La pulseta del gobierno corporativo en Bolivia

La pulseta del gobierno corporativo en Bolivia
La pulseta del gobierno corporativo en Bolivia
Fecha de publicación: 07/08/2017
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Hago un pequeño intermedio en las publicaciones que he realizado respecto a filosofía empresarial y manejo interno de firmas de abogados, para contarles a los lectores bolivianos y latinoamericanos sobre la extraña pulseta que vive hoy por hoy la regulación del gobierno corporativo en Bolivia.


La Autoridad de Fiscalización de Empresas (AEMP) es una entidad boliviana que en la última década ha adquirido, paulatinamente, cada vez más protagonismo en el desarrollo de los negocios en Bolivia. Esta entidad trabaja de manera paralela al registro de comercio como un controlador o supervisor del cumplimiento de normas corporativas. Su función es la de fiscalizar el funcionamiento de las empresas de Bolivia en conexión con tres temas específicos: la defensa de la competencia (antimonopolio o “antitrust”); el gobierno corporativo; y el registro de comercio.


La más visible interacción de la AEMP en el desarrollo de las empresas de Bolivia podía verse en el ámbito de la defensa de la competencia. Las normas antimonopolio que rigen en Bolivia son muy recientes, tienen como fuente la legislación de México, y brindan a la AEMP amplias facultades para investigar y sancionar actos anticompetitivos. Numerosos casos sobre presuntas prácticas monopólicas han sido iniciados en contra de empresas bolivianas en los últimos cinco años.


En el ámbito del gobierno corporativo, sin embargo, la influencia de AEMP era mínima. En 2011, AEMP emitió un documento denominado “Lineamientos de Gobierno Corporativo para Sociedades Comerciales Bolivianas”, pero la aplicación de estas reglas era absolutamente facultativa, y por tanto, las sociedades podían optar por adoptar los lineamientos, o no hacerlo. Como era de esperarse, la gran mayoría de las empresas bolivianas no lo hizo.


Es completamente diferente lo que pasa con los bancos y las entidades financieras. Estas empresas se encuentran reguladas por una entidad diferente, denominada Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI). La ASFI, a diferencia de la AEMP, impone un reglamento de gobierno corporativo que debe ser adoptado obligatoriamente por todas las empresas del sistema financiero, y obliga a las empresas reguladas a cumplir con sus disposiciones, incluyendo la obligación de realizar un reporte anual a ASFI sobre los desarrollos en la materia.


A partir de este 2017, la AEMP ha cambiado su política, y ha emitido, por primera vez, un reglamento de gobierno corporativo que contiene disposiciones de cumplimiento obligatorio para todas las sociedades comerciales del país. El nuevo reglamento, aprobado por Resolución Administrativa de AEMP No. 99/2016, se asemeja más al reglamento emitido por ASFI para las entidades financieras, y obliga a todas las empresas del país a desarrollar y reportar, anualmente, medidas de gobierno corporativo para mejorar el manejo interno de las sociedades comerciales. El incumplimiento del reglamento (ya no facultativo sino obligatorio) sería sancionado con multas.  


¿Puede la AEMP expandir, sin más y por determinación propia, su nivel de control sobre el gobierno corporativo de las empresas bolivianas? La Cámara Nacional de Comercio de Bolivia piensa que no. Desde la emisión del reglamento, la Cámara se ha opuesto a su implementación, y ha presentado un recurso administrativo en contra del nuevo reglamento, oponiendo como argumento principal que las obligaciones corporativas de las empresas están dictadas por el código de comercio, que es una norma con rango de ley, y que por tanto esas obligaciones no pueden ser modificadas o alteradas (y en este caso, expandidas) por una norma de menor rango, como lo es la resolución administrativa que emite la AEMP.


La AEMP defiende su resolución con argumentos que parecen más ambiguos. Asevera que las obligaciones comerciales impuestas por el código de comercio, no son equivalentes a las obligaciones de gobierno corporativo impuestas por AEMP. Responde también a cada argumento específico esgrimido por la Cámara en contra del nuevo Reglamento, pero parece terminar concediendo victoria a la Cámara en muchos de sus reclamos, al señalar, tras su análisis de cada punto, que “Sin perjuicio de lo señalado [por AEMP como contraargumento]”, se modifican varios artículos del reglamento.


El 12 de Abril, AEMP emitió una nueva resolución administrativa (R.A. 25/2017) modificando parcialmente el reglamento de gobierno corporativo anterior y aprobando una versión diluida de ésta, en respuesta al recurso interpuesto por la Cámara de Comercio. Sin embargo, la Cámara de Comercio no está contenta con esta victoria parcial, y ha impugnado nuevamente esta resolución de AEMP. De esta manera, la pulseta –y también la incertidumbre- por la regulación del gobierno corporativo en Bolivia continúa.

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