El Derecho de la Moda y el #FashionRevolutionDay

El Derecho de la Moda y el #FashionRevolutionDay
El Derecho de la Moda y el #FashionRevolutionDay
Fecha de publicación: 24/04/2017
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Muchas veces se asocia a la moda con un un mundo superficial o banal, sin embargo, de un tiempo a la fecha, ha surgido un nuevo movimiento denominado “moda sostenible” que consiste en que los compradores tomen conciencia de cómo se fabrican los productos que compran. Por ejemplo, cuando adquirimos una linda billetera o un lindo sastre nos deberíamos fijar en el detrás de cámaras, es decir, pensar en cómo se hizo la billetera o cómo se confeccionó el sastre que compramos. Considerar cómo ha sido elaborado: si dañamos el medio ambiente o si las personas que han trabajado para fabricar estos productos lo han hecho bajo condiciones mínimas de trabajo.


El consumismo implica que compremos productos sin siquiera imaginarnos todo el trabajo y horas invertidas necesarias para obtener el resultado final.


Debemos crear conciencia en torno a que la industria de la moda es un negocio, que existe una cadena de producción y comercialización mucho más extensa de lo que está a simple vista, y que va desde la conceptualización del diseño, pasando por la importación de materias primas, celebración de contratos de fabricación, distribución, arrendamiento, comercialización y promoción de los productos. 


Así como existe el fast food, o comida rápida, y en contraposición ha surgido el slow food, está ocurriendo algo similar con la moda. Los compradores ya están viendo más allá del producto cuando lo adquieren. No es solo pensar en qué lindo ese vestido o ese zapato, sino también reflexionar en el procedimiento y producción, si se han utilizado insumos orgánicos para elaborarlo, si al momento de teñir la prenda no se echó la tintura al río, si las personas que han trabajado se encuentran debidamente remuneradas o si trabajan bajo condiciones mínimas. Esto también se refleja en nuestro país en el que -para proteger el medio ambiente- las fábricas tienen la obligación de contar con estudios de impacto ambiental. En algunos casos se está comenzando a cumplir con los requisitos de comercio justo y existen organizaciones como el FLOCERT, que posee un sello de Certificación Fairtrade, el cual otorga una garantía de calidad a un producto cumpliendo con una serie de prácticas justas a lo largo de toda la cadena de producción, y que ya es solicitado por compradores internacionales.


Cabe resaltar que en la actualidad se encuentran en pleno auge empresas sostenibles que cuentan con “Marcas Green”, las cuales fomentan el cuidado del medio ambiente y el consumo de productos orgánicos. En el Perú tenemos a las marcas Ayni, Philomena, Sissai Joyas, por citar algunas, así como a nuestra diseñadora peruana Susan Wagner, quienes implementan una serie de estrategias de sostenibilidad en las áreas de su diseño y producción, usando materiales orgánicos y procesos ecológicos. Sin embargo, lamentablemente, hay que tener cuidado con algunos diseñadores que también utilizan el termino sostenible de manera engañosa o ”Greenwashing”, es decir, usan afirmaciones falsas, indicando que son empresas ecologistas para promocionar sus productos cuando en realidad no lo son, lo cual puede constituir una publicidad engañosa susceptible de una denuncia ante INDECOPI.


Vale precisar que el movimiento de moda sostenible se extendió a raíz de la tragedia ocurrida el 24 de abril de 2013, cuando se derrumbó una fábrica textil ubicada en el edificio Rana Plaza, en Daca (Bangladesh), en donde murieron más de mil personas, y se descubrió que muchos trabajadores eran niños, mujeres e inmigrantes que laboraban en condiciones infrahumanas. Este terrible accidente sirvió de punto de partida para la realización de un documental titulado “The True Cost”, realizado por Stella McCartney, quien devela las verdaderas condiciones de vida de los trabajadores de ese país y cómo empresas textileras de prestigio internacional producen sus productos.


Es por eso que a raíz de lo sucedido, este 24 de abril de 2017 se celebrará en muchas partes del mundo -incluido el Perú- el Fashion Revolution Day, el cual reivindica y exige a las empresas manufactureras que contraten a su personal con las condiciones mínimas de trabajo, respetando lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el Pacto de las Naciones Unidas y en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).


Los organismos reguladores señalan que nadie puede trabajar de manera forzada, que se debe contar con una edad mínima para el trabajo, que se tiene derecho a pertenecer a un sindicato, que a los trabajadores que laboran en las fábricas textiles se les pague una remuneración digna por las horas trabajadas, que cumplan con horarios de trabajo adecuados y que se tenga en cuenta que todas las personas involucradas en el sector de la moda deben ser tratadas con respeto y sin discriminación alguna.  


Como podrán apreciar, el derecho de la moda no es ajeno a los principios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que en el numeral 1 de su artículo 23 señala que: “Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo (...)”.


Por lo anteriormente expuesto, considero que ha llegado el momento de hacer una reflexión en el mundo de la moda, analizar cómo hemos llegado hasta este punto, en dónde estamos y qué es lo que construiremos mañana. Como dice el refrán: aprendamos del pasado para construir un futuro mejor.

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