Ley de Seguridad Interior: ¿Quién vigila a los vigilantes?

Ley de Seguridad Interior: ¿Quién vigila a los vigilantes?
Ley de Seguridad Interior: ¿Quién vigila a los vigilantes?
Fecha de publicación: 21/07/2017
Etiquetas:

23.000 muertes durante 2016. Esa cifra sitúa a México en el segundo puesto de países más violentos del mundo, según el informe del Instituto Internacional de Estudios Estratégicos (IISS). El Gobierno ya ha rechazado el estudio, argumentando que ese dato no ha sido publicado por el organismo oficial mexicano encargado de ello y que, además, la situación debe ser contextualizada dentro de una guerra del narco —la lucha entre el Gobierno y los carteles de las drogas.

Sin embargo, ese argumento de la lucha ineficaz por parte de los agentes policiales —o al menos así lo exponen algunas figuras políticas— se ha tomado como válido para impulsar medidas como la Ley de Seguridad Interior (LSI) propuesta. Instrumento que Carlos Karim Zazueta Vargas, investigador de Amnistía Internacional, describe como “una propuesta por legalizar el papel que, de facto, están llevando a cabo las fuerzas armadas al realizar acciones que deben corresponder a la policía y, a la vez, de dotarles de muchas facultades en materia de investigación y persecución de delitos y de control de cualquier tema de seguridad pública”.

Entre las figuras a favor de esta Ley está José González Morfín, abogado, director de la Escuela de Gobierno y Políticas Públicas de la Universidad Panamericana y miembro del PAN (Partido Acción Nacional) desde 1973, quien en un reciente artículo para El Economista, argumentó que “la violencia e inseguridad causadas por el crimen organizado amenazan la viabilidad de nuestra República. Se requiere llenar el vacío legal existente y esto se puede lograr con una Ley de Seguridad Interior”. Además, pone el foco del problema en la policía, explicado que si no existen corporaciones locales competentes, las Fuerzas Armadas no pueden retirarse dejando indefensa a la población frente a las bandas criminales.

A su vez, Ángel M. Junquera Sepúlveda, socio en Junquera y Forcada, y también Director de El Mundo del Abogado, dice ver ‘contradicciones’ entre los ‘idealistas’ que pretenden frenar la ley. Junquera ha planteado públicamente la siguiente dicotomía: “Por una parte, se afirma que la presencia de las fuerzas armadas en actividades de apoyo a la seguridad pública ha generado mayor violencia, inseguridad, deterioro de las instituciones e incremento de homicidios y de actividades ilegales. Por otra, se acepta que no es factible el retiro inmediato de las fuerzas armadas de esos lugares”.

Pero ante este cambio de papeles entre la policía y las Fuerzas Armadas, ¿a qué nos enfrentamos? ¿Cuál es el riesgo potencial de dar un pase libre, una autorización casi total a las Fuerzas Armadas, permitiendo que realicen actuaciones que consideren pertinentes para mantener la paz? Y en este como en otros casos donde el poder se cede a un agente de la sociedad, surge la misma pregunta: ¿Quién vigila al que vigila? ¿Cuál sería el seguro de esta arma cargada de poder?

“Tememos que, con esta ley, la autoridad civil termine cediendo a las acciones militares y se perpetúe la impunidad de las violaciones graves a los Derechos Humanos cometidas por las Fuerzas Armadas", advirtió el representante de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos frente a Agnes Callamard, la Relatora Especial de la ONU sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias en la sesión del Consejo de Derechos Humanos. Así, subrayaba la preocupación de un grupo de ONGs mexicanas, recordando que, desde que en 2006 se declaró la guerra contra el narcotráfico y se desplegó al Ejército en México, 30 mil personas han desaparecido, se han cometido más de 150 mil asesinatos, se han torturado a más de 8 mil personas, y más de 300 mil personas han sido forzadas a desplazarse por causa de la violencia. De hecho, algunas ONGs han creado la campaña Seguridad sin Guerra en contra de la LSI.

