, 21/03/2018 - 10:59

Felicidades por esta decisión!!!
Ciertamente un gran precedente en el tema de denominaciones de origen e indicaciones geograficas que distinguen ciertos productos.
AVGL

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