Fecha de publicación: 12/11/2015
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Este lunes, 9 de noviembre, la presidenta de Brasil, Dilma Rousseff, sancionó una ley con la cual la nación suramericana da el primer paso regulatorio para prevenir y combatir el acoso y la intimidación (bullying) en las aulas escolares del país, clubes e instituciones recreativas.
La ley fue promulgada en el Diario Oficial de la Unión y en ella se lee, entre otras cosas, que está pensada para “fundamentar las acciones del Ministerio de Educación y de las secretarías regionales municipales de Educación” para discutir todas las medidas de “prevención, orientación y solución” de situaciones en las cuales exista una víctima y un victimario de acoso.
Es importante destacar que en esta normativa no se establecen acciones punitivas contra los acosadores sino la promoción de “prácticas de conducta y orientación a padres, familiares y responsables ante la identificación de víctimas y agresores”. En la ley también se establecen mecanismos para darle asistencia psicológica, social y jurídica a todos los involucrados en casos de bullying.
La ley entrará en vigor en 90 días y estará centrada en regular los casos de acoso verbal, sexual, social, moral, físico, material, psicológico, y virtual (llamado cyberbullying).
Para el gobierno de Brasil, el acoso es “todo acto de violencia física o psicológica, intencional o repetitiva, que ocurre sin motivación evidente practicada por un individuo o un grupo contra una o más personas con el objetivo de intimidar o agredir, causando dolor y angustia en la víctima, en una relación de desequilibrio de poder entre las partes implicadas”. Así lo define el texto de la normativa.
El estado se compromete en esta ley a promover campañas de educación, información y concienciación sobre este tema, el objetivo es fomentar una “cultura de paz y tolerancia” enmarcadas en la “empatía y el respeto”.
La ley fue promulgada en el Diario Oficial de la Unión y en ella se lee, entre otras cosas, que está pensada para “fundamentar las acciones del Ministerio de Educación y de las secretarías regionales municipales de Educación” para discutir todas las medidas de “prevención, orientación y solución” de situaciones en las cuales exista una víctima y un victimario de acoso.
Es importante destacar que en esta normativa no se establecen acciones punitivas contra los acosadores sino la promoción de “prácticas de conducta y orientación a padres, familiares y responsables ante la identificación de víctimas y agresores”. En la ley también se establecen mecanismos para darle asistencia psicológica, social y jurídica a todos los involucrados en casos de bullying.
La ley entrará en vigor en 90 días y estará centrada en regular los casos de acoso verbal, sexual, social, moral, físico, material, psicológico, y virtual (llamado cyberbullying).
Para el gobierno de Brasil, el acoso es “todo acto de violencia física o psicológica, intencional o repetitiva, que ocurre sin motivación evidente practicada por un individuo o un grupo contra una o más personas con el objetivo de intimidar o agredir, causando dolor y angustia en la víctima, en una relación de desequilibrio de poder entre las partes implicadas”. Así lo define el texto de la normativa.
El estado se compromete en esta ley a promover campañas de educación, información y concienciación sobre este tema, el objetivo es fomentar una “cultura de paz y tolerancia” enmarcadas en la “empatía y el respeto”.
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