Entre este baile de cifras, acusaciones de incompetencia y advertencias apocalípticas si el ejército no se hace con las riendas de la situación, es curioso que más del 59 % de la población no sepa siquiera que se esté debatiendo tal Ley –según la encuesta realizada por el Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública. De entre los que sí saben de su existencia, 55 % no está de acuerdo en que las Fuerzas Armadas puedan intervenir sus comunicaciones, pero casi un 70 % aprueba que el ejército realice labores de seguridad hasta ahora propias de la policía.

En paralelo, el Banco de México realizó una encuesta en mayo de 2017 –hecha a 36 grupos de análisis y consultoría económica- sobre los factores que pueden obstaculizar el crecimiento económico del país. Y que, aún teniendo como objetivo la economía, acabó con las mismas palabras que la encuesta al pueblo: inseguridad y corrupción como los principales problemas del país.

Quizás, por ese miedo a ambas lacras surja la idea de la LSI.

Qué es exactamente la LSI

La Dra. Mara Gómez Pérez, Investigadora Jurídica del Instituto Belisario Domínguez y especialista en Justicia y Derecho Internacional de los Derechos Humanos, explica que lo que se ha dado en llamar Ley de Seguridad Interior, “son en realidad 3 iniciativas de ley presentadas ante el Congreso Mexicano, cuya discusión ha reavivado en los últimos meses el debate público y parlamentario en torno a la presencia militar en tareas de seguridad pública en este país”.  

En las exposiciones de motivos de las tres iniciativas se afirma reiteradamente que dichas leyes pretenden acotar la presencia militar en tareas de seguridad pública. “No obstante, todas ellas otorgan amplias facultades a las Fuerzas Armadas para realizar labores de seguridad pública, y posibilitan una presencia militar de largo plazo”, explica preocupada Gómez, quien vaticina que la discusión parlamentaria de estas iniciativas se dará dentro de un período extraordinario de Sesiones del Congreso de la Unión, que puede tener lugar hacia finales del mes de julio de 2017, una vez que hayan pasado las elecciones del Estado de México.

Opina la investigadora que la LSI no es una ley necesaria porque “la legislación actual ya prevé mecanismos para hacer frente a situaciones complicadas en materia de seguridad” –por ejemplo, artículo 29 constitucional relativo a la Suspensión de Derechos Humanos y sus garantías o la Desaparición de Poderes, prevista en la fracción V del artículo 76 constitucional- y porque “todos los supuestos de seguridad interior que prevén las iniciativas, al día de hoy, están ya regulados en otras leyes mexicanas vigentes, como por ejemplo, el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales...”.

Más crítico, si cabe, es Arsinoé Orihuela Ochoa, politólogo, periodista e investigador en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales. Cree que la Ley de Seguridad Interior es “un recurso para fortalecer, ensanchar e inmunizar el capital político de los militares, y del Ejecutivo Nacional, que es el jefe de las fuerzas armadas; (...) es un recurso para normalizar la militarización” -algo que para Orihuela ha sido “una de las causas del ensangrentamiento del suelo nacional; y no un disuasorio”-. E incluso afirma que es “un espejo del PRI y de su cultura política centralista y autocrática: la LSI confiere facultades extraordinarias al Presidente de la República para acudir a las Fuerzas Armadas por decreto unipersonal”.

Define la Ley como la “corrupción de la institucionalidad”. Y añade que la LSI “equipara, sin ningún rubor, la pobreza extrema con un conflicto de Seguridad Nacional. Es la ambigüedad de los reglamentos para beneficio irrestricto del poder: la Ley establece que el Ejecutivo puede ordenar acciones de Seguridad Interior por ‘cualquier acto que ponga en peligro la estabilidad del territorio nacional’. En el México de hoy, engullido por el terror, la corrupción y el crimen, eso significa que el Estado confisca la facultad de decidir quién puede vivir y quién no”, sostiene.

El límite de las Fuerzas Armadas

Para el politólogo Orihuela, la LSI no tiene casi límites y se convierte en “garantía de impunidad para los crímenes cometidos por la fuerza pública en el pasado”, y para otros delitos de lesa humanidad que se puedan cometer en el futuro.

