Los salarios mínimos en las negociaciones del TLCAN

Los salarios mínimos en las negociaciones del TLCAN
Los salarios mínimos en las negociaciones del TLCAN
Fecha de publicación: 18/06/2018
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La mejora de los salarios mínimos en México es un tema para algunos fundamental, si se quiere alcanzar un nuevo acuerdo comercial en América del Norte. Así lo han expresado los demócratas estadounidenses Bill Pascrell de Nueva Jersey, y Sandy Levin de Michigan. Este es, sin duda, un tema de mayor preocupación dentro de los estándares laborales que se pretenden sean incrementados en México.


Es notoria la diferencia de salarios mínimos entre México y sus socios comerciales (una de las diferencias salariales más notorias entre países que comparten una frontera). Sin embargo, al incrementar los salarios sin un adecuado análisis económico, podría significar la pérdida de una "ventaja comparativa" con la que cuentan países en desarrollo como México frente a países desarrollados como Canadá y Estados Unidos, cuando se habla de intercambios comerciales. Abordar estos temas dentro del TLCAN es equivalente a reabrir la caja de Pandora del comercio internacional y replantearse los fundamentos teóricos del libre comercio.


La discusión sobre la relación entre "comercio y trabajo" no ha logrado avances en la Organización Mundial del Comercio, precisamente porque muchos países en desarrollo consideran que se trata de "…un intento por parte de los países industrializados de debilitar la ventaja comparativa de los interlocutores comerciales con salarios inferiores…" y que "estos países sostienen que los esfuerzos por incluir las normas del trabajo en el ámbito de las negociaciones comerciales multilaterales no son sino una cortina de humo para el proteccionismo." Sin embargo, la discusión ha logrado importantes avances en materia internacional como puede verse en el capítulo laboral del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (CPTPP por sus siglas en inglés), en donde se establecen obligaciones expresas en la materia, sin remitirse a compromisos internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


De llegarse efectivamente a discutir el tema dentro de las negociaciones del TLCAN, la pregunta central sería si México está reprimiendo los salarios mínimos de manera artificial ocasionando con ello una competencia desleal, y  de confirmarse tal supuesto, esto daría lugar a una violación del estándar de salarios mínimos del CPTPP.


Habría que determinar bajo qué criterios México cumple o no con condiciones aceptables, como aparentemente se está proponiendo para el sector automotriz, donde se analiza el incremento salarial de ese sector exclusivamente. 


Tratándose de los criterios nacionales para incrementar el salario mínimo vigente (SMV), la fijación del SMV que determina la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI), acordó el último incremento a finales del 2017 en 88.36 pesos diarios, por una jornada de hasta de ocho horas.


Este monto debía ser revisado durante el primer cuatrimestre del 2018, conforme al compromiso asumido por el Consejo de Representantes. Sin embargo, a finales de abril de 2018, se resolvió por unanimidad no continuar con el proceso de revisión tras valorar el riesgo de impactar negativamente las inercias positivas de varios indicadores económicos y laborales.


Con las modificaciones impuestas por el Consejo, al fijar el SMV a partir del 1 de enero de 2017, se introdujo el Monto Independiente de Recuperación (MIR), como elemento sustantivo del proceso de recuperación gradual y sostenido que deberá tener el SMV. El propósito del MIR es recuperar el poder adquisitivo de los trabajadores que perciben un SMV, y superar una de las limitantes que durante casi 30 años impidió su recuperación.


Tras el incremento del SMV  los precios de la canasta básica hoy se ubican entre 95 y 97 pesos diarios, conforme a los estudios realizados por diversas instituciones; es decir a cualquier trabajador le hacen faltan 8 pesos diarios en promedio, para completar su canasta básica, independientemente de los aumentos a los productos de acuerdo al Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).


El artículo 123 de la Constitución Mexicana, establece que "los salarios mínimos generales deberán ser suficientes para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia, en el orden material, social y cultural," por lo que el monto fijado al SMV viola un precepto constitucional, lo cual pone a México en desventaja en las negociaciones del TLCAN.


Aunque es plausible que las negociaciones del TLCAN pudieran ser una oportunidad para debatir este tema, debemos reconocer que la discusión es muy compleja, y que en el marco de las negociaciones no se logrará un acuerdo, ya que pese a los avances en la regulación de la relación "comercio y trabajo" en los tratados, existen serias dudas sobre si tenemos la capacidad suficiente para lograr avances en la fijación de un SMV competitivo. Al abrir las puertas a esta discusión, los negociadores mexicanos muy probablemente enfrentarían una complicación adicional al tener que convencer al sector privado, a los trabajadores, al Senado con respecto a lo acordado en el TLCAN y al Congreso de la República sobre cualquier cambio a la legislación nacional relacionado con el incremento al SMV, en virtud de los acuerdos a los que se lleguen con EE.UU. y Canadá.

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