La Comunidad Internacional ante los Derechos Humanos en Venezuela

La Comunidad Internacional ante los Derechos Humanos en Venezuela
La Comunidad Internacional ante los Derechos Humanos en Venezuela
Fecha de publicación: 18/09/2017
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Las personas no se encuentran completamente indefensas frente a la arbitrariedad del poder y sus tendencias autoritarias y totalitarias. 


En principio, los gobernantes tienen el compromiso de asegurar el goce efectivo de principios axiológicos universales tales como la separación de poderes y los derechos humanos —mediando las garantías institucionales. El poder judicial es el garante fundamental de la libertad. Es sencillo, si el juez opera correctamente la persona obtiene justicia. El sistema es democrático y asegura libertad.


Si no, el pueblo soberano pasa a ser víctima de un régimen opresor, que rompe el pacto social al no haber separación de poderes ni independencia del poder judicial, incurriéndose en violaciones de Derechos Humanos (DDHH). Así, la Comunidad Internacional está llamada a defender esos principios axiológicos universales, ante todo a través de los sistemas de protección de esos derechos.


Desde antes de la fraudulenta denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, Venezuela ha incumplido sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, además de haber impedido visitas de la CIDH, del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los DDHH, de los relatores especiales sobre libertad de expresión y de otros. Esto, además, ha ocurrido dentro del contexto de un poder judicial que está al servicio del gobierno: detenciones arbitrarias, torturas, incomunicaciones, juicios militares a civiles, represión de manifestantes, manipulación del sufragio, censura informativa, etc.


Frente a ello, la Comunidad Internacional ha entrado a salvaguardar bajo la premisa de nuestra Constitución de 1999, que prevé la cooperación pacífica entre naciones de acuerdo con el principio de no intervención, de autodeterminación de los pueblos y de garantía de los DDHH.


La Carta de Naciones Unidas excluye la guerra y toda actuación contraria a la paz (intervenciones militares), además de reivindicar el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos. Esto implica que ningún Estado pueda tener injerencia en los asuntos internos de otro, como -por ejemplo- mecanismos de conquista y de sustitución de la voluntad popular por el dominio extranjero.


Cuando un Estado ratifica un tratado y de esta manera se somete a jurisdicciones supranacionales -como las cortes anteriormente mencionadas- media una decisión soberana.


A pesar de que en DDHH no existe ese concepto abstracto de soberanía, los Estados tienen la obligación de respetarlos, debiendo denunciar a otro Estado y tomando medidas ante un sistema de protección internacional o ante la asamblea general de una organización internacional común. También se han de tomar medidas pacíficas unilaterales, lo que no implica injerencia o intervención en asuntos internos, sino un supuesto de solidaridad y la obligación de proceder en defensa de personas que están en peligro y necesitadas de asistencia.


La humanidad obra en defensa de sus principios axiológicos universales, a los cuales un pueblo se adscribió en ejercicio libre de su derecho a la autodeterminación.


Las reacciones internacionales tras la instalación de la fraudulenta asamblea constituyente no suponen injerencias en los asuntos internos de Venezuela ni un ultraje a la autodeterminación de su pueblo. Si algo ha usurpado la soberanía popular y la voluntad general -violando así la Constitución- ha sido el gobierno venezolano al imponer dicha Constituyente, que -además- gobierna sin separación de poderes.


Dentro de las reacciones internacionales tildadas por el Gobierno de "injerencistas" tenemos: sesiones de la OEA sobre la Carta Democrática Interamericana, más de 50 países rechazando la Asamblea Constituyente y declarando al Gobierno fuera de la democracia, países dando asilo a magistrados que han sido designados constitucionalmente por la Asamblea Nacional, la decisión de la CIDH de imponer medidas cautelares a la Fiscal General, Luisa Ortega Díaz; Estados Unidos y la Unión Europea dictando sanciones económicas a altos funcionarios, suspensión a Venezuela en Mercosur y el exhorto del Alto Comisionado de la ONU para los DDHH para finalizar las detenciones arbitrarias.


Además, Argentina, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México, Panamá, Paraguay y Perú emitieron la Declaración de Lima (8/8/17), condenando la ruptura del orden democrático: no reconocen la asamblea constituyente ilegítima, respaldan la Asamblea Nacional democráticamente electa, condenan la violación de Derechos Humanos y declaran que Venezuela no cumple sus requisitos y obligaciones como miembro del Consejo de Derechos Humanos de la ONU.


La Constitución instaura un Estado abierto, es decir, un Estado Constitucional Internacional de Derecho, fundamentado en la democracia, la separación de poderes y el goce efectivo de los DDHH.


Observamos, sin embargo, a un gobierno criminal que burla la Constitución, defrauda el mandato popular, viola los derechos humanos y los valores democráticos: una dictadura.


Corresponde a los ciudadanos hacer restablecer el Ius Constitutionale Commune al que pertenecemos desde nuestra independencia, gracias al acervo principista de nuestros padres civiles fundadores.


Bienvenida sea la reacción no injerencista y solidaria de nuestros hermanos de la región.

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