Echa la vista atrás hacia la Historia de México y reconoce que “el ejército siempre ha tenido altos márgenes de poder e influencia en México. El régimen posrevolucionario se construyó sobre la base de una autonomía del aparato militar frente al mando civil. En esa autonomía radicó su poder, históricamente. Pero la Ley de Seguridad Nacional coloca al mando civil al servicio del aparato militar”. Opina que la acumulación de poder del ejército es notoria y cree que quizá la LSI responda al temor de que ese poder se derruya.

Sobre la evolución del país habla también Carlos K. Zazueta, Investigador de Amnistía Internacional en México. “Sería la primera vez que las Fuerzas Armadas tienen reconocido un cúmulo tan grande de facultades de seguridad nacional, seguridad pública, como funcionarios encargados de hacer cumplir la ley e incluso como partícipes de las investigaciones de los delitos”.

Piensa Zazueta que las fuerzas de seguridad en México “no suelen estar adecuadamente controladas y supervisadas por autoridades independientes” y que la LSI hará que limitar los poderes de “un elemento difícil de controlar y muy poco transparente como el ejército” sea aún más complicado porque, por ejemplo, las autoridades civiles no tendrán un conocimiento claro de cómo está operando las Fuerzas Armadas y por tanto no podrán reaccionar adecuadamente ante posibles abusos de las mismas.

Admite que la LSI, como cualquier ley, tendrá algunos límites a las funciones de las Fuerzas Armadas, aunque cree que “no parecen ser suficientemente robustos”; además de que en México los controles democráticos sobre fuerzas de seguridad “no suelen funcionar”.

Lo que tiene claro es que la LSI no es el camino. “Las autoridades mexicanas deberían reconocer que, tras 10 años de seguridad militarizada, se han incrementado las violaciones a los derechos humanos, tales como, la tortura, la desaparición forzada y las ejecuciones extrajudiciales y la impunidad de los responsables”.

De hecho, Amnistía ha publicado varias investigaciones relacionadas con los abusos, como el Informe Anual 2016/2017 sobre México o Sobrevivir a la muerte: tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas en México.

Por otro lado, la Dra Gómez reflexiona no tanto sobre si los controles para las Fuerzas Armadas en el ejercicio de estas tareas son insuficientes, sino si deben ser estas las encargadas de dicha labor. “Quizá el punto central no sea preguntarse dónde deben estar los límites de la actuación de las Fuerzas Armadas en las tareas de seguridad pública, sino si estas tareas deben ser realizadas por las fuerzas armadas, o si, por el contrario, le corresponden a las autoridades civiles”, afirma.

¿Es la LSI constitucional?

Orihuela habla de la LSI como inconstitucional y “criminosa”; algo que, aduce, se debe a que “habilita ‘legalmente’ la continuidad del modelo de seguridad que prevalece en el país desde hace más de 10 años, y que tiene hundido al país en una crisis humanitaria de proporciones holocáusticas”. No en vano en 2013, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos reportó que las quejas presentadas por violación a los derechos humanos por parte de militares habían aumentado 1000%.

A juicio de la Dra. Gómez, los principales motivos de inconstitucionalidad son tres, relacionados con los siguientes artículos de la Constitución.

En primer lugar, se refiere a la falta de atribuciones constitucionales (art.73). El artículo 73 constitucional que enlista las facultades del Congreso, no le otorga facultades para emitir una ley en materia de seguridad interior, sino únicamente para emitir leyes en materia de seguridad nacional (Art. 73, fracc. XXIX-M).El concepto de seguridad nacional es distinto al de seguridad interior y estos dos conceptos no tienen, ni habían tenido nunca, relación alguna entre sí”.

