Sobre la salida de EE.UU. del Pacto Global de Migración

Sobre la salida de EE.UU. del Pacto Global de Migración
Sobre la salida de EE.UU. del Pacto Global de Migración
Fecha de publicación: 07/12/2017
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I. La globalización, fenómeno que ha marcado al siglo XXI, impactó sobre el concepto tradicional de Estado derivado de la Paz de Westfalia. Como resumió Henry Kissinger luego de Westfalia el Estado quedó conformado como un centro soberano de poder así reconocido por otros Estados. La globalización incidió en ese concepto pues, en parte, la soberanía estatal se redujo. Sabino Cassese, al respecto, ha observado que en la globalización surgen organizaciones internacionales no estatales que, sin embargo, participan en decisiones tradicionalmente consideradas como materias propias de la soberanía estatal. Samuel P. Huntington alude en tal sentido  a una política global multipolar y “multicivilizacional”.

II. Un ámbito especial que permite medir el impacto de la globalización sobre el Estado es la política migratoria. Bajo el concepto tradicional de Estado, la política migratoria responde a una de las áreas vitales de la soberanía, pues ésta –precisamente- se manifiesta como el poder sobre los nacionales y quienes habitan dentro del territorio. Por lo anterior, la soberanía estatal se ha ejercido para establecer condiciones para la migración de personas. Algo que, por lo general, se ha hecho protegiendo los elementos distintivos de la nacionalidad. Esto suele traducirse en políticas protectoras que restringen a la inmigración, muy especialmente, de la fuerza laboral.

La globalización ha comenzado a cambiar ese paradigma. No solo se basa en el libre tránsito de capitales y mercancías: también se sustenta en el libre tránsito de personas. Como resume Brian Keeley en el informe publicado por la OECD, la migración es el lado humano de la globalización.

III. La globalización basada en el libre tránsito de personas llevó a la ONU a aprobar, en 2016, el llamado Pacto Global de Migración. El pacto resume una serie de lineamientos que fijan estándares globales de tratamiento de refugiados y migrantes.

El acuerdo parte de dos grandes principios. Por un lado, se definen estándares de tratamiento de los refugiados y migrantes alineados con la protección de los derechos humanos. Por el otro, se definen estándares para fomentar la migración, dada la conexión entre migración y desarrollo destacada en el objetivo número 10 de la Agenda 2030 para el desarrollo sustentable. Para reducir la desigualdad, ese objetivo incluye como propósito “facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas”.

Precisamente, el párrafo 46 del pacto señala que la migración puede “hacer contribuciones positivas y profundas al desarrollo económico y social de las sociedades de acogida y a la creación de riqueza mundial”. Ello resume un cambio de paradigma. Frente a la visión estatista de la migración basada en el establecimiento de barreras a la inmigración por parte del Estado, la visión de la globalización considera que la ausencia de barreras injustificadas puede promover la migración, contribuyendo así a impulsar el crecimiento económico y, en definitiva, el desarrollo.

IV. Sin embargo, en el siglo XXI hemos visto resurgir el concepto tradicional de Estado basado en Westfalia. Se trata de un proceso que fortalece el concepto tradicional de soberanía basado en causas muy diversas. En Venezuela, por ejemplo, el fortalecimiento del concepto tradicional de Estado se hizo para eludir controles internacionales de derechos humanos. El Brexit, por su parte, al reivindicar la soberanía del Estado como soberanía del Parlamento, parece anclarse en razones culturales.

La Administración Trump se ha sumado a este proceso. Aun cuando no puede afirmarse, como señala Pankaj Ghemawat, que la globalización esté en retroceso, lo cierto es que las políticas de la Administración Trump basadas en un "proteccionismo nacionalista" evidencian que el Estado de Westfalia, lejos de desaparecer, se ha fortalecido en el contexto de la globalización. Algo que resulta paradójico si se recuerda –como hizo Joseph Stiglitz- que Estados Unidos ha sido uno de los principales artífices institucionales de la globalización.  

Bajo esta óptica, puede comprenderse por qué la Administración Trump decidió retirarse del pacto. El Gobierno de Donald Trump alegó que es incoherente con sus políticas migratorias, además de incompatible con su soberanía.

¿Realmente esto es así?

El Pacto Global de Migración no impide a los Estados establecer controles migratorios ni interfiere en el ejercicio de la soberanía estatal. Por el contrario, y en sintonía con las tendencias actuales del Derecho Global, define estándares de protección de los migrantes que otorgan al Estado un margen importante de apreciación para decidir qué tipo de políticas públicas migratorias pueden implementarse. Lo que exige es que esas políticas sean consistentes con los derechos humanos y no se basen en barreras injustificadas que, al obstaculizar la migración, afecten al crecimiento económico y al desarrollo.

La razón tras el retiro de EE.UU. del acuerdo no reside, por lo anterior, en los estándares allí contenidos. La razón es, más bien, de orden conceptual: mientras el pacto centra la política migratoria en el espacio global, la Administración Trump quiere reivindicar el concepto tradicional de Estado para centrar la política migratoria en la soberanía estatal.

No obstante, la visión estatista de la política migratoria, al obstaculizar la movilidad de personas –o en todo caso, al no favorecer esa movilidad- puede crear desventajas competitivas importantes que, en suma, afectan al crecimiento y al desarrollo. Pues los Estados no pueden escapar de la globalización: los espacios que dejen aquellos Estados que despliegan políticas proteccionistas seguramente serán llenados por los que desarrollaron políticas migratorias balanceadas.

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