"¡El lunes comienzo la dieta!" dijo el Congreso Peruano

"¡El lunes comienzo la dieta!" dijo el Congreso Peruano
"¡El lunes comienzo la dieta!" dijo el Congreso Peruano
Fecha de publicación: 30/06/2017

El pasado sábado 17 de junio, se publicó el Reglamento de la Ley Nº 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, que establece la inclusión de las frases “ALTO EN SODIO”, “ALTO EN AZUCAR”, “ALTO EN GRASAS SATURADAS” o “CONTIENE GRASAS TRANS” en el rotulado y publicidad de los alimentos procesados que excedan los límites dispuestos por el Reglamento.

No sorprende que, si bien el país ha estado a la espera de este Reglamento durante 4 años, a partir del escándalo de un presunto ‘error’ en el etiquetado de la leche “Pura Vida”, el Congreso de la República haya emitido el referido reglamento en tan solo dos semanas. Principio de acción reacción, según Newton. Para el Congreso, la mejor forma de legislar.

 

Existe un problema de obesidad y sobrepeso creciente en nuestro país. De acuerdo con los estudios realizados, en el Perú uno de cada cuatro niños entre 5 y 9 años tiene problemas de exceso de peso (24.4 %), al igual que dos de cada cinco adultos jóvenes entre 20 y 29 años (39.7 %). Para combatirlo, el Estado ha escogido la vía de la regulación, poniendo énfasis en las advertencias publicitarias, en particular, en los empaques de alimentos procesados. Después de todo, el reciente problema con la leche Pura Vida radicaría en información errónea consignada en el etiquetado —era de esperarse, entonces, que la norma de alimentación saludable se concentre en el etiquetado para calmar el escándalo.

 

¿Es la comida procesada la principal causa de la obesidad en nuestro país? ¿Las etiquetas pesan en nuestras decisiones de consumo?  ¿Leemos, y entendemos la información del empaque? No importa, da igual. Lo único importante es que exista una norma que aparente solucionar el problema, aunque existan diversos factores y estudios que indiquen que una norma concentrada en el etiquetado de alimentos procesados no desincentivará el consumo de los mismos, ni solucionará el problema de la obesidad en el país.

 

Y es que mayor información no se traduce necesariamente en mejores decisiones de consumo de alimentos. En primer lugar, recordemos que las normas de etiquetado vigentes en nuestro país no obligan al proveedor a informar respecto de los valores nutricionales contenidos en un producto. Gracias al nuevo etiquetado propuesto por la norma, tendremos productos con etiquetas denominándolos “ALTO EN AZÚCAR-SODIO-GRASAS”, sin poder corroborar si para nosotros, esto realmente es así, a menos que la empresa proveedora del producto, desee buenamente revelar dicha información.

 

Hablamos entonces de poner una etiqueta que más que informar, causará confusión. Si usted es deportista, probablemente ha tomado alguna vez una bebida energética como Gatorade o Sporade durante, o al finalizar su entrenamiento, por los beneficios que esta trae para su salud. Pues olvídela. Llevará una advertencia en el 15 % del empaque que indique que es ÁLTA EN AZÚCAR, para tratar de que usted evite su consumo.

 

El énfasis de nuestra norma se concentra en una estrategia que han utilizado nuestros grandes referentes, o quizás nuestros vecinos más cercanos, que se sientan al lado nuestro a la hora del examen. ¿Pruebas de su eficacia? No tenemos, pero da igual, no importa. En países desarrollados, ha quedado demostrado que la implementación de normas de etiquetado que implicaban la revelación de mayor información no trajo cambio alguno en las costumbres de búsqueda de los consumidores de información nutricional, ni de sus recuerdos respecto de la misma, ni del consumo de esta. Pero encontrar estos datos quizás requiere de un mayor análisis, uno que el Congreso no está dispuesto a hacer.

 

El contenido nutricional de las comidas declarado en el empaque no afecta el comportamiento alimenticio de un individuo; de hecho, las neurociencias han demostrado que el consumidor primero decide alimentarse saludablemente, y en función a ello, puede interesarse por la información nutricional contenida en el empaque. Por tanto, dicha información le permitirá tomar la decisión de consumo más acertada a aquel que ya había optado por mantener una alimentación saludable, partiendo, claro, de que se interesa por este tipo de información. Sin embargo, quien nunca estuvo interesado, no lo estará ahora, pero gracias a la presente norma se verá obligado a asumir los mayores costos en los que tendrá que incurrir el proveedor del producto para proporcionar esta información.

 

Todos sabemos que un paquete de galletas dulces tiene más azúcar que una pera, y que comer un huevo es más sano que una bolsa de Doritos. No necesitamos etiquetas para ello, ni elegiremos comer un huevo cocido y tomar agua mientras vemos un partido de fútbol con nuestros amigos, en lugar de comer Doritos y tomar cervezas, porque una etiqueta nutricional nos diga que estos son altos en grasas.

 

¿Y qué hay de la educación nutricional? La Ley la menciona, y le pide al Ministerio de Educación crear planes y políticas al respecto. ¿Cuándo? ¿Cómo? ¿Bajo qué parámetros? Da igual, no importa. Quizás si le diéramos el peso correspondiente a esto, miráramos modelos como el de Japón, dejáramos de ocuparnos de las etiquetas, y podríamos tener consumidores realmente informados. Tal vez el camino no sea el más fácil y rentable (para el Estado), sino aquel que requiera de un poco más de trabajo por parte del Estado.

 

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