En segundo lugar habla de la suspensión de Derechos Humanos por decreto del Presidente (Art. 29). Es decir, para suspender derechos humanos en México, se requiere de la intervención tanto del Presidente, como de las dos cámaras del Congreso de la Unión, o de la Comisión Permanente en sus recesos. Pero en la Ley de Seguridad Interior, se plantea la posibilidad de instalar puestos de revisión en la vía pública para inspeccionar tanto a las personas como a sus bienes sin que exista mandamiento judicial que lo autorice. “Se otorgan atribuciones a las autoridades militares para hacer uso “legítimo” de la fuerza pública en contra de civiles con objeto de impedir la comisión de delitos, e incluso, se faculta a estas mismas autoridades para detener personas y asegurar bienes. Sobre este particular, resulta especialmente delicado que dos de las iniciativas (PAN y PRI), permitan hacer uso de la fuerza pública para contrarrestar la resistencia no agresiva de personas, o para controlar a un ciudadano que se resista a la detención”.

Por último, otorgan a las autoridades militares facultades constitucionalmente reservadas a las autoridades civiles (Arts. 21 y 129). Así, contradicen el artículo 21 que dice “La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías”. Tampoco respetan el artículo 129, que versa: “En tiempos de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”. Y, pese a la situación de violencia que sufre el país, para que México estuviese en estado de guerra se requeriría una declaración formal del Congreso Mexicano en términos del artículo 73, fracción XII, constitucional”.

Trayectoria y consecuencias

México lleva años dando pequeños pasos que prometen un futuro de seguridad. En 2008, realizó una Reforma Constitucional en Justicia Penal y Seguridad Pública. Y hace un par de años, el país suscribió la Agenda 2039 de la ONU (Agenda Post 2015) compuesta por 17 objetivos, entre los que se encuentra “promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles”. ¿Esto ha tenido un efecto positivo en la seguridad de los mexicanos y protección de sus derechos?

Hasta el momento, la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (Envipe), administrada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) muestra que hay más ciudadanos que desconfían totalmente de las autoridades que aquellos que confían mucho en las mismas.

Y los índices de homicidio parecen haber estado sujetos a la influencia de medidas prácticas en vez de promesas a futuro. Dichos ratios han vivido un descenso hasta el año 2006/2007; momento en el que se decidió desplegar las Fuerzas Armadas en operativos de carácter permanente, lo que conllevó un nuevo aumento de la violencia según vemos en cifras de diferentes informes, como en esta gráfica del Instituto Belisario Domínguez del Senado. Aquí se puede apreciar que, entre 2007 y 2011, se triplicaron los índices de violencia, pasando de 9 mil a 27 mil homicidios y de 8,1 a 23,7 homicidios por cada mil habitantes.

Otro síntoma del malestar de la población fue el aumento de quejas por violación de los Derechos Humanos, pasando de 182 quejas recibidas en 2006, a 367 quejas en 2007 y a 1.230 en 2008.

En base a estas cifras y a los informes de Amnistía Internacional, no podemos sino mirar con preocupación el hecho de dotar de más derechos a las Fuerzas Armadas ya que, hasta el momento, parece haber tenido una influencia directa y negativa en las vidas de los mexicanos. Como dice la Dra Gómez, “no es posible determinar con certeza cuáles serán las consecuencias de otorgarle estas nuevas facultades al poder militar en México, pero los datos anteriores nos permiten pensar que los efectos en la población podrían ser dramáticos”.

Por otra parte, el informe ‘Justicia a la medida’ (Junio, 2016) elaborado por México Evalúa, Centro de Análisis de Políticas Públicas, deja de lado la ley y pone el acento en la importancia de contar con un sistema de justicia penal de calidad como pieza fundamental en el camino a un país más seguro. “Los mexicanos demandamos un México de paz y de justicia”, defiende.

Sin embargo, en un sistema donde la justicia se convierte en verbo y un agente social pueda ajusticiar sin muchas explicaciones ni necesidad de consentimiento, ¿podrán ser los términos ‘justicia’ y ‘paz’ compatibles? ¿Podrá ser la justicia penal eficiente si el ejército no tiene que rendir cuentas de sus acciones?

WordPress ID
16414

Add new comment

HTML Restringido

  • Allowed HTML tags: <a href hreflang> <em> <strong> <cite> <blockquote cite> <code> <ul type> <ol start type> <li> <dl> <dt> <dd> <h2 id> <h3 id> <h4 id> <h5 id> <h6 id>
  • Lines and paragraphs break automatically.
  • Web page addresses and email addresses turn into links automatically.